STSJ Andalucía 637/2006, 1 de Marzo de 2006
Ponente | LUIS HERNANDEZ RUIZ |
ECLI | ES:TSJAND:2006:6192 |
Número de Recurso | 2402/2005/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 637/2006 |
Fecha de Resolución | 1 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
637/2006
M.N.
SENT. NÚM. 637/06
ILMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ
ILMO. SR. D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO
ILMO. SR. Dª RAFAELA HORCAS BALLESTEROS
MAGISTRADOS
En la ciudad de Granada a Uno de Marzo de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación núm. 2402/05, interpuesto por INSS Y TGSS. contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de jaén en fecha Uno de Julio de dos mil cinco. en Autos núm. 157/05, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ.
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Alfonso en reclamación sobre INVALIDEZ GRADO contra INSS Y TGSS. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha Uno de Julio de dos mil cinco., por la que estimando la demanda interpuesta por d. Alfonso, contra el INSS y la TGSS. sobre incapacidad, debía declarar y declaraba al actor afecto de una Invalidez Permanente en el grado de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de transportista autónomo, con derecho al percibo de una pensión vitalicia equivalente al 55% de su base reguladora de 461'32 euros/ mes y con efectos desde 29-11-04, condenando al INSS a su abono y al resto de los demandados a estar y pasar por ello.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
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- El actor d. Alfonso con D.N.I.nº NUM000, solicitó del INSS. las prestaciones de Invalidez Permanente, y realizado el oportuno expediente por la Entidad Gestora y previos los informes de Síntesis y de la EVI. que figuran en autos y se dan aquí por reproducidos en aras de la economía procesal, dictó resolución denegando la prestación por no alcanzar las lesiones el grado necesario para limitar su capacidad laboral.
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- La profesión habitual del actor es la de transportista autónomo y su base reguladora asciende a 461'32 euros mes.
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- que el actor padece: Hernias discales C5-C6 muy severa y C6-C7 que provoca pérdida de fuerza, hipoestesias, paresia, síndrome vertiginoso cefaléas, abolición de los reflejos bicipital y tricipital. Hernias discales a nivel de L4-L5 y L1-L2 con sintomatología neurológica en miembro inferior derecho, agravado con el síndrome del túnel carpiano bilateral y el síndrome ansioso- depresivo.
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- que la Entidad Gestora dictó resolución en 29-11-04 declarando al actor no afecto de Invalidez Permanente en ninguno de sus grados.
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- Que agotó la vía administrativa.
Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por INSS Y TGSS., recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.
Es doctrina constante de esta Sala que es al Juez "a quo" a quien compete en exclusiva la valoración de la prueba (art. 97.2 LPL ), quien puede elegir entre las distintas pruebas aquéllas que considere más atinadas objetivamente o de superior valor científico, y tal operación ha de ser inamovible en este momento procesal, salvo error del Juzgador evidenciado por pruebas documentales o periciales, ya que ello no...
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