Sentencia nº 905/2008 de TSJ Cataluña (Barcelona), Sala de lo Social, 31 de Enero de 2008
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Resumen
"INCAPACIDAD PERMANENTE. INCAPACIDAD ABSOLUTA. ENFERMEDAD COMÚN. Se presenta demanda contra el inss peticionando se declare a la actora en situación de incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad común, con el derecho a percibir una pensión mensual del 100% de la base reguladora de 1.996'05 euros mensuales. La censura jurídica del recurso ha de merecer acogida; pues el denunciado como infringido, art. 137, cinco, de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con su art. 136, uno, exige que la situación del trabajador conlleve de modo estable y definitivo, no sólo impedimento para todas o las principales tareas de una determinada profesión, considerada habitual; sino incluso para oficios o profesiones que comporten exigencias mínimas, preferentemente sedentarias o que no requieran especiales o continuados esfuerzos, o sobrecargas de columna vertebral. Situación que como quiere el recurso, no es la propia del demandante, según su estado de salud, descrito en el correspondiente punto 9° de la sentencia recurrida. Y ello: 1) A pesar de que como aduce el trabajador impugnante del recurso, dicho acto de parte no propone la revisión de los hechos probados. 2) El estado de salud estuvo acertadamente evaluado en las resoluciones de la vía previa (incapacidad total, como se dijo: para su profesión habitual de conductor de ferrocarriles). 3) No hace falta reproducir aquí dicho punto 9° de los hechos probados; IAM (en 3/2004), en práctica de TRIPLE BAY-PASS (en 7/6/04). Agregándose ""FUNCION SISTÓLICA GLOBAL DE V.I. ""disminuida"" (sin otra precisión). Instancia estima la demanda. La alzada estima el recurso de suplicación."
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Extracto
Sentencia nº 905/2008 de TSJ Cataluña (Barcelona), Sala de lo Social, 31 de Enero de 2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYASALA SOCIALNIG : 08019 - 44 - 4 - 2006 - 0004870ncILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIAILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSOILMO. SR. ANTONIO GARCÍA RODRÍGUEZEn Barcelona a 31 de enero de 2008La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres...Ver el contenido completo de este documento
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