STSJ Castilla y León 169/2009, 4 de Marzo de 2009
Ponente | EMILIO ALVAREZ ANLLO |
ECLI | ES:TSJCL:2009:762 |
Número de Recurso | 169/2009 |
Número de Resolución | 169/2009 |
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2009 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el Recurso de Suplicación núm. 169/2009, interpuesto por la empresa SALMANTINA DE PIENSOS, S.A. contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Salamanca de fecha veintiséis de noviembre de 2008, (Autos nº 740/2008), dictada a virtud de demanda promovida por mencionada empresa recurrente contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.
Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo.
Con fecha 6 de Octubre de 2008, se presentó en el Juzgado de lo Social de Salamanca, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que estimaba parcialmente referida demanda.
En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:" 1°.- Segundo , trabajador de la empresa SALMANTINA DE PIENSOS, S.A., pasó en fecha 10/10/07 a la situación de pensionista de jubilación anticipada por tener 64 años.En fecha 27 de agosto de 2007 la empresa demandada contrató como trabajador relevista a Juan Alberto , por tiempo indefinido y a jornada completa. Éste trabajador cesó por motivos disciplinarios el 16/11/2007.
En fecha 19/11/2007 se contrató en las mismas condiciones a Cayetano , que cesó voluntariamente el 23/11/2007.
El día 5 de diciembre de 2007 la empresa demandada presenta en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL) Oferta de Empleo, que es respondida por dicho servicio en fecha 11/12/2007, remitiendo Formulario de Selección 1 de la Oferta. En la misma se dice que los solicitantes llamaran de 17 a 21 de diciembre. Al no existir petición, la oferta quedó desierta. El 31/01/08 el ECyL remite nuevos candidatos , ocho en total. Dos son válidos y en un contactó posterior con ellos no aceptan el puesto.
En fecha 11/12/07 le empresa presenta ante la Subdelegación de Gobierno, oferta de empleo para la contratación de un extranjero. Presenta también solicitud de autorización temporal de trabajo a favor de Isaac , de nacionalidad rumana. En fecha 28/02/08 la Subdelegación de Gobierno pide a la demandada que complete la documentación. Se dicta resolución estimatoria el 3/04/08. La contratación laboral tiene lugar el 14/04/08. Se realiza contrato de trabajo a tiempo completo y por una duración máxima de un año. El 7/05/08 cesó voluntariamente.
La demandada presenta nueva oferta de empleo al ECyL. Éste le remite relación de cuatro candidatos en fecha 20/05/08, resultando seleccionado Romulo . Se formaliza su contratación el 3/06/2008 para sustituir al trabajador jubilado.- 2°.- Por Resolución de 19 de agosto de 2008, el Instituto Nacional de la Seguridad Social reclama a la demandante la cantidad de 5:324,52 euros por los siguientes periodos:
24-11 a 31-12-2007 1.174,11
1-1 a 2-6-2008 3.333,90
8-5 a 2-6-2008 816,51
-
- El demandante ha agotado la vía administrativa previa a la judicial".
Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha Sentencia...
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