STSJ Andalucía 223/2008, 28 de Abril de 2008

PonenteMARIA ROGELIA TORRES DONAIRE
ECLIES:TSJAND:2008:4156
Número de Recurso1303/2003/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución223/2008
Fecha de Resolución28 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

223/2008

4

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SEDE GRANADA

SECCIÓN TERCERA

RECURSO NÚMERO 1303/2003

SENTENCIA NÚM. 223 DE 2008

Iltma. Sra. Presidente:

Doña María R. Torres Donaire

Iltmos. Sres. Magistrados

Doña Inmaculada Montalbán Huertas

Don Manuel Ponte Fernández

______________________________________

En la ciudad de Granada, a veintiocho de abril de dos mil ocho. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1303/2003 seguido a instancia de la entidad NEVAPESCA, S. L, que comparece representada por el Procurador D. Pedro Iglesias Salazar y dirigida por Letrado, siendo parte demandada la CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA, en cuya representación y defensa interviene el Letrado adscrito al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. La cuantía del recurso es 4207´08 Euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador Sr. Iglesias Salazar se interpuso recurso contencioso-administrativo el día 9 de mayo de 2003, contra resolución del Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, de fecha 27 de febrero de 2003. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y FUNDAMENTOS DE DERECHO consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala dictase sentencia estimatoria, declarando nula y sin efecto la Resolución impugnada y el procedimiento administrativo del que dimana, absolviendo en consecuencia a la recurrente de la obligación de abonar la sanción, con imposición de costas a la parte demandada.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó dictase sentencia desestimatoria de la demanda en todos sus pedimentos.

CUARTO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni vista o conclusiones, se acordó pasar las actuaciones a la Ilma. Sra. Magistrada Ponente para dictar la Resolución que proceda. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrada Ponente la Iltma. Sra. Doña María R. Torres Donaire.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En este recurso jurisdiccional se impugna la resolución del Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, de fecha 27 de febrero de 2003, que resuelve el recurso de alzada interpuesto contra Resolución de la Dirección General de Pesca y Agricultura de la misma Consejería, de fecha 9 de enero de 2001, recaída en Expte sancionador P- 19/00, instruido por infracción a la normativa vigente en materia de pesca marítima, y que le impuso sanción de seiscientas mil pesetas, como autora de una infracción administrativa prevista en el art. 10, c) de la Ley 14/1998, en el artículo 2 de la Ley 20/1995, de 6 de julio, y los artículos 1 y 3 del R.D. 560/1995, de 7 de abril, infracción y sanción en materia de protección de recursos...

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