STSJ Asturias 3132/2007, 6 de Julio de 2007

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2007:3508
Número de Recurso482/2007
Número de Resolución3132/2007
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0000482/2007, formalizado por el Letrado ALFREDO GARCÍA REY, en nombre y representación de Antonia , contra la sentencia de fecha diecisiete de noviembre de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000566/2006, seguidos a instancia de Antonia frente a UNIVERSIDAD DE OVIEDO, SINDICATO INDEPENDIENTE DE PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD, C.S.I ., ACUO, U.G.T., COMISIONES OBRERAS (CC.OO.), parte demandada representada por el letrado ANDRÉS DE LA FUENTE FERNÁNDEZ, MANUEL CHAMORRO PORTILLO, MARINA PINEDA GONZÁLEZ, JOSE ALBERTO ALONSO FERNÁNDEZ, en reclamación de IMPUGNACIÓN DE CONVENIO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha diecisiete de noviembre de dos mil seis por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - Antonia , cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, prestó servicios por cuenta y bajo la dependencia de la Universidad demandada, como personal laboral eventual, y con la categoría de camarero, incluido en el grupo VII en los períodos comprendidos entre el 5 de junio hasta el 30 de septiembre de 1.974 y desde el 11 de junio hasta el 30 de septiembre de 1.975. Posteriormente pasó a prestar servicios para la misma Universidad a partir del día 1 de febrero de 1.979, como personal laboral fijo, con la categoría profesional de oficial de segunda de laboratorio, grupo VI, en la facultad de biología en el periodo comprendido entre el 1 de febrero de 1.979 hasta el 31 de diciembre de

    1.983. a partir del día 1 de enero de 1.984 prestó servicios como técnico especialista en la facultad de biología hasta el 1 de octubre de 1.986. Desde el 2 de octubre de ese año pasó a desempeñar la misma categoría de técnico especialista, incluida en el grupo 3, en el departamento de biología de organismos y sistema, dentro de la facultad de biología, hasta el 16 de septiembre de 1.996. Al día siguiente comenzó a desempeñar tal categoría en el departamento de medicina hasta el 31 de diciembre de 1.996 y desde el 1 de enero de 1.997 permanece como técnico especialista en laboratorio, incluido en el mismo grupo, en el departamento de medicina, puesto que desempeña en el momento actual. La titulación que tiene acreditada ante la Universidad de Oviedo es el bachiller superior y de tres cursos de estudios superiores universitarios.

  2. - Por acuerdo celebrado entre el Rector de la Universidad de Oviedo y el comité de empresa en fecha 17 de noviembre de 1.998 se pactó que la Universidad se comprometía a mantener en toda su vigencia el actual convenio colectivo de personal laboral de universidades, publicado en el BOE de 6 de octubre de 1.990 y que su vigencia continuará prorrogándose sine die hasta que se firme un nuevo convenio en el ámbito de la Universidad de Oviedo. Tal acuerdo en ningún momento fue presentado ante la autoridad laboral ni publicado en ningún Boletín Oficial. Tal convenio colectivo establecía en su artículo 20 "Clasificación profesional.- Las categorías profesionales y, en su caso, especialidades de que pueden constar, así como los grupos económicos en que están incluidas y las correspondientes definiciones, en su caso, se contiene en el anexo I del presente convenio". El artículo 21 establece "Todas las plazas contenidas en la relación de puestos de trabajo se cubrirán mediante los procedimientos regulados en los artículos 16 y 17 . El procedimiento para modificar la categoría profesional de los trabajadores será el de concurso-oposición". El anexo I define seis grupos retributivos y engloba dentro del grupo I a los titulados superiores; en el grupo II a los diplomados universitarios y arquitectos e ingenieros técnicos; en el grupo III técnico especialista, delineante proyectista y conductor de autobús; en el grupo IV intendente, a extinguir, conserje a extinguir, gobernante a extinguir, jefe de cocina a extinguir, jefe de grupo a extinguir, almacenero, despensero, recepcionista, auxiliar de clínica, maquetista, encuadernador artístico, grabador artístico, corrector, socorrista, oficial de laboratorio, oficiales de oficio, conductor, modelos en vivo, delineante, oficial de administración, a extinguir, cocinero, perforista; en el grupo V telefonista, auxiliar de administración a extinguir; auxiliar de biblioteca y ayudante de oficio; en el grupo VI ordenanza, mozo, vigilante, personal de limpieza, camarero, personal de lavado, costura y plancha. Por resolución de 11 de noviembre de 2.002 publicada en el BOPA de 7 de diciembre de 2.002 se publica la relación de puestos de trabajo del personal laboral de administración y servicios de la Universidad de Oviedo.

  3. - El día 8 de diciembre de 2.003 se celebró un preacuerdo de negociación a suscribir entre la Administración de la Universidad de Oviedo y las organizaciones sindicales con los siguientes temas a tratarcon todas las organizaciones sindicales: duración del acuerdo; promoción interna; políticas activas de formación; estabilidad en el empleo; homologación de retribuciones entre personal funcionario y laboral; reordenación de efectivos; continuidad en la potenciación de las políticas de prevención; aplicación de medidas para la reducción del absentismo laboral; potenciación de la movilidad geográfica entre campus y de la movilidad voluntaria; medidas de conciliación de la vida familiar y laboral; medidas de mejora en la prestación de servicios al público; reducción paulatina del número de becarios delimitando áreas de gestión que han de ser asumidas por el PAS; sistematización y racionalización de procesos de gestión; elaboración de un estudio global de la función pública en la Universidad de Oviedo; pactos específicos sobre derechos y garantías sindicales y delimitación expresa de los criterios de constitución y funcionamiento de las mesas de negociación; valoración para el personal laboral de la conveniencia de iniciar un proceso de negociación de un nuevo convenio colectivo, considerando el marco normativo actual y las iniciativas legislativas pendientes; delimitación y concreción de las distintas medidas de acción social, explicitando los criterios de aplicación y su priorización, en función de las disponibilidades presupuestarias; acuerdo sobre comisiones de servicio externas a solicitud del interesado. Este acuerdo fue refrendado por el Rector y el gerente de la universidad de Oviedo, por los representantes de UGT Almudena y Íñigo ; de CCOO Ana María y Consuelo ; de CSI-CSIF Cornelio y Jesús Carlos ; de ACUO Rodrigo y de CSI Germán .

  4. - En las elecciones a representantes de los trabajadores de la Universidad de Oviedo para el período comprendido entre el 13 de junio de 2.002 a 13 de junio de 2.006 el número total de representantes obtenido por UGT es de 6; por la Asociación de cuadros de la Universidad de Oviedo ACUO 5; por CCOO 2; por la central sindical independiente y de funcionarios CSI-CSIF 2, por la coalición de sindicatos 1 y por la Asociación sindical corriente sindical de izquierdas CSI 1, lo que hace un total de 17 representantes. En esas elecciones el SIPU no había presentado su...

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