STSJ Murcia 1270/2007, 5 de Noviembre de 2007

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2007:3003
Número de Recurso1135/2007
Número de Resolución1270/2007
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por doña Rosa , contra la sentencia número 0193/2007 del Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, de fecha 4 de mayo, dictada en proceso número 0881/2006, sobre alta médica, y entablado por doña Rosa frente a Cumbre de Mazarrón SA; Mutua Ibermutuamur; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante doña Rosa con D.N.I. NUM000 , sufrió un accidente de trabajo el 22/7/2005 al caer de espaldas y hacerse daño en la columna lumbar cuando prestaba sus servicios laborales como limpiadora en la empresa Cumbre de Mazarrón S.A., la que en aquella fecha tenía cubiertos los riesgos profesiones con Ibermutuamur. SEGUNDO.- Como consecuencia del accidente inició un proceso de incapacidad temporal. Siendo dado de alta del mismo el 8-2-2006, al considerar la Mutua que el proceso médico está finalizado y no apreciarselesiones objetivas que desvirtúen la decisión adoptada. TERCERO.- En la fecha del alta la actora padecía lumbalgia y un síndrome ansioso-depresivo. CUARTO.- Disconforme la actora con el alta, interpuso con fecha 20/2/2006 reclamación administrativa previa, la que fue desestimada. QUINTO.- La base reguladora asciende a 19,55 euros"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Desestimar la demanda promovida por doña Rosa , y en consecuencia, procede absolver de la misma a la Mutua Ibermutuamur, al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, así como a la empresa cumbre de Mazarrón SA".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don José Fuentes Sebastián, en representación de la parte demandante, con impugnación de la Letrada doña María José Iborra Moreno, en representación de la Mutua demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La parte demandante, doña Rosa , presentó demanda, solicitando su derecho a continuar de baja, pues el alta de 8 de febrero sería indebida.

La sentencia desestimó la demanda, considerando que el alta de fecha 8 de febrero de 2006 fue correcta.

Disconforme, instrumenta recurso de suplicación, en el que, a través de tres motivos de recurso; dedicados, uno, a la petición de nulidad; otro, a la revisión de los hechos declarados probados y, el último, al examen del derecho aplicado, acaba solicitando la revocación de la sentencia recurrida.

Mutua Ibermutuamur, impugna el recurso y se opone.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Aunque se pide la nulidad y se denuncia como infringido el artículo 24 de la Constitución Española, en relación con los artículos 78, 90, 93 y 95 , es lo cierto que dicho motivo es inviable, pues no consta que se hiciera protesta previa, que es un requisito "sine qua non" (artículo 189.1.d de la LPL ).

FUNDAMENTO TERCERO.- Inicialmente, al amparo del artículo 191, apartado b) LPL, se solicita la revisión del hecho declarado probado tercero , que debería decir: "En la fecha en la que fue dada de alta por la Mutua, la actora padecía síndrome ansioso-depresivo,...

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