ATSJ Comunidad de Madrid , 15 de Septiembre de 2014
Ponente | SUSANA POLO GARCIA |
ECLI | ES:TSJM:2014:13A |
Número de Recurso | 29/2014 |
Procedimiento | PENAL - JURADO |
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Civil y Penal |
Sala de lo Civil y Penal del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid
Domicilio: C/ General Castaños, 1 - 28004
Teléfono: 914934848,914934750
31053820
NIG: 28.079.00.1-2014/0012061
Procedimiento Recursos Ley Jurado 29/2014
Materia: Delitos sin especificar
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CIVIL Y PENAL
RFª- RECURSO DE APELACIÓN PROCEDIMIENTO TRIBUNAL DE JURADO
N° 29/2014
Apelantes: 1º MINISTERIO FISCAL
-
Armando
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Matilde , Otilia Y Rosa
-
Cesareo Y Verónica
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Emilio
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Fausto , Gerardo Y Hugo
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Jenaro
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Luis (apelante supeditado)
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Moises (apelante supeditado)
Apelados: 1º Armando
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Cesareo Y Verónica
3o Matilde , Otilia Y Rosa
-
Emilio
Excmo. Sr. Presidente:
Dn. Francisco Javier Vieira Morante
Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as:
Dña. Susana Polo García
Dn. Jesús María Santos Vijande
En Madrid, a quince de septiembre del dos mil catorce.
PRIMERO.- Este Tribunal, por sentencia de fecha 15 de septiembre de 2014, ha acordado estimar los recursos de apelación interpuestos en nombre y representación de Emilio , Fausto , Gerardo Y Hugo , Luis (apelante supeditado), e Moises (apelante supeditado), contra la sentencia dictada por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado, Dn. Eduardo Cruz Torres, designado en la Sección Décimo Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, sentencia de fecha 13 de enero de 2014 , aclarada por auto de 25 de marzo, decretando la NULIDAD de la misma y del juicio celebrado, retrotrayendo las actuaciones al momento anterior a su celebración.
SEGUNDO.- Por sendos autos de fecha 7 de abril de 2014 el Magistrado Presidente del Tribunal del Jurado acordó prorrogar la prisión provisional de los acusados Emilio , Fausto , Gerardo , Hugo , Luis , Moises , y Jenaro , hasta la mitad de la pena impuesta en la citada sentencia, en concreto hasta el 18 mayo de 2016, 13 de febrero 2022, 17 de septiembre de 1922, 30 de diciembre de 2024, 28 de junio de 2016, 18 de mayo de 2016 y 21 de noviembre de 2022, respectivamente.
PRIMERO- Lo primero que se ha de establecer es que la anulación de la condena, con reposición de actuaciones, acordada por esta Sala en el fallo estimatorio de los recursos de apelación planteados contra la Sentencia de de fecha 13 de enero de 2014 , aclarada por auto de 25 de marzo, entraña, a su vez, que los autos dictados por el Magistrado Presidente de fecha 7 de abril de 2014, que prorrogan hasta la mitad de la pena impuesta la prisión provisional de los todos los acusados en la causa, -a excepción de Jose Carlos que se puesto en libertad por auto de 15 de enero de 2014-, queden privados de su presupuesto habilitante.
Sin embargo, esto no significa que una declaración de nulidad que hiciese desaparecer el título hasta ahora habilitante para mantener la privación de libertad impida, por sí sola, que pueda ser demandada por el Ministerio Fiscal o por las acusaciones con arreglo a lo dispuesto en los arts. 504 , 505 , 539 y demás concordantes de la LECrim , la prisión provisional o cualquiera otra medida cautelar de las...
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