STSJ Cataluña 4938/2008, 12 de Junio de 2008

PonenteFELIPE SOLER FERRER
ECLIES:TSJCAT:2008:6495
Número de Recurso2447/2008
Número de Resolución4938/2008
Fecha de Resolución12 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 4938/2008

En el recurso de suplicación interpuesto por F. C.C. MEDIO AMBIENTE, S.A. frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Tarragona de fecha 26 de Noviembre de 2007 dictada en el procedimiento Demandas nº 1205/2007 y siendo recurrido/a Ángeles. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. FELIPE SOLER FERRER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 31 de Agosto de 2007 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido disciplinari, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 26 de Noviembre de 2007 que contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando íntegramente la demanda ejercitada por Ángeles contra la mercantil FCC MEDIO AMBIENTE, S.A. debo declarar y declaro la improcedencia de despido de que fue objeto el 24 de julio de 2007, condenando a la demandada a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, opte por readmitir a la parte accionante en supuesto de trabajo o por indemnizarla con la cantidad de

8.872,77 euros, con la advertencia de que de no ejercitar la opción dentro del plazo indicado, mediante escrito o comparecencia en este Juzgado, se entenderá que procede la readmisión del trabajador, ycualquiera que sea el sentido de la referida opción, debo condenar y condeno a la demandada a que, además, abone a la parte actora el importe de los salarios de tramitación desde el día siguiente al despido hasta el día en que se notifique esta sentencia, ambos inclusive, a razón de 44,31 euros brutos al día, y la mantenga en situación de alta en la Seguridad Social durante el período correspondiente a tales salarios desde el siguiente al despido".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

La demandante, Ángeles, ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la demandada FCC Medio Ambiente, SA, dedicada a la actividad de limpieza pública, desde el 25 de enero de 2003, con categoría profesional de peón, y salario de 44,31 euros al día con prorrata de pagas extras .

(docs. del 6 al 11 de la demandada)

SEGUNDO

El 24 de julio de 2007 la actora recibió carta de despido de la demandada, con efectos del mismo día, por la comisión de una falta muy grave del art. 58.3 y 11 del convenio de aplicación, y 54.2.d) del ET .

El texto de la carta se da por reproducido en su integridad al obrar adjunta a la demanda. En síntesis imputaba a la demandante haber sustraído el 2.6.07 un móvil, en el establecimiento "Xiri Casa Ramos", propiedad de la titular del establecimiento, mientras llevaba puesto el uniforme de la empresa, así como haberlo estropeado cuando, tras requerimiento de la empresa motivado por la denuncia de la propietaria del móvil, lo tiró al suelo en vez de entregarlo en mano al hijo de su dueña.

(doc. nº 1 de la parte demandada)

TERCERO

La demandada sancionó a la actora el 16 de marzo de 2007 con 20 días de suspensión de empleo y sueldo por la comisión de una falta muy grave de malos tratos de palabra y obra a un compañero.

(doc. nº 3 de la demandada)

CUARTO

El 2.6.07 la demandante, vestida con el uniforme de la empresa demandada y fuera de horas de trabajo, sustrajo el teléfono móvil de la propietaria del establecimiento "Xiri Casa Ramos". Al desconocer el nombre de la demandante, la víctima de la sustracción puso los hechos en conocimiento de la empresa para que le proporcionaran sus datos. La empresa se puso en contacto con la demandante para que devolviera el móvil, lo que hizo en las propias oficinas de la demandada, pero estando el móvil estropeado, al parecer por haber sido mojado.

La propietaria del móvil ha presentado denuncia penal por la sustracción descrita y daño intencionados en el móvil por importe de 145 euros contra la actora.

(Interrogatorio de Melisa y de...

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