STSJ Cantabria 1047/2007, 30 de Noviembre de 2007

PonenteJESUS MARIA MARTIN MORILLO
ECLIES:TSJCANT:2007:1925
Número de Recurso999/2007
Número de Resolución1047/2007
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En Santander, a treinta de noviembre de dos mil siete.

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Begoña contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Mª Martín Morillo, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. Begoña siendo demandado el Gobierno de Cantabria sobre tutela de derechos y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 23 de julio de 2.007 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:1º.- La demandante, Dña. Begoña , es Secretaria de la Organización Sindical Independiente de Empleados Públicos (SIEP).

Dicho Sindicato tiene implantación en el Gobierno de Cantabria y forma parte de la Junta de Personal de Funcionarios del Gobierno de Cantabria

  1. - La Organización Sindical Independiente de Empleados Públicos ha dirigido al Sr. Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria, escritos de las fechas que se dirán, efectuando las solicitudes que se expresan a continuación:

    10 de noviembre de 2003, solicitando información sobre los centros de trabajo donde además del personal propio del Gobierno de Cantabria prestan servicio otros trabajadores, a qué empresa corresponden, funciones encomendadas y si han recibido formación e información en materia de prevención de riesgos laborales.

    30 de septiembre de 2004, solicitando relación de personal que presta servicio en los centros dependientes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, contratados a través de otra empresa, funciones que realizan, centro donde prestan servicio y empresa a través de la cual han sido contratados.

    30 de septiembre de 2005, solicitando la adopción de los acuerdos oportunos a fin de garantizar los principios constitucionales de acceso a lo público, cubrir puestos de trabajo del Gobierno de Cantabria cumpliendo la normativa en materia de Función Pública.

    21 de febrero de 2006, solicitando copia de los convenios suscritos entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y las sociedades regionales dependientes de la misma, en base a las cuales presta servicio personal en los centros de trabajo dependientes de dicha consejería.

  2. - La Junta de Personal de Funcionarios del Gobierno de Cantabria ha dirigido al Gobierno de Cantabria escritos de las fechas que se dirán, efectuando las solicitudes que se expresan a continuación:

    26 de octubre de 2006, solicitando en virtud de Acuerdo de la Junta de Personal de 5 de octubre de 2006, copia de los acuerdos suscritos por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales con empresas públicas o privadas, en base a los cuales se proceda a la contratación de personal para desarrollar su trabajo en dependencias adscritas a la consejería, y relación del personal que no ostentando la condición de empleado público desarrolla su actividad laboral en las dependencias de la consejería.

    26 de octubre de 2006, solicitando en virtud de Acuerdo de la Junta de Personal de 5 de octubre de 2006 las inspecciones realizadas en los tres últimos años y las anomalías detectadas, en su caso, asó como la relación nominal del personal que no ostentando la condición de empleado público desarrolla su actividad laboral en dependencias de las consejerías.

    De 7 de marzo de 2007, solicitando:

    - Contratos de asistencia técnica, con relación de las personas y dependencias que ocupan.

    - Relación de becarios que trabajan en esta Administración - Personas que perteneciendo a Fundaciones Públicas, Empresas Públicas o privadas, realizan su trabajo en los mismos locales que los empleados públicos de la Administración del Gobierno de Cantabria.

    - Relación de demandas y sentencias en las que personas en alguna de las situaciones anteriores, han realizado reclamaciones laborales a esta Administración.

    De 10 de marzo de 2006, solicitando la relación de personal que trabaja en las dependencias de la Administración del Gobierno de Cantabria, realizando funciones propias de los empleados públicos y que su vínculo laboral es de becario, asistencia técnica o contratado por otras empresas.

    De 28 de diciembre de 2004, solicitando relación de los trabajadores contratados a través de diferentes empresas públicas, que realizan funciones propias de funcionarios, ubicados en dependencias de la Administración del Gobierno de Cantabria, así como funciones que realizan y ubicación que ocupan en las dependencias de la administración.

  3. - Mediante la demanda que ha dado lugar al presente procedimiento la actora solicita que sedeclare su derecho y se le facilite relación de todos los trabajadores que prestan servicios en los diferentes centros del Gobierno de Cantabria en las diferentes formalidades jurídicas (contratados por empresas públicas, subcontrataciones, becado s por convenios, arrendamientos de servicios...), así como copia simple de sus contratos laborales o contratos de arrendamientos de servicios.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda origen del pleito, Dª. Begoña , actuando en nombre y representación de la Organización Sindical Independiente de Empleados Públicos, pretendía la tutela del derecho a la libertad sindical frente al Gobierno de Cantabria por su negativa a suministrar la información solicitada y la declaración del derecho de la parte actora a obtener una relación de todos los trabajadores que prestan servicios en los diferentes centros de la Administración Autonómica, bajo las diferentes formalidades jurídicas (contratados por empresas publicas, subcontrataciones, becados por convenios, arrendamientos de servicios....) así como una copia simple de sus contratos laborales o de los contratos de arrendamiento de servicios.

Frente a la sentencia de instancia que, desestimando la demanda, absuelve al Gobierno de Cantabria de las pretensiones en su contra formuladas, se alza en suplicación la representación letrada de la demandante, y desde la doble perspectiva que autoriza el Art. 191 b) y c) de la Ley de Procedimiento Laboral , aprobada por Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 abril , para que se revise el relato fáctico y el derecho que entiende aplicado indebidamente, interesa la integra estimación de la demanda rectora de la presente litis.

SEGUNDO

Destina la recurrente los seis primeros motivos de su recurso a la revisión de los hechos que se declaran probados en la resolución recurrida, solicitando, concretamente, la modificación de los que figuran bajo los ordinales segundo y tercero y la adicción de un nuevo ordinal, que sería el quinto, para los que propone la siguiente redacción alternativa:

Ordinal segundo: su párrafo cuarto debería sustituirse por otro que diga, "con fecha 30 de septiembre de 2005 la Organización Sindical Independiente de Empleados Públicos ha dirigido al Presidente del Gobierno de Cantabria solicitud de que se adopten los acuerdos oportunos a fin de garantizar los principios constitucionales de acceso a lo publico y cubrir los puesto de trabajo del Gobierno de Cantabria cumpliendo la normativa en materia de función publica. Con fecha 9 de noviembre de 2005 el Presidente del Gobierno de Cantabria remitió la solicitud al Consejero de Presidencia".

Ordinal tercero: pretende que este hecho probado se complete con diversos párrafos:

- al párrafo segundo 2º se le debería añadir "Idéntica solicitud de documentación fue formulada en la misma fecha a la Secretaria General de Educación, a la Secretaria General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a la Secretaria General de la Consejería de Medio Ambiente; a la Secretaria General de la Consejería de Economía y Hacienda; a la Secretaria General de la Consejería de Agricultura y Pesca; a la Secretaria General de la Consejería de Obras Publicas y Vivienda; a la Secretaria General de la Consejería de Industria y Trabajo; a la Secretaria General de al Consejería de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos; a la Secretaria General de la Consejería de Presidencia, Ordenación del territorio y Urbanismo".

- al párrafo cuarto debería comenzar diciendo "por acuerdo de la Junta de personal y del Comité de empresa el 7 de marzo de 2006, solicitando...."

- Finalmente solicita la adicción de los siguientes párrafos a dicho ordinal:

"Con fecha 4 de febrero de 2005 la Junta de Personal de Funcionarios solicitó a la Consejero de Presidencia, Ordenación del territorio y Urbanismo inspección y comunicación a la misma respecto del personal de las empresas SODERCAN, SICAN, ERC Y TRACSA que desarrollan funciones propias de funcionarios en los locales de la Administración".

"Con fecha 4 de noviembre de 2004 la Junta de Personal de Funcionarios solicitó a la Directora General de al Función Pública la relación de personas que prestan sus servicios en las dependencia de al Administración del Gobierno de Cantabria con contrato de Asistencia Técnica".Ordinal quinto: pretende la recurrente, por último, que se incluya en el relato fáctico un nuevo ordinal, que sería el quinto, del siguiente tenor literal. " Con fecha 14 de abril de 2005 la Organización Sindical de CCOO solicito de la Consejería de educación, a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a la Consejería de Medio Ambiente; a la Consejería de Economía y Hacienda; a la Consejería de Agricultura y Pesca; a la Consejería de Obras Publicas y Vivienda; a la Consejería de Industria y Trabajo; a la Consejería de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos; a la Consejería de Presidencia,...

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