STSJ Cantabria 472/2014, 30 de Junio de 2014

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2014:482
Número de Recurso335/2014
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución472/2014
Fecha de Resolución30 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000472/2014

En Santander, a 30 de junio de 2014.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS (Ponente)

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por el INSS y TGSS contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cinco de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sr. D. RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Pedro siendo demandado el INSS y TGSS sobre Incapacidad y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 21 de enero de 2014, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - D. Pedro (D.N.I. nº NUM000 ), nacido el día NUM001 -84, está afiliado a la Seguridad Social -R.G.S.S.-, siendo su profesión habitual la de Mantenimiento -electricista y limpieza- .

  2. - Iniciada la vía administrativa ante el Instituto de la Nacional de la Seguridad Social en solicitud de incapacidad permanente, se dictó resolución de fecha 2-1-13, donde reconociendo las secuelas "claudicación intermitente, arteropatía en miembro inferior izdo. que precisó de trombectomía (12-9-12) y by-pass femorotibial posterior (19-9-92), hematoma en muslo dcho. e infección de herida quirúrgica, oclusión completa del by-pass (eco-doppler nov-12)", denegaba la prestación solicitada por no alcanzar las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución en la capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente.

  3. - Presentada la correspondiente reclamación previa, se dictó resolución en fecha 23-01-13 por la que se denegaba el reconocimiento de incapacidad permanente solicitada, no pudiendo declararse dicha situación hasta que las lesiones que le afectan puedan determinarse objetivamente y sean definitivas, debiendo continuar recibiendo asistencia sanitaria por el tiempo necesario hasta la valoración definitiva de su estado.

  4. - Las secuelas que padece la parte actora son:

    - E.I.I. ARTEROPATÍA QUE PRECISÓ DE TROMBECTOMÍA Y BY-PASS FEMORO-TIBIAL POSTERIOR CON MAL RESULTADO - CLAUDICACIÓN INTERMITENTE (100 M. APROX.)

  5. - La base reguladora para la Incapacidad Permanente solicitada sería de 1.067,61 #/ mes, siendo la fecha a partir de la cual desplegaría efectos económicos el día 28-12-12. (No controvertido)

TERCERO

En dicha sentencia se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

" Estimar la demanda interpuesta por D. Pedro contra INSS y TGSS, y declarar al actor en situación de Incapacidad Permanente en grado de Total para su profesión habitual de Mantenimiento-electricista y limpieza-, condenando a la entidad demandada a acatar la presente declaración y a abonarle las cantidades legal y reglamentariamente estipuladas, teniendo en cuenta que la base reguladora es 1.067,61 #/mes, más las mejoras y revalorizaciones que correspondan, y con efectos económicos desde el día 28-12-12."

CUARTO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución...

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