STSJ Murcia 341/2014, 28 de Abril de 2014

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2014:988
Número de Recurso1048/2013
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución341/2014
Fecha de Resolución28 de Abril de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00341/2014

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Pº GARAY, 5-2ª PLANTA. 30005-MURCIA

Tfno: 968 22 92 16

Fax: 968 22 92 13

NIG: 30030 44 4 2012 0009215

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001048 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001145 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 007 de MURCIA

Recurrente/s: Cayetano

Abogado/a: JOSE MARIA RIOS MESTRE

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: MINISTERIO FISCAL MINISTERIO FISCAL, PROYECTOS INTEGRALES DE LIMPIEZA,

S.A., EULEN, S.A., CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO Y PROYECTOS INTEGRALES DE LIMPIEZA, S.A.

Abogado/a: JOSE BENACLOIG SANCHEZ-PARRA, JOAQUIN MARCO QUILES, JOSE BENACLOIG SANCHEZ PARRA

Procurador/a:

Graduado/a Social:

En MURCIA, a veintiocho de abril de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Cayetano, contra la sentencia número 0276/2013 del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 28 de junio, dictada en proceso número 1145/2012, sobre DESPIDO, y entablado por Cayetano frente a PROYECTOS INTEGRALES DE LIMPIEZA S.A., EULEN S.A., CENTRO INTEGRAL DE EMPLEO Y PROYECTOS INTEGRALES, y en el que ha tenido intervención el Ministerio Fiscal.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El actor Cayetano tiene reconocida la condición de minusválido por resolución del Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia de 28/5/1997. SEGUNDO.- El demandante ha venido prestando sus servicios como limpiador desde el 2/8/2003 por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada "Centro Especial de Empleo Proyectos Integrales de Limpieza, S.A.", en virtud de un contrato de trabajo temporal por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en centros especiales de empleo, con jornada a tiempo completo y con horario de 6'00 a 13'48 horas de lunes a viernes, desarrollando tareas de limpieza de cristales en diferentes centros de Murcia y Provincia. TERCERO.- El 1/11/2003 la empresa y el trabajador acordaron la conversión en indefinido a tiempo completo el anterior contrato temporal (39 horas semanales prestadas de lunes a viernes, con horario de 6'00 a 13'48 horas), con objeto de realizar "la limpieza y mantenimiento de cristales, rótulos y fachada de Springfield, Women Secret, Douglas y Cortefiel en Murcia y provincia". CUARTO.- Entre el 1/3/2012 y el 31/10/2012 el salario percibido por el actor, incluyendo la p.p.p. extras, fue el siguiente: marzo 1.529'87 #; abril 1.360'75 #; mayo 1.301'19 #; junio 1.298'35 #; julio 1.290'75 #; agosto 1.385'71 #; septiembre 1.284'99 #; octubre 1.364'18 #. QUINTO.- Mediante comunicación escrita de 29/10/2012, "CEE Proyectos Integrales de Limpieza, S.A." comunicó al actor lo siguiente:

"A D/Dña. Cayetano con DNI NUM000 como trabajador de esta empresa.

COMUNICA:

Que a partir del día 01/11/2012 dejará de prestar servicios como trabajador de Proyectos Integrales de Limpieza, S.A. en CAJA MURCIA Ruta de Cristales, por subrogación, de acuerdo con lo previsto en el Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de Murcia. Las nuevas adjudicatarias de los servicios de Limpieza, donde usted presta sus servicios serán las siguientes:

- Eulen 4 horas/semana

- Limcamar 4 horas/semana

- Interactiva Facility Services 2 horas/semana

Sin otro particular, rogamos firme esta carta en señal de recibí".

SEXTO

Con fecha 1/11/2012 "CEE Proyectos Integrales de Limpieza, S.A." y el trabajador demandante suscribieron el siguiente "anexo" al contrato de trabajo:

"ANEXO A CONTRATO DE Cayetano CON DNI NUM000, REGISTRA EN EL SEF MURCIA Y POSTERIORES ANEXOS.

Les comunicamos que la mencionada trabajadora, que mantiene contrato con la empresa CEE PROYECTOS INTEGRALES DE LIMPIEZA SA, A PARTIR del día 01/11/2012 REDUCE su jornada laboral en 10 horas/semana, en RUTA CRISTALEROS CAJAMURCIA, por subrogación a las empresas Limcamar (4 H/S), Eulen (4 H/S) e Interactiva (2 H/S), quedando su jornada laboral repartida del modo que a continuación se especifica y no variando el resto de cláusulas del citado contrato:

RUTA BSCH 06,00 H/S

RUTA VARIOS 23,00 H/S

TOTAL 29,00 H/S

Estando las dos partes de acuerdo con las modificaciones efectuadas, se firma el presente por cuadriplicado, en el lugar y fecha a continuación indicados".

SEPTIMO

A partir del 1/11/2012 el actor pasó a percibir el siguiente salario: noviembre 2012, 1.025'80 #; diciembre 2012, 930'15 #; enero 2013, 1.509'03 #; febrero 2013, 935'21 #; marzo 2013, 980'21 #. OCTAVO.-El 1/5/2012 la codemandada "EULEN, S.A." y "Banco Mare Nostrum, S.A." (antes Caja Murcia) celebraron un contrato en virtud del cual aquélla se obligaba a realizar las labores de limpieza en las oficinas y...

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