STSJ Andalucía 177/2014, 29 de Enero de 2014
Ponente | JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS |
ECLI | ES:TSJAND:2014:582 |
Número de Recurso | 2248/2013 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 177/2014 |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2014 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
CON SEDE EN GRANADA
SALA DE LO SOCIAL
J.G.
Sent. núm. 177/2014
Iltmo. Sr. D. José Manuel González Viñas
Presidente Iltmo. Sr. D. Jorge Luis Ferrer González Iltmo. Sr. D. Francisco José Villar del Moral Magistrados
En la Ciudad de Granada, a veintinueve de Enero de dos mil catorce.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de Suplicación núm. 2.248/2013, interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Seis de los de Granada de fecha 20 de Septiembre de 2.013 en Autos núm. 801/2012, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Manuel González Viñas.
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Coral sobre Prestaciones contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 20 de Septiembre de 2.013, por la que estimando la demanda interpuesta por la actora, declaraba que la demandante se encuentra en situación de incapacidad permanente absoluta, con derecho a pensión del 100% de la base reguladora de 2.703,67 # y con efectos económicos reglamentarios.
En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
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- La demandante doña Coral, mayor de edad, con DNI núm. NUM000, vecina de Granada, nacida el NUM001 de 1952, afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM002, de profesión habitual "Enfermera" del Servicio Andaluz de Salud (SAS), tras iniciar incapacidad temporal el 2 de agosto de 2010, fue dada de alta con propuesta de incapacidad temporal
Por resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 16-05-2012, se le deniega la declaración de incapacidad permanente en grado alguno, por considerar que sus lesiones no alcanzan un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser tributarias de dicha declaración. Y ello, previo dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades de fecha 15- 05-2012 (folios 21 y 32). 2º.- La BR de la situación que reclama es la cantidad de 2.703,67 # mensuales (folio 18 vuelto).
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- La demandante presente el cuadro clínico residual siguiente: Desprendimiento de retina OD en 2010. Intervenida de cataratas en OD en 2012. Leve tenosinovitis bicipital y tendinopatía calcificante en hombro izquierdo. Espondiloartrosis cervical de C4 a C7 con profusiones discales sin compromiso mielorradicular. Espondilodiscartrosis lumbar en varios niveles. Dermatitis atópica del adulto. Trastorno adaptativo son síntomas emocionales mixtos de leve intensidad. Asma bronquial probablemente extrínseco.
Desprendimiento de retina en OD en agosto de 2010. Cercaje y vitrectomía OD. Intervenida de cataratas en OD en febrero de 2012 (FACO + LIO. En última revisión la AV es de 0,1 en OD y de 0,3 en OI. CV: OD reducción concéntrica de 15º y de 25º en OI.
Leve tenosinovitis bicipital y tendinopatía calcificante en hombro izquierdo. Espondiloartrosis cervical de C4 a C7 con profusiones discales sin compromiso mielorradicular. Espondilodiscartrosis lumbar en varios niveles. En fisioterapia actualmente con tratamiento de ondas de choque. Marcha y escaleras con normalidad. No refiere sintomatología cervical ni lumbar, con buena funcionalidad con la faja lumbar.
Dermatitis atópica del adulto. Actualmente popular pequeñas excoriadas en dorso manos y piernas de leve entidad.
En cuanto a la patología psíquica que presenta, en la actualidad se encuentra en tratamiento con citalopram y deprax 100 BEG. Orientada, refiere tristeza, no ansiedad importante, ni crisis, no ideas...
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