STSJ Andalucía 360/2014, 13 de Febrero de 2014

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTERO
ECLIES:TSJAND:2014:1489
Número de Recurso2397/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución360/2014
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

M.N.

SENT. NÚM. 360/14

ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO

ILTMO. SR. D. RAFAEL PUYA JIMÉNEZ

ILTMA. SRA. Dª RAFAELA HORCAS BALLESTEROS

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a Trece de Febrero de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 2397/13, interpuesto por D. Hilario contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cuatro de los de Granada en fecha Diez y siete de Octubre de dos mil trece. en Autos núm. 1293/12, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Hilario en reclamación sobre INCAPACIDAD PERMANENTE contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha Diez y siete de Octubre de dos mil trece ., por la que Desestimo la demanda interpuesta por Don Hilario, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Organismo al que absuelvo de las pretensiones deducidas en su contra.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

A Don Hilario, nacido en fecha NUM000 -57, titular del D.N.I. número NUM001, vecino de Granada AVENIDA000 BLOQUE000 NUM002 NUM003 - NUM004 NUM005, con domicilio a fines de notificaciones en Granada C/ DIRECCION000 NUM006 - NUM007, afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, con el número NUM008, por Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 18-10-12 (Expte. número: NUM009 ), le fue reconocida una pensión de Incapacidad Permanente en grado de total para su ocupación habitual, siendo su profesión la de Albañil ( oficial de 1º), y su Base reguladora de 1533,21 #.

SEGUNDO

Precedió a tal Resolución propuesta positiva del E.V.I. de fecha 4-10-2012, que apreció un cuadro residual de: Estenosis de canal lumbar intervenida en Nov. 11. Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: Refiere lumbalgia con calambres en MII. Dolor en Pies. Aceptable Flexión de raquis, con extensión limitada en MMII Ba Libre, BM 4/5 Rotuliano Izd Abolido . Rmn Espondilodiscartrosis Lumbar Avanzada y cambios postquirurgicos con diámetro de canal adecuado . Emg sin hallazgos patológicos. Previamente, el Informe Médico de evaluación de la incapacidad laboral valido como informe medico de síntesis de fecha 01-10-2012 había emitido dictamen, que diagnosticó en el actor: Diagnostico principal : 724.02- Estenosis Espinal Región Lumbar. 2. Diagnostico. Estenosis de canal lumbar intervenida en Nov 11, con las limitaciones orgánicas o funcionales: Refiere lumbalgia con calambres en MII . dolor en pies, Aceptable flexión de raques, con extensión limitada en MMII Ba Libre, BM 4/5 Rotuliano Izd abolido. Rmn Espondilodiscartrosis lumbar avanzada y cambios postquirurgicos con diámetro de canal adecuado . Emg sin hallazgos patológicos, y el siguiente juicio clínico: Refiere Albañil . 18 meses en IT, siendo la contingencia la de e. común, al que siguió propuesta de inicio de expediente de I.Permanente.

TERCERO

Disconforme con la resolución dictada, el actor formuló Reclamación previa en fecha 09-11-2012, que el Instituto Nacional de la Seguridad Social, mediante Acuerdo de fecha 19-11-2012, desestimó.

CUARTO

El cuadro patológico que presenta el demandante es: Estenosis de canal intervendida en NO. 2011. Aceptable flexion del raquis. Extensión limitada en MMII BM 4/5, rotuliano izdo abolido . RMN espondilodiscartrosis lumbar avanzada y cambios postquirúrgicos con diámetro de cana adecuado . EMG sin hallazgos patológicos.

QUINTO

La demanda se presenta a reparto en fecha 17-12-2012.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR