STSJ Cataluña 9/2014, 20 de Febrero de 2014

PonenteMARIA DEL MAR GAN BUSTO
ECLIES:TSJCAT:2014:1425
Número de Recurso72/2013
ProcedimientoDEMANDAS
Número de Resolución9/2014
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

EL

ILMO. SR. IGNACIO Mª PALOS PEÑARROYA

ILMA. SRA. M. MAR GAN BUSTO

ILMO. SR. LUIS REVILLA PÉREZ

En Barcelona a 20 de febrero de 2014

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 9/2014

En los autos nº 72/2013, iniciados en virtud de demanda despidos colectivos, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. M. MAR GAN BUSTO.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Con fecha 31 de octubre de 2013, tuvo entrada en la Secretaría de esta Sala demanda despidos colectivos en la que interviene como parte demandante Laureano, Pablo y Silvio y como parte demandada INSTAL.LACIONS MASSANELLAS SL, MASSBARNES SL, Luis Carlos, Adriano, IPSUM INSOLVENCIES SLP_ Administració Concursal Instal. Massanellas SL -, TALLERS INDUMECA SL, Cayetano

, Erasmo y FOGASA, en la que se solicita se dicte sentencia conforme a derecho. Admitida la demanda formulada, se ha celebrado el correspondiente acto de la vista el pasado día 4 de febrero de 2014, en el que tras ratificarse la parte actora en sus peticiones, se opuso la demandada, practicándose las pruebas admitidas, según consta en el acta que se extendió al efecto. Y terminado el acto elevando a definitivas las partes sus conclusiones.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

Laureano, Pablo, Silvio, tienen la condición de representantes de los trabajadores.

SEGUNDO

EL 18 de febrero de 2013,la empresa Instal.lacions Massanellas S.L,comunica el inicio del expediente de suspensión de los contratos por causas económicas, y productivas y la suspensión durante un período de 12 meses los contratos de los 27 trabajadores de la plantilla de la citada empresa.

TERCERO

La primera reunión se celebra el 26 de febrero de 2013,una vez finalizada con la documentación que acredita las causas y en la que se hace constar en el acta por la representación de los trabajadores,que una vez analizada la memoria por la que se manifiesta la pérdida crónica del volumen de ventas no se puede entender que la situación sea coyuntural y por tanto procedería al menos la extinción de parte de los contratos.

CUARTO

EL 4 de marzo de 2013, se redacta el acta en el que se pone fin al período de consultas con el resultado sin acuerdo.

QUINTO

El 6 de marzo de 2013, la empresa Instal.lacions Massanellas S.L, comunica el resultado al Servei Laborals del Departament d'Empresa i Ocupació de la Generalitat de Catalunya, y lo notifica a los trabajadores el 12 de marzo de 2013, y se comienza a inscribir en la entidad gestora de la prestación por desempleo a partir del 13 de marzo de 2013,siendo suspendidos la totalidad de los contratos de la plantilla.

SEXTO

Contra esta decisión se formula demanda de conflicto colectivo que fue estimada en sentencia del Juzgado Social de Girona, de 27 de mayo de 2013, folio 1670, al reverso en la que declara la suspensión de los contratos de la totalidad de la plantilla acordada por la empresa Instal.lacions Massanellas S.L,es injustificada y la condena a la reanudación inmediata del contrato de trabajo de la totalidad de la plantilla, con abono de los sueldos dejados de percibir hasta la efectiva reanudación o a las diferencias que procedan respecto del importe de las prestaciones de desempleo, sin perjuicio del reintegro de las mismas a la entidad gestora.

SÉPTIMO

Mediante escrito de 26 de abril de 2013, folio 1577 a 1591 se procede a la comunicación a los trabajadores del inicio del expediente de regulación de empleo de ocupación por extinción de contratos de la empresa Instal.lacions Massanellas S.L por causas económicas y productivas por la extinción de los 26 contratos de trabajo de los 27 trabajadores de la plantilla, con la excepción de la Sra Rita, familiar del administrador de la sociedad que estará excluida temporalmente dado que se necesita su colaboración para llevara a cabo la liquidación ordenada por la empresa y la carta estaba firmada por el economista asesor de la empresa Cayetano, y por el administrador de la empresa Sr. Adriano .

OCTAVO

Folio 1600.-La primera reunión se celebra el 30 de abril de 2013,en la que se entrega la documentación que pretendía acreditar las causas, iniciándose materialmente el período de consultas, y donde la parte trabajadora pone de manifiesto que se considera que no puede tenerse en cuenta el tener por iniciado el período de consultas sino desde el momento de la recepción de la documentación librada que se estudiará, y que por otra parte sorprende el que se acaba de solicitar e imponer por parte de la empresa la suspensión de los contratos por la duración de un año y de forma inmediata y sin solución de continuidad,se ha procedido a solicitar la extinción de los contratos de la totalidad de la plantilla coincidente este hecho con las creación de la empresa Massbarnes S.L,que tiene un objeto social amplio, reclamando como consta en el acta la documentación relativa a la empresa Massbarnes S.L, que no se aporta nunca.Por la parte obrera se manifiesta que no se puede considerar que existe un verdadero período de negociación dado que la postura empresarial se presenta como inamovible.

NOVENO

Folio 1602.- En las reuniones celebradas el 8 de mayo de 2013 y el 14 de mayo de 2013, folio 1605, no se produce la variación de las actas reclamándose por los trabajadores la documentación de la empresa Massbarnes S.L, que se expone en la primera acta.

DÉCIMO

Folio 1606,El 20 de mayo de 2013 se redacta el acta que pone fin al período de consultas con el resultado sin acuerdo, y se acuerda dar traslado al Servei de Relacions Laborals del Departament d'empresa i Ocupació.

DÉCIMO PRIMERO

La empresa Instal.lacions Massanellas S.L, comunica el 27 de mayo de 2013 a los trabajadores la carta con el contenido que consta en el hecho séptimo de la demanda, que se da por reproducido en este hecho probado, es decir la extinción de los contratos de trabajo con efectos 27 de mayo de 2013.

DÉCIMO SEGUNDO

La extinción de los contratos de trabajo de la empresa Instal.lacions Massanellas

S.L afectan a los que se indican en el hecho octavo de la demanda, que se dan por reproducidos en este fundamento con la excepción de la aclaración que se hizo en la vista oral en relación al actor Jose Ramón y el salario del mismo no es el de 52.28 euros, sino el de 56, 28 euros diarios con prorrata de pagas extras.

Y en relación con el actor Pedro Jesús la antiguedad no es la de 3.4.2006 sino la de 15 de abril de 2003.

DÉCIMO TERCERO

El 12 de junio de 2013 se presenta demanda de despido colectivo ante el juzgado social de Girona que dio lugar al proceso nº 556/2013 seguido en el juzgado social 3 de Girona.

En resolución de 22 de octubre de 2013, se ha dictado la falta de competencia objetiva del juzgado social por corresponder el conocimiento a la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

DÉCIMO CUARTO

La empresa Massbarnes S.L,folio 1558,se constituye el 1 de marzo de 2013 y tiene como objeto social la gestión,explotación de alquileres,compraventa de propiedades inmobiliarias y el mantenimiento y la explotación de inmuebles de todo tipo folio 1562,y el administrador de la misma es Adriano, folio 1568.Socios de la misma, folio 1566, Luis Carlos, Isabel, Adriano, Rita, Ofelia . Domicilio en Banyoles, paseo de la industria nº 61, folio 1562.

DÉCIMO QUINTO

Folio 1758,resolución del INSS de fecha 28 de noviembre de 2012, en el que se reconoce la pensión de jubilación de Luis Carlos

DÉCIMO SEXTO

Folios 1768,1769, en el que se menciona que la empresa Massbarnes S.L, no figura inscrita como empresario en el sistema de la seguridad social, y no tiene asignado código de cuenta de cotización en ningún régimen del sistema de seguridad social.

DÉCIMO SÉPTIMO

La empresa Instal.lacions Massanellas S.L se constituye el 9 de enero de 1989, folio 1542,el objeto social de la misma, según se deduce del folio 1525, en montaje,la conservación y reparación de instalaciones de fontanería, sanitarios y calefacción de toda clase de industrias, así como viviendas y comercios, compraventa de maquinaria, instalaciones, material eléctrico, sanitarios y similares,su importación y exportación y todo lo que a ello sea anejo y complementario, y administrador Luis Carlos . folio 1542.El domicilio lo tiene en Banyoles, Passeig de Industria nº 54 .Los socios de la misma son Luis Carlos

, José, Ramón, Luis Carlos .

y el administrador único desde 19 de febrero de 2013 es Adriano, folio 1556.

DÉCIMO OCTAVO

La empresa Massbernes S.L,no tiene trabajadores a su cargo.

DÉCIMO NOVENO

Luis Carlos es el padre del actual administrador Adriano desde el 19.3.2009, de la empresa Instal.lacions Massanellas S.L, hasta el 7 de marzo de 2013 en que fue también presidente del consejo de administración.

VIGÉSIMO

Adriano, ha suscrito un contrato de trabajo de fecha 1 de octubre de 2013, con la empresa PROISOTEC ENGINYERIA SLP, como ingeniero técnico, folio 1638.

VIGÉSIMO PRIMERO

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR