STSJ Cataluña 1365/2014, 21 de Febrero de 2014

PonenteMARIA MACARENA MARTINEZ MIRANDA
ECLIES:TSJCAT:2014:1004
Número de Recurso5773/2013
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución1365/2014
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08279 - 44 - 4 - 2012 - 8012415

mm

ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA

ILMA. SRA. M. MAR GAN BUSTO

ILMA. SRA. M. MACARENA MARTINEZ MIRANDA

En Barcelona a 21 de febrero de 2014

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1365/2014

En el recurso de suplicación interpuesto por INSTITUT NACIONAL DE LA SEGURETAT SOCIAL (INSS) frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Terrassa de fecha 14 de junio de 2013 dictada en el procedimiento nº 263/2012 y siendo recurridos TRESORERIA GENERAL DE LA SEGURETAT SOCIAL, CAPIO SANIDAD, S.L. y Zulima . Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. M. MACARENA MARTINEZ MIRANDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 14 de junio de 2013 que contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª. Zulima (DNI nº NUM000 ) contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS), TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS) Y CAPIO SANIDAD, S.L.U.,

A.- Debo declarar y declaro a la actora en situación de incapacidad permanente total para la profesión habitual de enfermera, con una base reguladora de 759,31 euros mensuales y fecha de efectos de 9.11.2011, condenando al INSS a estar y pasar por el contenido de la presente resolución.

B.- Debo absolver y absuelvo a la TGSS y a CAPIO SANIDAD, S.L.U. de los pedimentos en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes: "1º.- Dª. Zulima, nacida el NUM001 .1964, se encuentra en alta o situación asimilada en el momento de solicitud de la prestación, habiendo desempeñado la profesión habitual de enfermera (hecho conforme).

La actora vio reconocida por el INS incapacidad permanente en el mes de junio de 2007, que le fue suprimida en revisión de grado por el INSS en fecha 31.1.2009 por mejoría (no controvertido).

La actora tiene reconocido un grado de discapacidad física-psíquica por el ICASS del 57%, con efectos del 27.5.2010 (folios nº 48 y 49 de autos).

  1. - La Base Reguladora de la prestación asciende a 759,31 euros mensuales, siendo la fecha de efectos el 9.11.2011 (hecho conforme; folio nº 50 de autos).

  2. - En fecha 18.10.2011, la actora, que ha cursado proceso de IT desde el 16.4.2010 al 12.10.2011 (folios nº 21 y 84 de autos), solicitó pensión de incapacidad permanente, emitiéndose dictamen propuesta por el ICAM en fecha 14.10.2011, confirmado por la CEI en fecha 27.10.2011, dictándose Resolución por el INSS en fecha 8.11.2011 que denegó su petición al considerar que no existe incapacidad permanente en ninguno de sus grados (folios nº 76, 82 reverso y 83 de autos).

  3. - En fecha 13.12.2011, la actora interpuesto reclamación previa, que fue desestimada por resolución del INSS de fecha 10.1.2012 (folios nº 14 a 20 y 96 a 98 de autos).

  4. - El dictamen del ICAM de fecha 14.10.2011 indica el siguiente diagnóstico médico: "fibromialgia, trastorno adaptativo crónico en tto. psiquiátrico y psicológico con evolución fluctuante, artrodesis cervical y lumbar hace 5 años" (folios nº 12, 13 y 83 de autos).

  5. - La actora padece las siguientes dolencias: fibromialgia en control y/o tratamiento (83,2 s/100 en escala FIQ), antecedentes de artrodesis cervical (2007) y artrodesis lumbar (2008), con clínica de raquialgias mecánicas sin signos clínicos de afectación radicular, discopatía degenerativa crónica C4-C5 y protesión discal difusa con proyección foraminal izquierda L3-L4, trastorno adaptativo mixto crónico derivado de estrés postraumático, no endógeno, en tto. psiquiátrico y psicológico con evolución fluctuante y sin referir mejoría, sondajes intermitentes para vaciamiento vesical, teniendo contraindicadas tareas de importante esfuerzo y sobrecarga de raquis (folios nº 12, 13 y 83 -dictamen ICAM-, 30 a 35 y 107 a 113 -informes médicos del Hospital Plató, Corporació Sanitària y Mutua Terrassa-, 119 -informe médico MEDICAL OSMA-, pericial del Dr. Isaac y del Dr. Jacobo )."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la entidad gestora codemandada se interpone recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social que, estimando parcialmente la demanda sobre declaración de incapacidad permanente absoluta, y subsidiariamente total para su profesión habitual, declaró a la actora en esta situación, condenando a aquélla a estar y pasar por el contenido de la resolución, absolviendo a la Tesorería General de la Seguridad Social y a Capio Sanidad, S. L. U. de las pretensiones deducidas en su contra. El recurso ha sido impugnado por Capio Sanidad,...

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