STSJ Andalucía 1459/2013, 10 de Diciembre de 2013
Ponente | EDUARDO HERRERO CASANOVA |
ECLI | ES:TSJAND:2013:14201 |
Número de Recurso | 298/2012 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1459/2013 |
Fecha de Resolución | 10 de Diciembre de 2013 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SEVILLA
SENTENCIA
Ilmos. Sres.:
D. Antonio Moreno Andrade.
D. Eduardo Herrero Casanova.
D. José Santos Gómez.
------------------------------ En la ciudad de Sevilla, a 10 de Diciembre de 2013.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, integrada por los Magistrados expresados al margen, en nombre de Su Majestad El Rey, el presente recurso 298/12, en el que ha sido parte actora, la entidad IBI LARAD, S.L., representada por el Procurador, D. Mauricio Gordillo Cañas, y asistida por Letrado, y parte demandada el TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA (TEARA), representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado, actuando como codemandada, CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, representada y asistida por el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía.
Se asignó la ponencia al Sr. D. Eduardo Herrero Casanova, quien expresa el parecer de la Sección Segunda.
La parte actora presentó demanda en tiempo solicitando una sentencia anulatoria del acto recurrido.
El Sr. Abogado del Estado y la representación procesal de la Junta de Andalucía presentaron en tiempo las contestaciones a la demanda, solicitando una sentencia desestimatoria de las pretensiones articuladas.
No habiéndose recibido el recurso a prueba por los motivos que se contienen en el Auto denegatorio, presentaron las partes los escritos de conclusiones.
Señalado día para la votación y fallo, se procedió a su deliberación con el resultado que se expone.
Se recurre en el proceso Resolución de 22 de Diciembre de 2.011 del Tribunal EconómicoAdministrativo Regional de Andalucía (TEARA), que desestimó la reclamación número 53-01166-2010 interpuesta por la hoy demandante contra acuerdo por el que se desestima recurso de reposición contra liquidación número 0102110832206 practicada por la Oficina Liquidadora de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) por importe de 23.454,19 Euros por el concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), modalidad AJD.
Se refiere el supuesto enjuiciado a escritura pública otorgada el 1 de Agosto de 2.008 de modificación de división en régimen de propiedad horizontal y modificación de préstamos hipotecarios, presentándose por la hoy recurrente, junto con dicha escritura, autoliquidación sin...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba