STSJ Andalucía 1720/2013, 24 de Octubre de 2013

PonenteRAMON GOMEZ RUIZ
ECLIES:TSJAND:2013:12222
Número de Recurso1199/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1720/2013
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2013
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Recursos de Suplicación 1199/2013

Sentencia Nº 1720/2013

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMON GOMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. RAUL PAEZ ESCAMEZ

En la ciudad de Málaga a veinticuatro de octubre de dos mil trece

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CON SEDE EN

MÁLAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por Fidela contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº6 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. RAMON GOMEZ RUIZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Fidela sobre Procedimiento Ordinario siendo demandado MINISTERIO FISCAL y CENTRO DE ASISTENCIA TELEFONICA SA (CATSA) habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 21/09/2012 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

La actora con DNI. nº NUM000 presta sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la demandada, con antigüedad de 31/01/2008, categoría profesional de Teleoperador especialista y salario según convenio.

SEGUNDO

En fecha 19/09/2011 el representante legal de la Federación Provincial de Sindicatos de la Confederación General del Trabajo (CGT) comunica a la empresa demandada y a la Consejeria de Empleo que "con fecha 17 de septiembre de 2011 ha quedado constituida la Sección Sindical de nuestra Organización en la empresa. Se comunica que"esta sección sindical ha resuelto nombrar a las/os compañeras/os que a continuación se relacionan como miembros de la misma :

Mauricio, Rubén, Patricia, Teresa, Jose Daniel, Amanda Juan Miguel ; Celsa, Fidela, Armando, Gregoria, Cosme, Eutimio, Milagros y Sagrario . Con fecha 04/01/2012 el Secretario de Administración y Finanzas de CGT Málaga expide certificación en el que se hace constar que "constan afiliadas a nuestra organización sindical un total de 97 trabajadores de la empresa Catsa ..."

Se dan por reproducidos los documentos 1,3 y 9 de la parte actora.

TERCERO

EL 19/10/2011 la sección sindical de CGT solicita a la empresa estudios ergonómicos.

En fecha 09/11/2011 la sección sindical presenta denuncia ante Inspección de trabajo por infracción en matera de prevención de riesgos.

En fecha 10/11/2011 la sección sindical solicita a la empresa copia del acuerdo suscrita en relación al sistema de incentivos.

En diciembre de 2011 la sección sindical formula denuncia ante la Inspección de trabajo por infracción de normativa laboral

El 12/01/2012 la sección sindical en Catsa formula queja ante la empresa sobre el criterio de determinación de vacaciones, y en 17/01/2012 sobre minoración de derecho a descanso.

El 12/03/2012 la Sección Sindical presenta escrito ante la direccion de recursos humanos de la empresa cuyo contenido se da por reproducido, que es contestado por la empresa.

En fecha 19/04/2012 D. Leovigildo formula denuncia ante la Inspección de Trabajo.

CUARTO

El 09/03/2012 el Sindicato CGT formula preaviso a elecciones a representantes de los trabajadores en la empresa demandada. Se fija el calendario del proceso electoral de elecciones a comité de empresa, que tiene su inicio el 08/05/2012.

En fecha 24/05/2012 se presentan las candidaturas por CGT en el que la actora figura con el numero 2, celebrándose las elecciones el 11/06/2012, resultando 10 representantes de la lista de CCOO, 6 de UGT y 5 de CGT.

QUINTO

El día 23/04/2012 la actora fue convocada por el departamento de formación para recibir formación relativa al Servicio de Emisión de Clientes de la Plataforma Canal + siendo los días de imparticion de la misma en los locales de la empresa, el 23 y 24 de abril de 2012 en horario de 16.00 a 22.00 horas.

Al inicio del curso, por parte de empresa se requirió a la actora, al igual que el resto de participantes en el curso, la firma de hoja de asistencia al curso, ésta se negó, siendo requerida nuevamente por la empresa, negándose nuevamente, debiendo acudir personal de RRHH y Formación para suscribir su asistencia. Ese mismo día, se le remitió correo electrónico a la trabajadora poniéndosele de manifiesto la obligación de suscribir la hoja de asistencia

Al día siguiente la demandante volvió a negarse a firmar en la hoja de asistencia y la de entrega de material didáctico, debiendo nuevamente comparecer personal de RRHH y Formación para firmar como testigos.

En cursos anteriores, la demandante suscribió la hoja de asistencia.

SEXTO

El curso tuvo lugar en dependencias de la empresa, en el departamento que se encuentra reflejado en la fotografía que se acompaña por la parte demandada como documento nº 7 que consta en el ramo de prueba de la parte demandada.

SEPTIMO

El día 26/04/2012 el comité Catsa Málaga remite carta a la dirección de RRHH escrito solicitando se comprueben las medidas medioambientales de la sala de formación y a la que habían sido trasladados 16 agentes del servicio de emisión reflejada en la anterior fotografía .

Se da por reproducido el contenido del escrito al constar aportado a los autos como documento nº 17 de la actora.

El día 26/04/2012 la sección sindical de CGT remite escrito a RRHH de la empresa poniendo de manifiesto las condiciones de la citada sala, cuyo contenido se da por reproducido al constar aportado por la parte actora como documento nº 18.

En fecha 02/05/2012 por la sección sindical de CGT se formula denuncia ante la inspección de Trabajo cuyo contenido se da por reproducido, al constar aportado a los autos como documento nº 19. SE remitieron igualmente quejas por la actora al Buzón Comité Catsa Málaga en las fechas 27 y 30 de abril de 2012

OCTAVO

El día 27 de abril de 2012, una vez finalizada la formación, la actora fue asignada por la empresa para realizar sus funciones en el servicio de emisiones, recibiendo del coordinador D. Severino, instrucciones precisas de su ubicación en la sala de trabajo, en las que se le indicaba la necesidad de ocupar los puestos al final de la sala, dejando un sitio libre entre agente y agente.

La actora hizo caso omiso y se ubicó en un puesto de trabajo que no le correspondía, requiriéndole el citado coordinador para que ocupase un puesto de agente y no el que estaba utilizando, a lo que se negó la demandante.

NOVENO

En fecha 11/05/2012 la empresa demandada notifica a la demandante carta de sanción en la que se le imputan los siguientes hechos:

"Primero.- usted presta sus servicios en nuestra empresa en la plataforma Canal + en el centro de trabajo de Málaga.

Segundo

El día 23/04/2012 a las 16.00 horas, usted fue convocada por el departamento de formación mediante correo electrónico, para recibir formación relativa al Servicio de Emisión de Clientes de la Plataforma Canal +, ante su proxima asignación a dicho servicios, siendo los días de imparticion de la misma en los locales de la empresa, el 23 y 24 de abril de 2012en horario de 16.00 a 22.00 horas.

Tercero

El día 23 de abril de 2012, a las 16.00 horas inició la formación antes mencionada, impartiendo la misma el formador Sr. D. Juan María . Pues bien, cuanto éste le trasladó la obligación de que procediera, como es habitual, a firmar la hoja de asistencia a este curso, usted se dirigió al mismo comentando que se niega a formar este escrito . Ante esta situación el citado Sr. Juan María, le volvió a insistir en la obligación de que formara este escrito de asistencia, al ser un procedimiento habitual en la compañía.

Cuarto

pese a recibir esta instrucción, usted volvió a negarse a firmar el parte de asistencia a esta formación, hecho que generó la necesidad de que tuvieran que acudir en calidad de testigos de su asistencia a este curso, Dª Graciela (Técnico de RRHH de la empresa) y D. Baldomero (Técnico de formación de la empresa), firmando en el listado de control de asistencia para ratificar la presencia de usted en dicho curso.

Quinto

ante la situación generada, la dirección de RRHH se vio en la necesidad de remitirle correo electrónico, ese mismo día a las 17.24 horas, expresándole la obligación de que cumpliera con las instrucciones recibidas, debiendo de proceder de forma inmediata a la firma de este documento, tal como se refleja en el contenido del citado correo que se indica a continuación: (.....).

Sexto

pese a recibir este correo electrónico, no solo no procedió a la forma del documento de asistencia anteriormente citado, sino que al día siguiente se reiteró nuevamente en no firmar el parte de asistencia de la formación de ese día 24 de abril de 2012, negándose al mismo tiempo también a firmar el recibió de la justificación de entrega de materia didáctico de esta formación. Debiendo de acudir a la sala donde estaba impartiendo el curso, como en el día anterior, a las 16.13 horas dos testigos, mas concretamente Dª Piedad (Técnico de RRHH de la empresa) y D. Baldomero (Técnico de formación de la empresa) para acreditar tanto su asistencia a la formación como la entrega de este material.

Séptimo

Posteriormente a los hechos antes relatados, el día 27 de abril de 2012 usted inició su labor en el servicio de emisiones una vez finalizada la formación antes reseñada, recibiendo de su coordinador D. Severino, instrucciones precisas de su ubicación en la sala de trabajo, en las que se le indica la necesidad de ocupar los puestos al final de la sala, dejando...

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