STSJ Andalucía 1984/2013, 7 de Noviembre de 2013

PonenteMANUEL MAZUELOS FERNANDEZ-FIGUEROA
ECLIES:TSJAND:2013:11643
Número de Recurso1636/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1984/2013
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2013
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

N.B.P.

Sentencia número: 1984/13

Recurso número: 1636/13

Iltmo. Sr. D. José Mª CAPILLA RUIZ COELLO

Iltmo. Sr. D. Rafael PUYA JIMÉNEZ

Iltmo. Sr. D. FERNANDO OLIET PALÁ

Iltmo. Sr. D. Manuel MAZUELOS FERNÁNDEZ FIGUEROA

Iltma. Sra. Dª. Rafaela HORCAS BALLESTEROS

-MagistradosEn la Ciudad de Granada, a 7 de noviembre de 2013

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican han pronunciado

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación número 1636/13, interpuesto por DOÑA Rita contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Granada de fecha 16 de enero de 2013 en Autos número 1053/11 sobre incapacidad permanente Absoluta-, en el que ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Manuel MAZUELOS FERNÁNDEZ FIGUEROA.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. En el Juzgado de lo Social número 1 de Granada tuvo entrada demanda interpuesta por DOÑA Rita contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL que contenía el siguiente suplico:

    "Que habiendo por presentado este escrito lo admita a trámite y tenga a bien señalar día y hora para la celebración del acto de juicio para finalmente dictar sentencia en la que se declare que las lesiones que padezco son constitutivas de una invalidez permanente absoluta con derecho a percibir las correspondientes prestaciones económicas condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General demandada al abono de una pensión en cuantía anual del 100% de la base reguladora de prestaciones ". 2. Admitida a trámite y registrada la demanda con el número de autos 1053/11, fue celebrado juicio, dictándose Sentencia el día 16 de enero de 2013 que contenía el siguiente fallo:

    "Que desestimando la demanda interpuesta por Dª Rita contra el INSS y la TGSS, debo absolver a las demandadas de las pretensiones deducidas en su contra".

  2. En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

    1. .- Dª Rita con DNI NUM000, nacida el NUM001 -1949, adscrita al Régimen General con nº de afiliación NUM002, de profesión auxiliar de ayuda a domicilio y con una base reguladora de 494#57 euros, inició expediente de incapacidad por enfermedad común, dictándose en fecha 6-09-2011 dictamen propuesta del EVI y en fecha 19-09-2011 Resolución de la Dirección Provincial del INSS, por la que se la declaraba afecta a una incapacidad permanente total para su profesión habitual.

    2. .- La demandante presentó reclamación previa en fecha 18-10-2011 en la que se solicitaba se la declarase afecta a una incapacidad permanente en grado de absoluta, reclamación que fue desestimada por Resolución de 4-11-2011, presentándose demanda que fue turnada a este Juzgado.

    3. .- La demandante presenta como cuadro clínico residual espondilodiscartrosis lumbar, quiste ovárico izquierdo.

    Como limitaciones orgánicas y funcionales presenta cuadro degenerativo articular generalizado en raquis lumbar, con espondilodiscartrosis múltiple, sin signos inflamatorios articulares, con balance articular limitado de forma moderada, con balance muscular grado 4/5, con signos clínicos y neurofisiológicos...

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