STSJ Andalucía 2260/2013, 4 de Diciembre de 2013

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTERO
ECLIES:TSJAND:2013:11594
Número de Recurso1916/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2260/2013
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2013
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

M.N.

SENT. NÚM. 2260/13

ILTMO. SR. D. JOSE MANUEL GONZÁLEZ VIÑAS

PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO

ILTMO. SR. D. JORGE LUIS FERRER GONZÁLEZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JOSÉ VILLAR DEL MORAL

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a Cuatro de diciembre de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 1916/13, interpuesto por Nazario contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cinco de los de Granada en fecha diez y seis de octubre de dos mil trece. en Autos núm. 194/12, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Nazario en reclamación sobre SEGURIDAD SOCIAL contra PULEVA FOOD S.A., FREMAP, M.A.T.E.P.S.S. NÚM. 61, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y MUTUA UNIVERSAL-MUGENAT, MATEPSS.Nº 10 y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha diez y seis de octubre de dos mil trece ., por la que desestimando la demanda promovida por D . Nazario contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, FREMAP, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 61, MUTUA UNIVERSAL-MUGENAT, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 10 Y PULEVA FOOD S.A. debo absolver y absuelvo las citadas entidades gestoras de las pretensiones en su contra ejercitadas, confirmando la resolución administrativa impugnada. Segundo.- En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El actor D. Nazario con DNI núm. NUM000, está afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el núm. NUM001 . En fecha de 11 de marzo de 2011 el actor sufre un accidente de trabajo cuando prestaba servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa PULEVA FOOD S.A. la cual estaba al corriente de la totalidad de sus obligaciones sociales frente al citado trabajador y tenía cubiertas las contingencias de accidente de trabajo con FREMAP, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 61 .

El actor inició un proceso de incapacidad temporal a consecuencia de dicho accidente de trabajo declarándose la contingencia de accidente de trabajo por sentencia de fecha 10 de diciembre de 2012 de este mismo Juzgado la cual se da por reproducida al obrar a los folios 151 a 159 de los autos.

SEGUNDO

Iniciado a expediente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social a fin de ser valorada su capacidad laboral y en su caso, ser declarado beneficiario de una prestación contributiva de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, recayendo resolución administrativa el día 5 de diciembre de 2011, denegando su pretensión por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de la capacidad laboral para ser constitutivas de incapacidad permanente, según lo dispuesto en el artículo 137 Ley General de la Seguridad Social ( Real Decreto Ley 1/94 de 20 de junio, en relación con el artículo 134.1 º de la misma disposición en la redacción dada por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, BOE 1 diciembre 1.994), y sobre la base del dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades de fecha 1 de diciembre de 2011, visto el informe médico de síntesis del expediente del trabajador de fecha 28 de noviembre de 2011.

TERCERO

No conforme con dicha calificación y consiguiente resolución, el actor formula en fecha de 13 de enero de 2012 reclamación administrativa previa, con el objeto de ser declarado en situación de Incapacidad Permanente Parcial para su profesión habitual, con los consiguientes efectos, agotando la misma la cual fue denegada por resolución de fecha 31 de enero de 2012. Presenta demanda con idéntica petición el día 17 de febrero de 2012.

CUARTO

La base reguladora al objeto del cálculo de las oportunas prestaciones de incapacidad permanente parcial, que no se ha controvertido, asciende a la cantidad de 3.161,56 euros.

QUINTO

El actor comporta los siguientes padecimientos: Antecedentes de sacroilietis derecha crónica de origen brucelar. Artrosis sacroiliaca derecha de la D 27. Osteoartristis rodilla derecha izquierda, antecedentes de menisectomía. Lumbalgia con dolor nalga, dolor e irradiación a cara posterior muslo derecho con rectificación lumbar, leve escoliosis sin afectación coxofemoral. Exploración: Buena flexión del raquis, no Lassegue, movimientos de rodillas conservado, flexión máxima de rodilla izquierda dolorosa, no atrofia muscular, ROTS simétricos.

SEXTO

Las funciones que el actor desempeña en su puesto de trabajo en la sección de fermentados en la empresa Puleva Food S.A se concreta en la realización de la mezcla para la fabricación de los productos fermentados (natillas, nata líquida, leche, frutas etc.). El trabajador tiene que manejar los diferentes materiales (almidón, azúcar etc.) y echarlos a la tolva. En caso de grandes cantidades de productos el oficial le acerca los sacos y el lo va vertiendo a la tolva. También realiza toma de muestras para envío al laboratorio, toma de muestras del zip de limpieza (sosa y ácido), realizar el peso de los componentes en caso de ser poca la cantidad a añadir y limpieza de la zona mediante baldeo con agua y cepillos.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por Nazario, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Denegada por la sentencia de instancia la pretensión deducida en la demanda, de ser declarado el actor afecto de invalidez permanente parcial para su profesión habitual, se interpone el presente...

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