STSJ Castilla-La Mancha 1334/2013, 11 de Noviembre de 2013

PonentePETRA GARCIA MARQUEZ
ECLIES:TSJCLM:2013:3169
Número de Recurso893/2013
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1334/2013
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2013
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 01334/2013

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIALALBACETE

- C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax:967 596 569

NIG: 02003 34 4 2013 0102782

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000893 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000724 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de ALBACETE

Recurrente/s: Jose Pablo

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: MERCADONA

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE)

RECURSO SUPLICACION Nº 893/13

Magistrado/a Ponente: Ilma. Sra. Dª. PETRA GARCÍA MÁRQUEZ

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. JOSÉ MONTIEL GONZÁLEZ

PRESIDENTE Dª. PETRA GARCÍA MÁRQUEZ

Dª LUISA MARÍA GÓMEZ GARRIDO

En Albacete, a once de noviembre de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

EN NO MBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 1334/13

En el Recurso de Suplicación número 893/13, interpuesto por D. Jose Pablo, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Albacete, de fecha veinte de diciembre de dos mil doce, en los autos número 724/12, sobre Despido, siendo recurrido MERCADONA SA.

Es Ponente el Ilma. Sra. Magistrada Dª. PETRA GARCÍA MÁRQUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: FALLO: Que DESESTIMANDO la Demanda rectora de las presentes actuaciones insta de por D. Jose Pablo contra MERCADONA, S.A. debo absolver y absuelvo a la Demandada de las pretensiones ejercitadas en su contra.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO

El Actor D. Jose Pablo, con DNI nº NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la mercantil Demandada en virtud de contrato de carácter indefinido a tiempo completo, antigüedad de 29/11/2004, categoría profesional de Gerente A, y salario conforme al Convenio Colectivo de MERCADONA, S.A. (BOE 10/03/2010), sin ostentar cargo alguno de representación de los trabajadores.

SEGUNDO

Con fecha 02/11/2011 el Actor inicia proceso de IT, solicitando con fecha 08/03/2012 ante el INSS la determinación de la contingencia de la IT. Con fecha 20/07/2012 el SESCAM emite Alta Médica del trabajador siendo presentada por Reclamación Previa, emitiéndose Informe del Inspector de Servicios Sanitarios Y Resolución del SESCAM estimando la Reclamación Previa con fecha 22/08/2012.

TERCERO

Con fecha 08/06/2012 la empresa procede al despido disciplinario del Actor conforme a lo establecido en los arts. 5.a), c), d ) y e ), 20.2, 58, 54.2.d) del ET, así como los arts. 34.c).1 ) y 34.c).8) del Convenio Colectivo de Empresa, alegando fraude, deslealtad y abuso de confianza en las gestiones encomendadas, así como el trato con los compañeros de trabajo o cualquiera otra persona al servicio de la empresa en relación de trabajo con ésta, simulación de enfermedad o accidente y realizar actividades que perjudiquen en la recuperación de IT, considerando las conductas del trabajador como falta muy grave. La carta de despido obra en actuaciones dándose íntegramente por reproducida, de la que cabe destacar:

... Que el pasado 02/11/11 Vd. causó baja médica por Incapacidad Temporal por un dolor en la espalda tal y como manifestó a la empresa. En cada uno de los controles efectuados por el Servicio Médico de Empresa, manifestaba que su dolencia le impedía el desarrollo de sus funciones laborales ordinarias, así como el desarrollo de su actividad privada básica.

Que los Servicios Médicos de la Empresa le han ofrecido en varias ocasiones la adaptación del puesto de trabajo, tanto en tareas como en horario, a fin de que usted pudiese realizar una actividad laboral que no requiriese esfuerzo y que no afectase su estado de salud, siendo el último ofrecimiento del 18 mayo de los corrientes, siendo que usted, como en todas las ocasiones anteriores, rechazó la propuesta.

...La empresa tenido conocimiento de que Vd. ha desarrollado una serie de actividades, que denotan o bien que VD. puede desarrollar una vida absolutamente normal y por ende su actividad laboral, o bien, que realiza actividades contraindicadas del todo a la dolencia que Vd. parece lo que provoca una dilación voluntaria de su estado de salud. Así:

El día 15/02/12 a las 16:56 horas usted salió de su domicilio caminando sin que evidenciase ningún síntoma de dolor y acudió a la C/ García Más. Con posterioridad, a las 18:31 abandona su vivienda conduciendo su vehículo hasta el comercio Día sito en la C/ Paseo de la Cuba, regresando junto a una persona y una menor, al vehículo introduciendo en el mismo los artículos adquiridos y un carrito. Posteriormente se internan en el parking del supermercado La Despensa y a las 19:20 vuelve a su residencia particular. Todas estas actividades se desarrollan de forma normal y sin aparente dolor lumbar del impidiese la ejecución de tal actividad

Que el 20/02/12 a las 10:54 vuelve a conducir su turismo estacionan en la calle Zapateros. Realiza varias gestiones personales caminando, sin que evidencie ningún dolor, hasta que de nuevo vuelve a su domicilio a las 11:44. Insistimos todas estas actividades se desarrollan sin el más mínimo síntoma de capacitación por su parte.

Que el 21/02/12 abandona su domicilio al mando de su vehículo y se introduce en un desguace llamado Los Faisanes sito en la carretera Albacete-Requena. Posteriormente lava su vehículo manualmente en el establecimiento El Elefante del polígono industrial Campollano, reposta gasolina y se marcha a su domicilio. Tras estacionar el vehículo coge a una menor en brazos y se introducen su domicilio. Una vez más todas esas actividades se desarrollan sin más mínimo síntoma en capacitación por su parte.

... La empresa tiene conocimiento de que la primera quincena del mes de marzo de 2012 estuvo realizando obras de remodelación de su domicilio particular en las que Vd. participó de forma activa en las mismas.

... El 21/04/12, Vd. siendo sobre las 10:40 horas sale de su domicilio y va caminando a la calle Raimundo Lulio Nº 5, de forma que pocos minutos después, a las 10:55 sale de la misma a bordo de un Quad marca KYMCO modelo MXU, de alta cilindrada y matrícula U-....-MHL que, tras hacer una breve parada para repostar, conduce por la carretera CM-332 hasta la localidad de La Felipa, a unos 19 Kms. de Albacete, llegando a destino a las 11:20 horas.

En ese mismo día, casi sin descansar, pocos minutos después, a las 11:26 horas, Vd. retoma la conducción del Quad y accede por un camino rural a una zona de campo abrupta terminando una hora y media más tarde, a las 13:04 horas, en lugar del que salió en la ciudad de Albacete, es decir, en la C/Raimundo Lulio Nº 5.

... El día siguiente, 22/04/12, pocos minutos pasadas las 13:00 horas acude a la zona de merenderos llamada La Pulgosa ubicada en la Carretera de Las Peñas de Albacete y estuvo jugando con una niña que estaba prendiendo a andar, con postura encorvada, agachándose continuamente para hacerle de apoyo ante una eventual caída, teniéndola en brazos, caminando, todo ello hasta las 13:43 horas de aproximadamente, momento en que condujo de nuevo el vehículo hasta su domicilio...

CUARTO

Obran en actuaciones nóminas de trabajadores correspondientes a los meses de diciembre/2011, enero a junio/2012, dándose íntegramente por reproducidas.

Obra en actuaciones Informe Pericial realizado por el Doctor D. Moises y ratificado en el acto de la Vista, dándose íntegramente por reproducido.

Obra en actuaciones dándose íntegramente por producido contrato de compraventa de fecha 29/06/2012 del vehículo.

QUINTO

Obran en actuaciones dándose íntegramente por reproducidos, documentos consistentes en actas de amonestación de fecha 16/07/2011 por incumplimientos en el trabajo del Actor, así como documentación acreditativa de amonestación de fecha 26/09/2011, entrevista de valoración del año 2011 realizada por al Actor a los efectos de valorar el grado de cumplimiento de los objetivos.

Informes de WITERMAN Detectives Privados, acompañados de CDs, referentes a los hechos ocurridos los días 15,17, 20 y 21 febrero, 21 y 22 abril, visualizados y ratificados el acto de la Vista, dándose íntegramente por reproducido.

Informe Pericial Médico emitido por el Doctor D. Jose Manuel, ratificado en el acto de la Vista, dándose íntegramente por reproducido.

Informe de la Fisioterapeuta Dª. Sofía, así como Informe del Doctor D. Agustín, informe Neurofisiológico, dándose todos ellos íntegramente por reproducidos.

Informe de períodos de bajas y altas médicas del Actor en su vida laboral con la mercantil Demandada, dándose íntegramente por reproducido.

Método de adaptaciones de puesto del...

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