STSJ Cataluña 6159/2013, 1 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución6159/2013
Fecha01 Octubre 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2011 - 8038588

EL

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

En Barcelona a 1 de octubre de 2013

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6159/2013

En el recurso de suplicación interpuesto por Carlos Alberto frente a la Sentencia del Juzgado Social 27 Barcelona de fecha 13 de junio de 2012, dictada en el procedimiento Demandas nº 791/2011 y siendo recurrido/a Instituto Nacional de la Seguridad Social. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. ADOLFO MATIAS COLINO REY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5 de septiembre de 2011, tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 13 de junio de 2012, que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda interpuesta por Carlos Alberto frente a INSTITUT NACIONAL DE LA SEGURETAT SOCIAL (INSS) en materia de Invalidez Permanente Absoluta y/o Total derivada de enfermedad comun, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones en su contra deducidas.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

Primero . El trabajador Carlos Alberto nacido en NUM000 /83 fue declardo en situación de Incapacidad Permanente Absoluta derivada de enfermedad común por resolución del Inss de 25/3/10 por estar afecto de: Transtorno afectivo bipolar, sintomatología maniaca pendiente de estabilización. Transtorno por dependencia al alcohol en remisión, abuso de cocaina y benzodiacepinas en remisión.

Segundo. Su profesión habitual era de oficial torero. Tercero. El Inss inició de oficio expediente de revisión, que le fue comunicado sin que formulase alegaciones.

Cuarto. Por resolución de 7/4/11 se declaró que no se encuentra en la actualidad afecto de ningún grado de incapacidad permanente.

Quinto. Interpuesta reclamación administrativa previa por aquel, fue desestimada por resolución de 27/6/11.

Sexto .Fue emitido dictamen por el Icam en 23/3/11, teniéndose su contenido por reproducido.

Septimo. La base reguladora de la prestación de Incapacidad Absoluta y toal derivada de enfermedad común asciende a 1.382'63 euros/mes.

Octavo. El actor padece las siguientes lesiones:

- Transtorno bipolar mixto y transtorno de personalidad Cluster C. Transtorno por dependencia al alcohol en remisión. Abuso de cocaína y benzodiacepinas en remisión.

Noveno. Por resolución del icass de 13/8/10, le fue reconocido un grado de disminución del 67% con efectos desde el 11/5/10 por el diagnóstico de transtorno bipolar.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado, no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó la demanda interpuesta por la parte actora en la que solicitaba la declaración de incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, resolución que es impugnada mediante el presente recurso de suplicación que tiene por objeto, por un lado, la revisión de los hechos probados en la sentencia recurrida, que se articula al amparo de lo dispuesto en el apartado b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y, por otro, el examen de las normas sustantivas o jurisprudencia infringidas en la sentencia de instancia, de acuerdo con el apartado c) de dicho precepto.

SEGUNDO

Como primer motivo del recurso y con correcto amparo procesal la parte recurrente solicita la modificación del hecho probado octavo, en el que se describen las dolencias que padece, proponiendo una nueva redacción del mismo en base a los documentos que obran a los folios 14, 21, 18, 15 y 17 y 16 vto. y 26, petición que va dirigida a que se consigne una intensidad de la patología de mayor gravedad que la que consta en la sentencia de instancia, por lo que respecta al trastorno bipolar mixto y el trastorno de la personalidad Cluster C. La petición no puede ser estimada, pues fundada la revisión en informes médicos aportados por...

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