STSJ Andalucía 2893/2013, 31 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2893/2013
Fecha31 Octubre 2013

Recurso nº 1854/2013 (S) Sentencia nº 2893/2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

DOÑA MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO, PRESIDENTE

DOÑA MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

DON JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a treinta y uno de octubre de dos mil trece.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 2893/2013

En el recurso de suplicación interpuesto por FUNDOVEL, contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de los de Huelva, en sus autos núm. 479/12, ha sido Ponente la Iltma. Srª. Magistrada Doña MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Anton, contra Fundovel S.A., sobre Modificación Sustancial de las Condiciones Laborales, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 3 de abril de 2.013 por el referido Juzgado, con estimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

I .- D. Anton, mayor de edad, con DNI NUM000 comenzó a prestar servicios por cuenta y bajo la dependencia de Fundovel SA (con CIF A 08205544 y dedicada al sector de la hostelería), el 12.05.78, como Jefe Sector, con contrato indefinido y jornada a tiempo completo en el centro de trabajo "Hotel Tierra Mar" de Matalascañas (Almonte, Huelva).

II .- La relación laboral se rige por el Convenio Colectivo de la empresa demandada contenido en la Resolución de 08.07.10 (BOP de 24.08.10) que damos por reproducido.

III .- El hotel Tierra Mar Golf, propiedad de Fundovel SA, se inauguró como hotel de temporada en 1975, permaneciendo abierto anualmente, desde mayo a octubre, hasta que en el año 2000 Fundovel SA adquirió el 100% de la propiedad del inmueble (hasta ese momento conformado por múltiples apartamentos en régimen de propiedad horizontal y pertenecientes a diversos propietarios), decidiendo la sociedad demandada mantener el hotel abierto todo el año. Con tal decisión, 30 empleados fijos discontinuos pasaron a ser indefinidos a tiempo completo. IV .- La fecha de llamamiento al personal fijo discontinuo con antigüedad anterior a 01.05.96 suele ser entre el 1 y 15 de mayo de cada año.

V .- Mediante Resolución del Delegado Provincial de Empleo de 20.12.10 se autorizó a Fundovel S.A. la suspensión de las relaciones laborales, desde el 20.12.10 al 24.02.11 y desde el 01.11.11 al 15.03.12, con 25 trabajadores, por causas económicas, técnicas y organizativas. Con tal propósito, el Gabinete Técnico de Comisiones Obreras emitió informe de situación económica y financiera de la empresa, de fecha 07.06.11, que damos por reproducido.

VI .- A fines de 2011, la plantilla de Fundovel SA se integraba por 35 personas, 33 empleados fijos y 3 fijos discontinuos. En concreto, la que se establece en el cuadro adjunto:

Número empleados Categoría Naturaleza

1 Gerente Fijo

1 Adjunto a gerencia Fijo

1 Encargado de compras de almacén Fijo discontinuo

1 Jefe de administración Fijo

1 Jefe de personal Fijo

1 Jefe de recepción Fijo

1 Jefe de reservas Fijo

1 Jefe de bar Fijo

1 Jefe de restaurante Fijo

1 Jefe de mantenimiento Fijo

1 Jefe de cocina Fijo

1 Jefe de habitaciones Fijo

2 Administrativos Fijos

3 Empleados de reservas Fijos

2 Empleados de reservas Fijos-discontinuos

3 Empleados de bar Fijos

2 Empleados de restaurante Fijos

2 Empleados de cocina Fijos

4 Empleados de mantenimiento Fijos

5 Empleados de habitaciones Fijos

Además, cuenta la empresa con 17 trabajadores fijos discontinuos, con garantía de seis meses de empleo y 32 trabajadores fijos discontinuos. El resto de necesidades de personal, unas 28 personas como máximo, se cubre con contrataciones eventuales.

VII .- La cifra de facturación de Fundovel SA ha sido la que se indica seguidamente:

Año Cifra de facturación

2008 4.848.036,82 #

2009 4.509.014,52 #

2010 3.927.748,84 #

2011 3.918.262,52 #

VIII .- El resultado de los ejercicios de los años 2008-2011 ha sido el que se determina a continuación:

Año Resultado del ejercicio

2008 -467.456,48 # 2009 -494.902,44 #

2010 -596.474,02 #

2011 -202.946,40 #

IX .- La facturación media anual, el personal ocupado y la facturación media por personal ocupado es la que sigue:

Año Facturación Personal ocupado Facturación/Personal ocupado

2008 4. 472. 480 74,33 63. 800,18

2009 4. 509. 013 75 60. 120, 17

2010 4. 034. 776 72,92 55. 334,07

2011 3. 921. 901 61,67 63. 598, 39

X.- El Informe elaborado por D. Isidro, en Enero 2012, relativo al "Análisis Económico y Plan de Viabilidad", que obra en el ramo de la parte demandada se da por reproducido. El Plan de Viabilidad concluye en los siguientes términos:

" La explotación del hotel debe ser de temporada (máximo siete meses al año), ya que no existe mercado suficiente ni condiciones de entorno para poder mantener la explotación durante los doce meses del año, ya que no hay ninguna garantía de tener una ocupación suficiente que garantice una mínima rentabilidad.

-En consecuencia, toda la estructura productiva debe de adaptarse a esta temporalidad de la explotación, procediendo a transformar toda la contratación de personal fija en contratación fija discontinua.

-La empresa debe contar y, en consecuencia adaptar, sus necesidades de plantilla en función del nivel de ocupación del hotel en cada período de su apertura, con el fin de racionalizar los costes y garantizar la rentabilidad de la explotación para asegurar su continuidad futura.

-Paralelamente a ello y de forma simultánea, la empresa debe reestructurar su funcionamiento, adaptando técnicas de gestión actuales y modernas. Ello supone la adopción de un conjunto de medidas de reestructuración y racionalización en las diversas áreas y secciones del hotel que conlleva una amortización de determinados puestos de trabajo innecesarios en la nueva estructura organizativa.

-Practicar una política de externalización en diversas áreas del hotel que, sin rebajar el servicio al cliente, sólo se contraten cuando sean necesarios con el objetivo de racionalizar su coste y convertirlo en variable en vez de estructural.

-Analizar y revisar todas las partidas de gastos de la compañía con el fin de reducirlos al máximo y eliminar todos aquellos que sean prescindibles.

-Renegociar la deuda bancaria con el objetivo de adecuar su amortización a la capacidad de la empresa de generar recursos y evitar tensiones de tesorería e incluso situaciones de imposibilidad de pago, con el consiguiente riesgo que esto supone para la continuidad de la compañía" .

XI .- El 15.02.12 la mercantil demandada se reunió con la representación legal de los trabajadores, asistiendo el Sr. Isidro, con el objetivo de dar a conocer al Comité de Empresa el Informe suscrito en Enero 2012 relativo al "Análisis Económico y Plan de Viabilidad", entregándose copia del mismo al Presidente del Comité de Empresa junto con diversa documentación contable/auditoría de la mercantil demandada.

XII .- El 01.03.12 la representación de los trabajadores realizó ciertas consideraciones al informe a que se hace referencia en el hecho anterior, que se da por reproducido.

XIII .- El 02.03.12 se celebró nueva reunión entre la representación de Fundovel SA y el Comité de Empresa, resultado de la cual, se levantó acta -por reproducida- en la que se dejaba constancia la propuesta de la empresa de transformar los 33 contratos de trabajo indefinidos a tiempo completo en indefinidos fijos discontinuos, comenzando desde dicha fecha de 02.03.12, el período de consultas de 15 días naturales que finalizaría el 16.03.12 al amparo del art. 41.4 T y, asimismo, se abría período de consulta de 30 días, por mor del art. 51 ET en relación con la propuesta de la empresa de extinguir 22 contratos de trabajo, finalizando el

02.04.12, quedando las partes convocadas a la siguiente reunión prevista los días 8 y 9 de marzo del año en curso. XIV .- El 05.03.12 el Presidente del Comité de Empresa dirigió a la sociedad un escrito -por reproducidoen el que interesaba le proporcionara una serie de datos relativos al despido colectivo al amparo del art. 51 ET, ofreciendo la empresa respuesta en los términos del documento fechado el 08.03.12 pero entregado al Presiente del Comité el día anterior (por reproducido).

XV .- Los días 8 y 9 de marzo previstos, volvieron a reunirse representación de los trabajadores y empresa, proponiendo la parte social que aceptarían la transformación de los contratos de trabajo indefinidos a tiempo completo en fijos discontinuos si se les ofrecía la garantía ocupacional mínima de 9 meses y se les compensara las pérdidas mediante incrementos salariales y el mantenimiento de la garantía de ocupación de 180 días al año para los empleados que ya la tenían, propuesta que no fue aceptada por la empresa pues su ofrecimiento no contemplaba ningún tipo de garantía ocupacional aceptándose garantizar para "la dotación mínima de apertura", un período de ocupación igual al de la apertura del hotel y ofreciendo la posibilidad de estudiar garantías de ocupación para los restantes empleados, siempre en función de las ocupaciones estacionales el hotel, destacando al existencia de unos excedentes estructurales de plantilla de aproximadamente 21 personas que si no pudieran resolverse con voluntarios y prejubilaciones, habría de ser despedidos.

Finalmente, los trabajadores verificaron una propuesta a la empresa que no asumió ésta por entender que la estructura mínima y rígida que se disponía era de 53 personas, una garantía de ocupación de 9 meses -prescindiendo de períodos de apertura y cierre del hotel- y un incremento salarial perpetuo de un 35%, implicando, según entendía la representación empresarial, trabajar 9 meses y cobrar un 15% más que cuando se prestaba servicios todo el año, por lo que ante la...

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