STSJ Castilla y León , 16 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Octubre 2013

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01717/2013

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 34120 44 4 2013 0000276

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001469 /2013 E.A.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000136 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de PALENCIA

Recurrente/s: INSS Y TGSS

Abogado/a: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL(PROVINCIAL) Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: Lorenzo

Abogado/a: AMAYA RODRIGUEZ SANZ

Procurador/a: LUIS ANTONIO DIEZ-ASTRAIN FOCES Graduado/a Social:

Rec. Núm.1469/2013

Ilmos. Sres.:

D. Emilio Alvarez Anllo Presidente de la Sección

D. José Manuel Riesco Iglesias

D. Rafael A. López Parada /

En Valladolid, a dieciséis de Octubre de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente, SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 1469/2013, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. DOS de PALENCIA de fecha, 6 de Junio de 2013 (Autos nº 136/2013), dictada a virtud de demanda promovida por Dª Benita contra mencionadas Entidades recurrentes; sobre INCAPACIDAD PERMANENTE.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 18 de marzo de 2013, procedente de reparto tuvo entrada en el Juzgado de lo Social nº 2 de Palencia, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que estimó referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:

PRIMERO.- La demandante, Dña. Benita, con D.N.I. nº NUM000, nació el NUM001 -1978, está afiliada en el Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM002, de profesión Dependienta.

SEGUNDO.- Se inició expediente en solicitud e incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades en fecha 30-6-2011, donde se determina el siguiente cuadro clínico residual:

Lumbociática derecha. Escoliosis dorsal derecha y lumbar izquierda. Sd. Cervical. Sd. Miofascial. Posible Sd. Piramidal derecho.

Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes:

Limitada para posturas fijas en bipedestación la mayor parte de la jornada.

Por resolución de 28-7-2011, la Entidad Gestora declaró a la actora en situación de incapacidad permanente total, con derecho a percibir pensión del 55% de la base reguladora de 947,42 euros.

TERCERO.- Iniciado expediente de revisión por la Entidad Gestora, fue emitida dictamen propuesta por el EVI el 17-1-2013.

Por resolución de 13-2-2013 se acuerda:

Declarar a Dña. Benita en situación de SIN INCAPACIDAD, toda vez que las lesiones que se han objetivado no son constitutivas de Incapacidad Permanente en ninguno de sus grados, procediéndose a dar de baja de la pensión que venía percibiendo con efectos 28.02.13, si bien recibirá en su cuenta corriente, la liquidación de 3 partes de la paga extra devengada en función de la fecha de baja, por importe de 268,41 euros.

Contra la citada resolución fue interpuesta reclamación previa el 25-2-2013, siendo desestimada por resolución de 1-3-2013.

CUARTO.- La demandante presenta el siguiente cuadro clínico residual:

- Escoliosis dorsolumbar

- Trastorno de dolor crónico compatible con Fibromialgia

- Sacroiletis grado I izquierda sin criterios de artropatía inflamatoria.

- Poliartralgias difusas

- Cambios degenerativos a nivel cervical C5-C7

- Radiculopatía derecha L4-L5 sin alteraciones estructurales

- Bocio normofuncionante

- Dupuytren en mano derecha

- Sd. Del piramidal en región glútea derecha.

Minusvalía del 36% por Escoliosis. Expte: NUM004 En RMN efectuada 2012 c. lumbar y sacroiliacas: Mínimo edema óseo a nivel anterosuperior del ala sacra izquierda sin otras imágenes de sacroileitis aguda ó crónica. Cambios degenerativos discretos a nivel osteodiscal L4-L5. Resto normal

EMEG efectuado el 13.10.2011: Compromiso radicular derecho L3-L4 de tipo crónico y grado LEVE. Analítica 11/05/2012: Parámetros dentro de la normalidad, incluidos reactantes de fase aguda. Exploración de Reumatología 28.11.12:

Locomotor: puntos gatillos 16/18. Apofisalgias difusas con arcos limitados en últimos grados. Periférico: Dolor con la movilidad activa y pasiva en los últimos grados de flexión de ambos hombros con arcos completos. Dolor a la palpación de ambas rodillas con arcos completos sin derrames ni signos inflamatorios locales. Lasegue y Bragard (+) bilateral.

En la Revisión efectuada en Marzo de 2012 por el INSS (Rev. Nº NUM003 ) estaba pendiente de consulta en la unidad del dolor y con reumatología, las posibilidades...

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