STSJ Castilla-La Mancha 143/2013, 1 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución143/2013
Fecha01 Julio 2013

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1

ALBACETE

SENTENCIA: 00143/2013

Recurso de Apelación nº 404/11

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca

SALA DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 1ª

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. José Borrego López

Magistrados:

D. Mariano Montero Martínez

D. Manuel José Domingo Zaballos

D. Lorenzo Pérez Conejo

D. Antonio Rodríguez González

S E N T E N C I A Nº 143

En Albacete, a uno de Julio de dos mil trece.

Vistos por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el recurso de apelación interpuesto por la entidad Líquidos Alimentarios de la Mancha S.L., representada por la Procuradora Dª Pilar Cuartero Rodríguez, contra la Sentencia nº 418, de fecha 19 de Octubre de 2011, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca, en el procedimiento ordinario nº 2/11, y como parte apelada la Diputación Provincial de Cuenca, representada por el Procurador

D. Francisco Ponce Riaza. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Lorenzo Pérez Conejo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Dicho Juzgado dictó Sentencia con la siguiente parte dispositiva: "Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por LIQUIDOS ALIMENTARIOS DE LA MANCHA S.L., contra la resolución del Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación de fecha 15-11-10, debo declarar y declaro ajustada a Derecho la resolución impugnada; todo ello sin costas."

Segundo

Notificada la resolución a las partes interesadas, la parte demandante interpuso recurso de apelación dentro de plazo. Admitido a trámite por el Juzgado, se dio traslado a la parte demandada para que hiciese alegaciones, trámite que cumplimentó en legal forma. Tercero.- Elevados los autos y el expediente administrativo, en unión de los escritos presentados, se formó el correspondiente rollo de apelación. No habiéndose solicitado por las partes personadas la celebración de vista, ni considerándose necesaria la misma por este Tribunal, se señaló para votación y fallo el día 27 de Junio de 2013.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Constituye el objeto del presente recurso de apelación la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Cuenca nº 418/11, de 19 de octubre de 2011, por la que se desestima la demanda formalizada por la hoy mercantil apelante en el recurso contencioso-administrativo tramitado como P. O. nº 2/11, en el que se impugna la resolución del Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca 1389/10, de 15 de noviembre de 2010, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto y se confirma la resolución 827/10 por la que se aprueba la liquidación de cuotas de IBI-Urbana por los periodos impositivos 2006-2009 por importe de

97.339,93 euros en relación con el objeto tributario Pl Polígono 19 20 de Tarancón, inmueble con referencia catastral 000100200VK92F0001QL.

Segundo

La parte apelante fundamenta su pretensión impugnatoria en esta segunda instancia, en mantener que la sentencia de instancia se basa en el informe de la Gerente Territorial del Catastro de 27 de octubre de 2010 que no goza de la presunción de certeza, no habiendo recibido notificación del acuerdo catastral de 14 de octubre de 2009 sometido a procedimiento de rectificación de errores materiales cuya primera comunicación la recibe el día...

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