STSJ Aragón 338/2013, 10 de Julio de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 338/2013 |
Fecha | 10 Julio 2013 |
T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00338/2013
T.S.J.ARAGON SALA SOCIALZARAGOZA
- CALLE COSO Nº 1
Tfno: 976208361
Fax:976208405
NIG: 50297 34 4 2013 0101993
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000264 /2013
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000009 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de HUESCA Recurrente/s: Aureliano
Abogado/a: SILVIA BALLESTIN GRACIA
Procurador/a:
Graduado/a Social:
Recurrido/s: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
Abogado/a:
Procurador/a:
Graduado/a Social:
Rollo número 264/2013
Sentencia número 338/2013
M.
MAGISTRADOS ILMOS. Sres:
D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ
D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO
D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE
En Zaragoza, a diez de julio de dos mil trece. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación núm. 264 de 2013 (Autos núm. 9/2013), interpuesto por la parte demandante D. Aureliano, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha a 12 de febrero de 2013 ; siendo demandado el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, sobre reclamación de cantidad. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.
Según consta en autos, se presentó demanda por D. Aureliano contra el Servicio Publico de Empleo Estatal, sobre reclamación de cantidad, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha a 12 de febrero de 2013, siendo el fallo del tenor literal siguiente:
"DESESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Aureliano frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, absuelvo a los demandados de todos los pedimentos contenidos en la demanda".
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal: "
El actor D. Aureliano estuvo de alta como autónomo desde el 1-9-2009 hasta el 31-3-2011. Posteriormente, fue dado de alta en el Régimen General como trabajador por cuenta de la empresa Dali Abdelouahed, desde el 1-9-2011 hasta el 30-9-2011.
En fecha 18-10-2011 la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Huesca le reconoció el derecho a percibir una prestación por desempleo, con fecha de inicio 1-10-2011.
En fecha 21-5-2012 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social Lérida levantó acta de infracción por la comisión de una infracción muy grave regulada en el art. 26 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (connivencia con el empresario para la obtención indebida de cualesquiera prestación de la Seguridad Social), proponiendo la imposición de una sanción de extinción de la prestación o subsidio por desempleo desde el 1- 10-2011 y reintegro de las cantidades, en su caso, indebidamente percibidas.
En fecha 18-6-2012, con base en dicha acta de infracción, el Servicio Público de Empleo Estatal procedió a suspender cautelarmente la prestación que venía percibiendo el actor; y mediante Resolución de 24-10-2012 la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Huesca confirmó la sanción inicialmente propuesta en el acta de infracción. Interpuesta reclamación previa, fue desestimada, quedando agotada la vía previa administrativa.
En el acta de infracción, que obra en el expediente administrativo y que se da por reproducida, se hacía referencia a unas previas actuaciones inspectoras en relación con la empresa de construcción El Nour Constructora Catalana, S.L., de la que Dali Abdelouahed era socio único y administrador único, que finalizaron con la conclusión de que no procedían las altas a la Seguridad Social formuladas por dicha empresa desde el año 2010 ya que no tenía actividad y daba de alta de forma fraudulenta a los trabajadores extranjeros, así como a las diligencias abiertas por el Cuerpo Nacional de Policía por falsedad documental y contra el derecho de los trabajadores, contra Dali Abdelouahed, administrador de El Nour Constructora Catalana, S.L., como encartado.
Tras hacer constar las gestiones realizas, se indicaba en dicha acta:
"Nos encontramos con...
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