STSJ Galicia 2815/2013, 31 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2815/2013
Fecha31 Mayo 2013

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15030 44 4 2012 0000266

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000758 /2013 MCR

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000050 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 005 de A CORUÑA

Recurrente/s: Amelia

Abogado/a: ZOLENA DEL VALLE ALVARADO ESCALONA

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: LOGESTA GESTION DE TRANSPORTE / LOGESTA NOROESTE / COMPAÑIA DE DISTRIBUCION INTEGRAL

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

ILMO. SR. D. ANTONIO GARCIA AMOR

ILMA. SRA. D. BEATRIZ RAMA INSUA

ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a treinta y uno de Mayo de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0000758 /2013, formalizado por el/la letrada D/Dª ZOLENA DEL VALLE ALVARADO ESCALONA, en nombre y representación de Amelia, contra la sentencia número 655 /12 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 5 de A CORUÑA en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000050 /2012, seguidos a instancia de Amelia frente a LGESTA GESTION DE TRANSPORTE, SA., LOGESTA NOROESTE SA Y COMPAÑÍA DE DISTRIBUICON INTEGRAL LOGISTA SAU, siendo MagistradoPonente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª RICARDO RON LATAS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Amelia presentó demanda contra LOGESTA NOROESTE SA, LOGESTA GESTION DE TRANSPORTE SA, COMPAÑIA DE DISTRIBUCION INTEGRAL LOGISTA SAU, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 655 /12, de fecha veintinueve de Octubre de dos mil doce

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. . - La demandante, doña Amelia, venía prestando servicios para "LOGESTA NOROESTE S.A." (en adelante LOGESTA N), con la categoría de " licenciada ", con una antigüedad de 24 de noviembre de 1997, y retribuciones mensuales fijas de 1.802, 56 #, incluida la prorrata de las pagas extras. ( documento nº1 del ramo de prueba de la actora)

  2. - El centro de trabajo en el que prestaba servicios la demandante está ubicado en la segunda planta del edificio sito en la Parcela C-14, de la calle Parroquia de Lubre, en el Polígono Industrial de Bergondo (A Coruña). Se trata de un espacio arrendado por DISTRIBUCIONES VAAMONDE S.L., en virtud de contrato suscrito con LOGESTA N, el 1 de enero de 2006, por el que la codemandada abona una renta mensual de 1115,20 # (documento nº 24 del ramo de prueba documental de LOGESTA N).

  3. - LOGESTA N, que comenzó sus operaciones el 07.10.2005, fue constituida por las entidades LOGESTA GESTIÓN DE TRANSPORTE, S.A. (en adelante LOGESTA G), que suscribió 4200 acciones por su valor nominal total de 420.000# (60% del capital social), y TRANSPORTES VISANTOÑA, S.A. (en adelante VISANTOÑA), que suscribió 2800 acciones por su valor nominal total de 280.000# (40% del capital social) (documento 1 del ramo de prueba de LOGESTA N).

  4. - El acuerdo para la constitución de LOGESTA N se formalizó el 12 de septiembre de 2005, bajo la denominación de "Convenio de Accionistas". El actor intervino en dicho acuerdo, como accionista que era de VISANTOÑA, empresa dedicada al transporte público de mercancías por carretera. La intención de las partes era la de establecer una colaboración empresarial, para la gestión del transporte de mercancías de largo recorrido y carga completa, mediante la constitución de una sociedad anónima, cuya actividad principal fuese la propia de un operador de transporte de mercancías. En la cláusula 11 del convenio se establecía como causa de extinción, el concurso de acreedores de cualquiera de las partes. (documento nº 5 de LOGESTA G).

  5. .- Junto con la demandante, se integraron en LOGESTA N, otros tres trabajadores procedentes de VISANTOÑA, Doña Daniela (Jefe de Sección), Doña Guadalupe (Tráfico) y D. Patricio ( Director ), que también fue despedido el 30.11.2011, por las mismas causas alegadas para justificar el cese de la acora. En la actualidad, sólo hay dos trabajadores de alta en LOGESTA N (documentos 4 y 5 del ramo de prueba de LOGESTA N y declaraciones testificales).

  6. - Como consecuencia de lo pactado en el convenio de accionistas, LOGESTA N y VISANTOÑA firmaron un contrato de "tracción de transporte de carga completa", por el que VISANTOÑA se obligaba a prestar dicho servicio, tanto en el ámbito nacional como internacional, poniendo a disposición de LOGESTA N cabezas tractoras con chófer para arrastrar los semirremolques de LOGESTA N, y la codemandada, a su vez, se obligaba a contratar en exclusiva las cabezas tractoras de VISANTOÑA para toda actividad que realizase, salvo que dicha mercantil no pudiese atender toda la demanda de LOGESTA N, en cuyo caso podría ésta subcontratar las cabezas tractoras de otras empresas de transporte. En la cláusula 20 del citado contrato se establecía como causa de resolución anticipada, la declaración de concurso de VISANTOÑA ( documento nº 15 del ramo de prueba de la parte actora).

  7. - Llegada la fecha de vencimiento del contrato, el Consejo de administración de LOGESTA N, en reunión celebrada el 13 de enero de 2010, acordó no proceder a su renovación. En esa misma reunión se decidió "disminuir la plantilla de LOGESTA N". ( documento 8 del ramo de prueba de la parte actora). 8º. - Según los Estatutos de LOGESTA N, el objeto social de la sociedad consiste en la realización de las actividades de transporte de mercancías, carga, descarga y transbordo de las mercancías transportadas y cualquier tipo de actividad comercial e industrial complementaria o integrante de la de transporte de mercancías; así como, la intermediación en la contratación del transporte de mercancías, la realización de las actividades previas de información, oferta, gestión y organización necesarias para la contratación del transporte de mercancías, y la realización de cualquier otra actividad propia de un Operador de Transporte de mercancías. Su domicilio social está en C/ Trigo 39, Polígono Industrial Polvoranca, Leganés-28, Madrid (documento 1 del ramo de prueba de LOGESTA N).

  8. - En la realidad, LOGESTA N ha centrado su actividad en la intermediación en la contratación del transporte de mercancías, sobre todo tabaco, aunque tiene también otras empresas clientes, siendo las tres principales, HENKEL, INGAPAN y FINSA (documentos 7, 8, 9 y 38 del ramo de prueba de LOGESTA N).

  9. .- El consejo de administración de LOGESTA N estaba formado inicialmente por Don Jesus Miguel

    , Don Alfonso y Don Bernardo, que constaban también como apoderados. En reunión del consejo de administración celebrada el 21 de noviembre de 2011, el Sr. Bernardo presentó su renuncia al cargo, y se le revocaron los poderes concedidos por la sociedad. Finalmente, en Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la sociedad, celebrada el 12 de diciembre de 2011, se acordó el cese del Sr. Bernardo como consejero y se nombró para ocupar el cargo a Doña Cristina . Dicha Junta tuvo lugar con la asistencia del único accionista de LOGESTA N, que era entonces la codemandada, LOGESTA G, al haber adquirido las 2.800 acciones de las que era titular TRANSPORTES VISANTOÑA, por un valor de 194.800#. Por tanto, LOGESTA G es hoy titular de las 7000 acciones que componen el capital social de LOGESTA N, inscribiendo su condición de unipersonalidad en el Registro Mercantil de Madrid (documento 1 del ramo de prueba de LOGESTA N y documento 5 y 6 del ramo de prueba de LOGESTA G).

  10. .- En fecha 12 de septiembre de 2010, LOGESTA N y VISANTOÑA suscribieron un contrato de "transporte por carretera de largo recorrido", con una duración de tres años, prorrogable, cuya copia se incorpora como documento 22 al ramo de prueba de LOGESTA N y se tiene aquí por reproducido.

  11. .- LOGESTA G fue constituida en mayo de 2002, por "COMPAÑÍA DE DISTRIBUCIÓN INTEGRAL LOGISTA, S.A y "CORPORACIÓN GESTAMP, S.L.",; si bien en diciembre de 2009, COMPAÑÍA DE DISTRIBUCIÓN devino única accionista, tras haber adquirido por compra las acciones de GESTAMP. A partir de marzo de 2010, se modificaron los estatutos de la sociedad para que los ejercicios económicos finalizasen el 30 de septiembre, aprobándose también la inclusión de la entidad en el Grupo Fiscal de ALTADIS, SAU. La sociedad tiene centros de trabajo abiertos e Valencia, Guipúzcoa y Tarragona (documentos 1 a 21 del ramo de prueba de LOGESTA G, documentos 1 a 7 de LOGISTA y declaración testifical de Doña Reyes ).

  12. - Su objeto social consiste en la realización de las actividades de transporte de mercancías, carga, descarga y transbordo de las mercancías transportadas y cualquier tipo de actividad comercial e industrial complementaria o integrante de la de transporte de mercancías; así como, la intermediación en la contratación del transporte de mercancías, la realización de las actividades previas de información, oferta, gestión y organización necesarias para la contratación del transporte de mercancías, y la realización de cualquier otra actividad propia de una Agencia de Transporte de mercancías. Su domicilio social está en C/ Trigo 39, Polígono Industrial Polvoranca, Leganés-28, Madrid (documentos 1 a 21 del ramo de prueba de LOGESTA G ).

  13. - LOGESTA N forma parte del Grupo Logesta Gestión de Transporte, S.A. (Sociedad Unipersonal), que a su vez pertenece al GRUPO LOGISTA, cuya sociedad dominante es COMPAÑÍA DE DISTRIBUCIÓN INTEGRAL LOGISTA, S.A., presentando ésta última cuantas anuales consolidadas en las cuales se...

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