STSJ Comunidad de Madrid 169/2013, 26 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución169/2013
Fecha26 Febrero 2013

RSU 0004032/2012

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00169/2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003

C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27

N.I.G: 28079 34 4 2012 0055451, MODELO: 40225

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004032 /2012

Materia: MATERIAS DE SEGURIDAD SOCIAL

Recurrente/s: SERVICIO MADRILEÑO DE LA SALUD SERMAS

Recurrido/s: Lorena, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 25 de MADRID de DEMANDA 0001233 /2010 DEMANDA 0001233 /2010

Sentencia número: 169/13-FG

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO

PRESIDENTE

JOSEFINA TRIGUERO AGUDO

EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA

En MADRID, a veintiséis de febrero de dos mil trece, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 003 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A en el RECURSO SUPLICACION 4032/2012, formalizado por la Letrada de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación del SERVICIO MADRILEÑO DE LA SALUD (SERMAS), contra la sentencia de fecha 16-02-2012, dictada por JDO. DE LO SOCIAL nº 25 de MADRID en sus autos número DEMANDA 1233/2010, seguidos a instancia de Lorena frente al SERVICIO MADRILEÑO DE LA SALUD, en reclamación sobre reintegro de gastos de asistencia sanitaria, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª. EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

La actora Dña Lorena nació el día NUM000 /1960 y figura afiliada a la Seguridad Social, con el núm. NUM001 e incluida en el Régimen General, teniendo cubierto el Periodo de carencia para la prestación de que se trata.

SEGUNDO

La demandante solicitó en fecha 3.12.2009 reintegro de gastos médicos, el SERMAS dicto resolución en fecha 5.05.2010 donde se me deniega la Solicitud PRESENTADA, reclamando se me abone la cantidad de 16.606,63 #, por el tratamiento de radioterapia y extirpación de tumor realizado por la Clínica Universitaria de Navarra.

TERCERO

El diagnostico de la dolencia que se dio a la actora en el Hospital Ramón y Cajal de Madrid fue, la arteriografía cerebral de forma yugular derecho precisaba una intervención quirúrgica, con todos los agravantes que dicha intervención conlleva, por lo que se vio obligada a buscar otra alternativa para no tener que sufrir otra intervención ya que lo más importante era que no tenia Metástasis, aunque dicha intervención conllevaba peligro severo sin que se le diera otra posibilidad cuando si existía .

CUARTO

La Clínica Universitaria de Navarra emitió Informe Médico en fecha que señala:

ANAMNESIS Paciente de 42 años.

Antecedentes personales

No alergias medicamentosas conocidas.

Ex fumadora.

Enfermedad de Von Willebrand.

Trombosis venosa profunda de extremidad superior izquierda

HISTORIA DE ENFERMEDAD ACTUAL

Diagnosticada en mayo de 2002 de un carcinoma ductal infiltrante de mama derecha, grado 2, estadio T2 NO MO, tratada con quimioterapia neoadyuvante según esquema con Adriamicina por 4 ciclos y Arimidex que finalizó en noviembre de 2003 con buena respuesta.

El 15 de diciembre de 2003 se practicó una mastectomía con vaciamiento axilar detectándose un total de 31 ganglios linfáticos con metástasis en 7 de ellos con afectación extracapsular. Receptores de estrógenos 50%, receptores de progesterona 50% y HER-2 negativa. Tratándose de un carcinoma ductal infiltrante de mama localmente avanzado, pT3 pNO MO, se procedió a tratamiento de radioterapia postoperatoria, administrándose mediante cobaltoterapia un total de 50 Gy a un fraccionamiento convencional sobre pared torácica y simultáneamente se irradió región axilosupraclavicular derecha, administrándose un total de 50 Gy. La paciente requirió sucesivos ingresos por celulitis por los que ha requerido tratamiento antibiótico. Asimismo ha sido sometida a reconstrucción autóloga tipo TRAM y colocación de expansor. Asimismo se realizó una mamoplastia reductora contralateral.

En octubre de 2006 se procedió a una extirpación de expansor con limpieza capsular.

La paciente acude a nuestro Centro para segunda opinión procedente del Hospital Ramón y Cajal. Refiere que desde el mes de febrero de 2009 presentaba mareos. En abril de 2009 acudió al Departamento de Urgencias para ser valorada por el Departamento de Otorrinolaringología. A la exploración no destacaban hallazgos de interés. Se completó con una RM y TAC cerebral en julio de 2009 en los que la paciente verbalmente nos informa que notificaban la presencia de una tumoración de 2,5 cm de diámetro, extracraneal en la proximidad de la base del cráneo de localización derecha. La paciente prosigue con mareos. Continúa en revisiones de su antecedente de carcinoma de mama, la última en junio de 2009. Se realizó una radiografía de tórax, una citología ginecológica, una mamografía así como una analítica con marcadores tumorales dentro de la normalidad. Completó el tratamiento hormonal con Tamoxifeno por 5 años, finalizándolo en junio de 2009 y actualmente se encuentra en tratamiento con inbibidor de la Aromatasa (Ferrara). Amenorreica.

EXPLORACIONES COMPLEMENTARIAS Radiología

RM Cerebral (24/09/09)

Indicación o Sospecha clínica

Antecedentes de carcinoma de mama. Formación en base del cráneo. Valoración.

Exploración realizada

RM cerebral realizada con protocolo habitual.

Juicio diagnóstico

Masa a nivel del agujero rasgado posterior del lado derecho, que invade caja timpánica y progresa caudalmente hasta la base del cráneo.

En sus mayores diámetros mide 1,94 x 1,65 cm.

La primera posibilidad diagnóstica es la de un glomus yúgulo-timpánico

Comentario

El estudio encefálico es normal y no hay evidencia de enfermedad secundaria.

Además de la posibilidad del la glomus, el diagnóstico diferencial de la lesión incluye una formación dependiente de pares craneales bajos (neurinoma), menos probable un una tumoración de origen meníngeo (a tenor de su comportamiento en las diferentes secuencias) y, por los antecedentes clínicos, una lesión secundaria.

Debe plantearse el realizar una angiografía carotídea selectiva para valorar la vascularización de la lesión así como consulta a ORL.

Hallazgos

En el estudio realizado con 11C-Metionina se observa un depósito bien delimitado de muy elevada intensidad de captación localizado por detrás de conducto auditivo coincidiendo con la lesión conocida en dicho paciente. Sin embargo, dicho depósito no se aprecia en el estudio realizado con 18FDG. El estudio cuantitativo muestra un índice SUVmax de la lesión de 4,2 con 11C- Metionina y 0,7 con 18 FDG.

En el resto del estudio no se observan otros depósitos con carácter patológico. El metabolismo glicolítico de las diferentes estructuras corticales tanto de asociación como primarias así como en los ganglios de la base, regiones talámicas, troncoencéfalo y hemisferios cerebelosos es de características normales.

En resumen: Se descarta que la lesión descrita corresponda a un origen metastásico en relación con su proceso de fondo. El comportamiento metabólico es compatible con una tumoración de bajo grado de malignidad, que plantea el diagnóstico diferencial con un meningioma dado su elevada intensidad de captación, siendo menos probable otras entidades tumorales.

EVOLUCIÓN

El día 19 de noviembre de 2009 previa fusión de imágenes de Resonancia magnética cerebral, PET cerebral FDG-Metionina y TAC de planificación en condiciones de inmovilización con una guía estereotactica BRW, se ha empleado un sistema de planificación Brainlab. Se ha utilizado un acelerador lineal ONCOR equipado con un colimador micromultilaminas de 2,5 mm, y fotones de una energía de 6MV se ha administrado una dosis única de 14,76 Gy en el 95% del volumen correspondiente a la lesión conocida ubicada a nivel del agujero rasgado posterior del lado derecho, a través de 11 campos estaticos microconformados. El punto máximo alcanzado ha sido 18.32 Gy

El procedimiento transcurrió sin incidencias.

QUINTO

El procedimiento medico para la exeresis de un quemodectoma yugular viene descrito del siguiente modo, en la literatura medica

El quemodectoma yugular es una tumoración benigna que tiene su origen en una serie de formaciones neurovasculares de la pared de la vena yugular, que es una de las grandes venas que drena la sangre, de la cavidad craneal, hacia el cuello.

La aparición de esta tumoración, que puede tener un volumen muy variable, puede afectar a diversas estructuras que se encuentran en las proximidades de esta zona y, como consecuencia, justificar síntomas muy diversos.

La intervención es llevada a cabo bajo anestesia general.

Aunque existen diferentes tipos de abordajes quirúrgicos, el más común utiliza una incisión que se inicia detrás del oído y llega hasta la porción media del cuello. Tras esta incisión se suele hacer necesario extirpar una porción, más o menos importante, del hueso llamado mastoides, que está...

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