STSJ Murcia 147/2013, 4 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución147/2013
Fecha04 Marzo 2013

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00147/2013

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

PASEO GARAY, 7. PLANTA 2

Tfno: 968229215-18

Fax:968229213

NIG: 30030 44 4 2010 0003545

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000659 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000490 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 005 de MURCIA

Recurrente/s: Verónica

Abogado/a: VICTOR MATEO BELTRI

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: INSS, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL

Procurador/a:

Graduado/a Social:

En MURCIA, a cuatro de Marzo de 2013

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Verónica, contra la sentencia número 0435/2011 del Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, de fecha 4 de Octubre, dictada en proceso número 0490/2010, sobre INCAPACIDAD, y entablado por Verónica frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La parte actora Dª. Verónica, con D.N.I NUM000, nacida el NUM001 /971, se encuentra afiliada en el Régimen General de la Seguridad Social, por consecuencia de servicios prestados como oficial de peluquería. SEGUNDO.- Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSS, la que en Resolución declaró que el solicitante no se encontraba afecto de invalidez permanente en ningún grado de incapacidad y se agotó la vía administrativa con la formulación de Reclamación Previa que por Resolución de 19/02/2010 le fue desestimada. TERCERO.- La Base reguladora asciende a 711,03 Euros. CUARTO.- Padece la parte actora:"Síndrome miofascial; lumbalgia crónica; discopatía L1-L2 con hernia discal posteriomedial; y síndrome subacromial en hombro derecho"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Verónica debo absolver y absuelvo de la misma al demandado Instituto Nacional de la Seguridad Social".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Victor Mateo Beltri, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- La sentencia de fecha 4 de octubre del 2011, dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Murcia en el proceso 490/2010, desestimó la demanda deducida por Dña Verónica, nacida el NUM001 /1971, contra el INSS y la TGSS, en virtud de la cual reclamaba prestaciones por incapacidad permanente total para la profesión habitual de oficial de peluquería.

Disconforme con la sentencia, la actora interpone recurso de suplicación, solicitando, tanto la revisión de los hechos declarados probados, como la...

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