STSJ Castilla y León , 9 de Enero de 2013
Jurisdicción | España |
Fecha | 09 Enero 2013 |
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL
VALLADOLID
SENTENCIA: 00020/2013
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID
C/ANGUSTIAS S/N
Tfno: 983413204-208
Fax:983.25.42.04
NIG: 47186 44 4 2012 0001831
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001947 /2012 E.A.
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000411 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de VALLADOLID
Recurrente/s: HISPANICA DE LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO S.L.
Abogado/a: JULIO BLAZQUEZ MANZANO
Procurador/a:
Graduado/a Social:
Recurrido/s: SIDECU S.L., Carina
Abogado/a: FEDERICO SANCHEZ RAYMUNDO, JOSE Mª BLANCO MARTIN
Procurador/a:,
Graduado/a Social:,
Rec. Núm.1947/2012
Ilmos. Sres.:
D. Emilio Alvarez Anllo
Presidente de la Sección
D. José Manuel Riesco Iglesias
D. Rafael A. López Parada /
En Valladolid, a nueve de Enero de dos mil trece.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente, SENTENCIA
En el Recurso de Suplicación núm. 1947/2012, interpuesto por HISPANICA DE LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO, S.L., contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. CUATRO de VALLADOLID de fecha, 12 de Junio de 2.012 (Autos nº 411/2012), dictada a virtud de demanda promovida por Dª Carina contra HISPANICA DE LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO, S.L. y SIDECU, S.L.; sobre DESPIDO.
Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo .
Con fecha 26 de abril de 2.012, procedente de reparto tuvo entrada en el Juzgado de lo Social nº 4 de Valladolid, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que desestimó referida demanda.
En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:
"PRIMERO.- La actora, Dña. Carina, mayor de edad, con D.N.I. número NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la empresa HISPÁNICA DE LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTOS, S.L. -HLM- (C.I.F. B47494356), desde el 01.09.2006, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado (con n° registro NUM001 ), con jornada de 14,75 horas semanales desde el
01.02.2011, hasta entonces y desde el 01.09.2010 de 13,5 horas), con la categoría profesional de limpiadora, adscrita al Centro de Deporte y Ocio "El Palero" (con piscina), Valladolid, percibiendo una retribución salarial mensual, incluida la parte proporcional de pagas extras, de 484,33 #, con sujeción al Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de Valladolid.
El 29.02.2012 HLM le entregó escritos, fechados del mismo dia, por los que le comunicaba que "Por deseo de la empresa SIDECU, concesionaria de las instalaciones del Centro Deporte y Ocio 'El Palero', nos comunica, su deseo de rescindir el contrato de limpieza del citado centro de trabajo Por tanto le comunico en la presente, que el próximo 17 de marzo de 2012, concluirá el servicio de limpieza de dicho centro de trabajo que Ud. viene realizando para esta empresa, Analizando por tanto su contrato con n° de registro NUM001 . / Asimisino le recuerdo su derecho a subrogación contemplado en Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de Valladolid; a este respecto procederemos a enviar su documentación a SIDECU, ya que según nos ha comunicado es la que va a realizar los servicios de limpieza a partir de la citada fecha".
SIDECU, S.L. -SIDECU- (C.I.F. B15435092), dedicada a las actividades deportivas, recreativas y de ocio (de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la actividad de "Escuelas y serv. perfecc. del deporte"), tiene concertado con el Ayuntamiento de Valladolid "contrato de concesión administrativa de la explotación de un centro deportivo y de ocio en la zona deportiva del Plan Parcial 'El Palero'", cuyo objeto es la explotación de un Centro de Deporte y Ocio, así como la elaboración del Proyecto de construcción de las correspondientes instalaciones de las características explicitadas en el Pliego de Condiciones Técnicas en la finca "El Palero". En el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se incluyen, entre las obligaciones del concesionario, mantener en perfecto estado de conservación, higiene y limpieza todo el material, servicios e instalaciones, así como la asunción de los gastos necesarios para el funcionamiento del servicio, incluidos los de limpieza, recogida de basuras, vigilancia y seguridad y en el recinto.
EL 18.03.2004 SIDECU, S.L. y HLM suscribieron Contrato de Limpieza del Centro de Deporte y Ocio 'El Palero' Valladolid", cuyo objeto es el arrendamiento de los servicios le limpieza que debe prestar HLM en las instalaciones gestionadas por SIDECU, S.L., contemplando un precio o canon por cada hora de trabajo realizada, revisable automáticamente en enero de cada año mediante la aplicación del IPC y la tabla salarial del Convenio de Limpieza aplicable.
Por escrito fechado el 01.03.2012, enviado y recibido el 28 de febrero anterior, SIDECU comunicó a HLM la 10 renovación del Contrato de Limpieza del Centro de Deporte y ocio 'El Palero', suscrito entre ambas empresas el 18.03.2004, por lo que el contrato quedará extinguido con fecha de efectos
17.03.2012, último día de vigor del mismo. El 13.03.12 SIDECU devolvió a HLM (recibida el 14 siguiente) la documentación que esta le había remitido el día anterior referente a la documentación de los trabajadores que formaban parte de la plantilla de HLM.
La actora acudió al centro de trabajo el 1.03.2012, no permitiéndole SIDECU el acceso a la instalación, haciéndole constar por escrito que el dia 17 anterior se rescindió el contrato de limpieza con la empresa para la que trabajaba.
HLM tenía en el centro de trabajo del Centro Deportivo y Ocio "El Palero" a un total de 14 trabajadores, contratados con un total de 202,25 horas semanales.
SIDECU ha contratado el 18.03.2012 para la realización del servicio de limpieza en las mismas instalaciones a 6 trabajadores, como...
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