STSJ Asturias 2714/2012, 26 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2714/2012
Fecha26 Octubre 2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02714/2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2012 0102031

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001949 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000202/2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de AVILES Recurrente/s: Adelaida

Abogado/a: JORGE ALVAREZ DE LINERA PRADO

Recurrido/s: Andrea

Abogado/a: PEDRO MENENDEZ PRIETO

SENTENCIA Nº 2714/12

En OVIEDO, a veintiséis de Octubre de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ y D. LUIS CAYETA NO FERNANDEZ ARDAVIN, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001949/2012, formalizado por el Letrado D. JORGE ALVAREZ DE LINERA PRADO, en nombre y representación de Adelaida, contra la sentencia número 176/2012 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de AVILES en el procedimiento DEMANDA 0000202/2012, seguidos a instancia de Andrea frente a la empresa SARITA BLANCO MARTINEZ, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sra Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ . De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª. Andrea presentó demanda contra la empresa SARITA BLANCO MARTINEZ, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 176/2012, de fecha veintitrés de Mayo de dos mil doce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) La demandante Dña. Andrea, con DNI número NUM000, ha venido prestando sus servicios por cuenta y orden de la demandada Doña Adelaida, siendo el centro de trabajo el local de hostelería "Fergons", en virtud de contrato indefinido a tiempo completo bonificado (Ley 1282001, de 9 de julio), celebrado en fecha 31-10-2005, con la categoría profesional de ayudante de camarera.

    La antigüedad de la actora es de 31-10-2005 y el salario diario de 35,20 #, siendo de aplicación el Convenio Colectivo de la Hostelería del Principado de Asturias.

    La demandante no ha ostentado en la empresa durante el último año la cualidad o condición de representante legal de los trabajadores.

  2. ) Mediante carta de 13-02-2012 (folios 34 y siguientes), la empresa comunicó a la demandante la terminación del contrato de trabajo con la misma fecha, alegándose despido disciplinario por incumplimiento grave y culpable de la relación contractual de trabajo, la transgresión de la buena fe contractual así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo. Los hechos que se imputan a la demandante y que la empresa considera fundamentadotes del despido son los siguientes:

    Se ha podido constatar, no solamente una disminución de la recaudación de la empresa -que no se justifica con una menor afluencia de clientes, o un menor consumo- sino que, se ha tenido conocimiento fehaciente de que de forma intencionada, viene usted sustrayendo dinero de la caja, para lo cual deja de registrar parte de las ventas, apropiándose del saldo excedente de caja, por valor medio de 25 o 30 euros diarios llegando incluso, en ocasiones, a sustraer directamente el pago de consumiciones. Concretamente durante el mesa de agosto y gracias a las cámaras de seguridad que se encuentran instaladas en el local, podemos detallarle los días y horas en los que han producido tales hechos:

    7 de agosto de 2011

    - 09.44 cobra y no tica dos medias cervezas

    - 09.53 cobra y no tica un café

    - 12.02 cobra y no tica un café

    - 12.18 cobra y no tica un vino cosechero

    - 13.11 cobra y no tica una cerveza

    - 15.29 cobra y no tica un vino y un cosechero

    - 16.35 cobra y no tica un café

    8 de agosto de 2011

    - 08.48 cobra y no tica un café mediano

    - 09.24 cobra y no tica un café

    - 09.49 cobra y no tica un pincho

    - 10.12 cobra y no tica un café, una cerveza y dos pinchos

    - 10.58 cobra y no tica dos cafés y un zumo

    - 10.59 cobra y no tica un café, un refresco y un pincho

    - 11.00 cobra y no tica un café

    - 11.03 cobra y no tica un café

    - 11.14 cobra y no tica un vino cosechero y un agua mineral - 11.22 cobra y no tica una bolsa de papatas

    - 11.39 cobra y no tica un café

    - 11.49 cobra y no tica un café

    - 12.32 cobra y no tica un refresco

    - 12.39 cobra y no tica un café

    - 13.13 cobra y no tica un vino

    11 de agosto de 2011

    - 17.52 cobra y no tica un mosto y un refresco

    - 18.05 cobra y no tica una media cerveza y un corto de cerveza - 18.55 cobra y no tica un café con hielo

    - 19.04 cobra y no tica un café, una cerveza y dos pinchos

    - 19.25 cobra y no tica una cerveza

    - 20.06 cobra y no tica un vino

    - 20.35 cobra y no tica un vino

    - 20.50 cobra y no tica una cerveza

    - 20.51 cobra y no tica una ración de aceitunas

    - 22.03 cobra y no tica una cerveza

    12 de agosto de 2011

    - 17.55 cobra y no tica un pincho

    - 17.56 cobra y no tica dos vinos

    - 17.59 cobra y no tica un café

    - 18.06 cobra y no tica un café y un vino

    - 19.55 cobra y no tica dos cervezas y un refresco

    - 22.11 cobra y no tica un café

    - 22.17 cobra y no tica una cerveza

    - 22.31 cobra y no tica tres refrescos

    - 22.44 cobra y no tica dos cafés con hielo

    13 de agosto de 2011

    - 21.15 cobra y no tica un café, una cerveza y un vino

    - 21.59 cobra y no tica una cerveza

    - 22.03 cobra y no tica una cerveza

    14 de agosto de 2011

    - 18.57 cobra y no tica un refresco

    - 19.20 cobra y no tica dos cafés

    - 19.25 cobra y no tica un café

    - 19.38 cobra y no tica un vino

    - 20.01 cobra y no tica dos cervezas

    - 21.06 cobra y no tica dos vinos

    - 21.55 cobra y no tica una cerveza 16 de agosto de 2011

    - 18.18 cobra y no tica dos cafés (mete el dinero en bote de propinas)

    - 18.27 cobra y no tica un café con hielo

    - 19.05 cobra y no tica cuatro cafés (mete el dinero en bote de propinas) - 19.38 cobra y no tica un vino

    - 20.01 cobra y no tica una cerveza

    18 de agosto de 2011

    - 10.03 cobra y no tica tres cafés

    - 10.04 cobra y no tica un café

    - 10.21 se lleva dinero al almacén (donde guardas sus pertenencias)

    - 10.50 cobra y no tica un café

    - 11.12 cobra y no tica un vino

    - 12.24 cobra y no tica dos cafés

    - 12.32 cobra y no tica dos vinos

    - 12.52 cobra y no tica un vino

    - 13.19 cobra y no tica una cerveza

    - 16.17 cobra y no tica un agua mineral

    - 16.20 cobra y no tica un café

    22 de agosto de 2011

    - 10.59 cobra y no tica un café

    - 11.03 cobra y no tica un café

    - 11.13 cobra y no tica un café

    - 11.15 cobra y no tica un café (mete el dinero en el bote de propinas)

    - 11.23 cobra y no tica un café y un pincho

    - 11.46 cobra y no tica una cerveza

    - 12.01 cobra y no tica un café

    - 12.07 cobra y no tica un café

    - 12.11 cobra y no tica un café

    - 13.05 cobra y no tica una cerveza

    - 13.17 cobra y no tica un vino

    - 13.31 cobra y no tica un vino

    - 13.34 cobra y no tica una cerveza

    23 de agosto de 2011

    - 08.53 cobra y no tica tres cafés

    - 09.42 cobra y no tica dos vinos y un pincho

    - 10.25 cobra y no tica un café

    - 10.37 cobra y no tica un café

    - 11.55 cobra y no tica un vino

    - 12.03 cobra y no tica dos pinchos - 12.18 cobra y no tica un refresco

    - 12.54 cobra y no tica un vino

    - 13.07 cobra y no tica dos cafés y un mosto

    - 13.22 cobra y no tica dos cafés

    - 13.54 cobra y no tica dos refrescos y dos pinchos

    - 15.30 cobra y no tica un café

    Por idénticos medios, se ha tenido conocimiento fehaciente de que usted consume bebidas alcohólicas en su jornada laboral, no abonando además el importe de las mismas. Igual que en el anterior caso, durante el mes de agosto, y gracias a las cámaras de seguridad que se encuentran instaladas en el local, podemos detallarle los días y horas en los que se han producido tales hechos:

    7 de agosto de 2011

    - 15.35 se bebe una cerveza

    8 de agosto de 2011

    - 13.15 se bebe una cerveza

    14 de agosto de 2011

    - 21.43 se bebe una cerveza

    16 de agosto de 2011

    - 19.09 se bebe una cerveza

    - 22.42 se bebe una cerveza

    - 23.59 se bebe una cerveza

    22 de agosto de 2011

    - 16.14 se bebe una cerveza

    26 de agosto de 2011

    - 18.29 se bebe una cerveza

    - 21.53 se bebe una cerveza

    Por todo ello, y al amparo del artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, Ley 8/1980 de 10 de marzo, se le notifica el presente despido por escrito, mediante carta, no pudiendo dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 64.1.6 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y al artículo 10.3.3 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, por no tener representación sindical. Pese a que usted conoce sobradamente estos hechos, y no puede causarle indefensión su mera enumeración, pues es evidente que eran práctica habitual en usted este tipo de actos ilícitos e ilegítimos, y pese a que los conoce sobradamente, pues no solamente son los mismos sobre los que versó el Juicio de Despido nº 795/11, del que conoció el Juzgado de lo Social nº 1 de Avilés, asunto que se tramitó por demanda suya, sino que en las Diligencias Previas anteriormente citadas, consta toda la documentación y vídeos, ponemos a su disposición las grabaciones que ponen de manifiesto todo los hechos relatados en esta carta, así como copia de los tiques de la registradora, cuya combinación con los vídeos acreditan los hechos por los que se procede a su despido. No obstante, dado que para visionar las grabaciones se precisa el acceso al servidor de la empresa de seguridad, mediante clave personalizada, por motivos de seguridad, no le podemos facilitar dichas claves, sin perjuicio de que a su petición, se le exhibirían las imágenes que usted desee ver. A tal efecto, puede acudir a esta empresa, acompañada de su letrado. Unicamente le solicitamos que nos indique la fecha y hora en que pretende venir, y...

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