STSJ Comunidad de Madrid 769/2012, 21 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución769/2012
Fecha21 Septiembre 2012

RSU 0006527/2011

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00769/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 6527/11

Sentencia número: 769/12

K.

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. JAVIER PARIS MARÍN

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

En la Villa de Madrid, a VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 6527/11, formalizado por el Sr/a. Letrado/a D. Fernando Vizcaíno de Sas, en nombre y representación de Dª. Montserrat contra la sentencia de fecha 24 de junio de 2011, dictada por el Juzgado de lo Social número 7 de MADRID, en sus autos número 322/09, seguidos a instancia de recurrente frente a Federación Española de Baloncesto y Ministerio Fiscal, en reclamación de movilidad geográfica y funcional, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

Que Dña. Montserrat trabaja para la

Federación Española de Baloncesto con antigüedad de

26-04-2004, categoría de Secretario General y salario

anual prorrateado de 50.752'83 euros.

SEGUNDO

Que en 26-04-2004 ambas partes suscribieron un contrato de Prestación de Servicios Profesionales, con duración por 3 años, como asesor jurídico adjunto la Secretaria General, folios 60 a 65.

TERCERO

Que en 18-01-2005 se firmo un adeudum a dicho

contrato, en virtud del cual se contestaba a la autora como alto directivo para ejercer las funciones de Secretaria General de la Federación, quedando en suspenso el anterior contrato, folios 66 a 68.

CUARTO

En ese nuevo día se firmó entre las mismas partes contrato laboral de carácter Especial de Alta Dirección, con funciones de Secretaria. General y con carácter indefinido, folios 69 a 79.

QUINTO

Por Sentencia firme del T.S.J. de Madrid de 27-12-2005 se ha reconocido que la relación laboral existente entre el Secretario General y la Federación Española de Baloncesto es de carácter laboral ordinario o común, folios 80 a 89.

SEXTO

Que en el año 2007 a actora quedo embarazada y

estuvo de baja por I.T., lactancia y maternidad hasta el

12-12-2007, folios 95 y 96.

Desde el 28-09-2007 las funciones de la actora fueron asumidas oficialmente por ID. Luis Angel (Director Ejecutivo)

SEPTIMO

Del 19-01-2009 al 08-06-2009 la actora ha estado de baja por I,T. enfermedad común, sentirse nervioso/ansioso, folios 98 a 108.

La demandante en octubre de 2008 quedó nuevamente embarazada, folios 109 a 112 y 336 a 350.

OCTAVO

Según los Estatutos de la Federación Española de Baloncesto, folios 113 a 142, las funciones del Secretario General son los incluidos en el Art. 40 que dice así:

El Secretario General, nombrado por el Presidente de la Federación, es el federado y asesor de la FEB teniendo a su cargo la organización administrativa de la misma.

Le corresponden las funciones que le encomiende el

Presidente, las que se est4blezcan en el articulado del

Reglamento General y de Competencias de la FEB y, en todo

caso, las siguientes:

  1. Levantar acta de las sesiones de la Asamblea General de su Comisión Delegada de la Comisión Ejecutiva y de cuantos otros órganos colegiados de gobierno y representación y de gestión puedan crearse en la Federación, actuando como Secretario de los mismos con voz pero sin voto.

  2. Expedir las certificaciones oportunas de los actos y acuerdos adoptados por dichos órganos.

  3. Velar por el cumplimiento de los acuerdos citados en el punto anterior.

  4. Llevar los Libros de Registro y los archivos de la Federación.

  5. Resolver y despachar los asuntos generales de la Federación.

  6. Prestar el asesoramiento oportuno al Presidente los casos en que fuera requerido para ello.

  7. Ejercer la jefatura del personal de la Federación. h) Resolver los litigios que se susciten entre

    Federaciones de ámbito autonómico integradas en la FEB, con motivo de la suscripción y expedición de licenciase

  8. Elaborar el anteproyecto del Reglamento General y de Competiciones.

    Folio 128.

NOVENO

En 09-01-2009 se remitió a la demandante carta, folios 147, que es del tenor literal siguiente:

Estimada Montserrat :

En el ejercicio de mis funciones como Presidente de esta Federación le comunicó el cese, con efectos desde el da de hoy, en el cargo directivo de Secretaria General de esta entidad que Vd. ostenta.

A partir de su cese en su cargo directivo en la echa antes indicada continuara formando de la plantilla la1oral de esta entidad con la categoría de licenciada en derecho en la que se le respetaran la antigüedad y retribuciones economicas que Vd. percibia en su cargo directivo de Secretaria General, asi como cualquier otro derechc que como trabajadora le correspondes

Sus nuevas funciones y responsabilidades se desarrollarán sobre los asuntos irídicos de la Federación y, a tidtulo meramente enunciativo, se encuentran las de aboracián de informes legales y de interpretación de la normativa aplicable a la Federación, secretaría y coordinació de los Comités de Competición y Apelación, .separación die la documentación necesaria de Asambleas y Comisines telegadas para el buen desarrollo de las mismas, conrol de asistencia y vacaciones del personal, apoyo en la realización de los contratos de la actividad federativa, coordinación legal de dopaje y elaboración de documentación administrativa y legal de la Fundación Socio Cultural del Baloncesto.

También le comunico que quedan expresamente revocados todos los poderes que la Federación Española de Ba1oncsto y la Fundación Socio-Cultural del Baloncesto han otorgado.

Le solicito firme el duplicado de esta carta a los solos efectos de acreditar la tipificación de su contenido. Sin otro particular, atentamente".

DECIMO

Se dan por reproducidos los correos electrónicos y buró faxes e informes que aparecen en los folios 64 a 253 y 460 a 466.

En 30-09-2009 se ha solicitado a la demandante que realice un informe jurídico, folio 233. 241 bis.

La actora pese a no estar de acuerdo con las sucesivas tareas asignadas en 0l-l0-2009, ha contestado afirmativamente, folios 246.

UNDECIMO

Que en la tramitación de las 1icencias federativas se ha cometido errores por parte de las personas encargadas de tramitarlo, bajo la supervisión de la actora, la cual ha puesto en conocimiento de la Federación lo sucedido, folios 364 a 414 y testificales.

DUODECIMO

Después de las elecciones celebradas e la Federación Española de Baloncesto se ha procedido. La reestructuración del equipo directivo, folios 418 a 434 y testificales.

DECIMO

TERCERO.- Que la actora mantuvo una reunión en el actual Secretario General y el Director Económico de la Federación a mediados de enero del presente año, sin que llegasen a un acuerdo par diferencias económicas, interrogatorio y testificales.

DECIMO

CUARTO.- En 02-03-2009 la actora remitió a la Federación la comunicación que aparecen en el folio 44 de la actuaciones y que dice así:

"Apreciado Teodosio : Acuso recibo de tu escrito de fecha 25 de febrero en el que amablemente me convoca a la reunión del Patronal de la Fundación Socio-Cultural del Baloncesto que tendrá lugar el próximo jueves 05 de marzo la Avda. de Burgos SA, IP planta, así como la solicitud de determinada documentación relacionada dicha Fundación.

Como bien conoces, esa encuentro de baja desde el pasado mes de enero, situación que me impide desarrollar cualquier tipo de trabajo. El hecho de realizar actividades de índole podría acarrearme problemas con una posible Inspección de trabajo a con la Seguridad Social.

Asimismo, y dadas las circunstancias en las que me encuentro, me gustaría comprendieras la perturbación que tanto esta comunicación, como la remitida por D. Fermín el pasado 30 de enero me ocasionan, por lo que te agradecería respetarais mi periodo de baja y cesarais en el envío de este tipo de comunicaciones.

Tan pronto el facultativo considere que estoy recuperada y en disposición de incorporarme al trabajo, te faci1iaré cuanta documentación solicitada obre en mi poder.

Reciba un afectuoso saludo."

DECIMO

QUINTO. - En 09-03-200v se cesó a la actora como secretaria de patronato por enfermedad y se le revocasen los poderes como Secretaria General, folios 451 a 459.

DECIMO

SEXTO. - En 29-09-2009 la actora solicitó de la Federación que se le concediese el descanso por lactancia, a lo que se accedió al día siguiente, folios...

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