STSJ Cataluña 2334/2008, 13 de Marzo de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
ECLIES:TSJCAT:2008:3410
Número de Recurso8719/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2334/2008
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2008
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 43148 - 44 - 4 - 2005 - 0001870

nc

ILMO. SR. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER

ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL

ILMO. SR. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS

En Barcelona a 13 de marzo de 2008

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 2334/2008

En el recurso de suplicación interpuesto por NUEVAS CONSTRUCCIONES JUANES S.L. y OBRES I SERVEIS FRAES S.L. frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Tarragona de fecha 13 de junio de 2006 dictada en el procedimiento Demandas nº 601/2005 y siendo recurrido/a Instituto Nacional de la Seguridad Social (Tarragona), Jesús Manuel y JOSEP M. ROVIROSA SOLE, SA. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Accidente de trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 13 de junio de 2006 que contenía el siguiente Fallo:

Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por NUEVAS CONSTRUCCIONES JUANES, S.L., con C.I.F. nº B-43696681 y OBRES I SERVEIS FRAES, S.L., C.I.F. nº B-43544709, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la empresa JOSÉ Mª ROVIROSA SOLÉ, S.A. y D. Jesús Manuel, debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos de la parte actora.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El trabajador D. Jesús Manuel, nacido el 31-7-1966, afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000, prestando servicios para la empresa NUEVAS CONSTRUCCIONES JUANES, S.L., dedicada a la actividad de Construcción, desde el 4-2-2003, ostentando la categoría de Oficial 2ª, sufrió un accidente de trabajo el día 24-7-2003, siendo diagnosticado de fractura del hueso calcáreo terso del pie derecho.

(expediente administrativo)

SEGUNDO

El accidente de trabajo sufrido por el trabajador D. Jesús Manuel se produjo de la siguiente forma: "El día 24-7- 2003, cuando se encontraba en la obra sita entre las calles Girones, Garrotxa y Noguera -Sector La Sinia- de Calafell, colocando ladrillos de obra vista para el cerramiento de la fachada de un adosado unifamiliar de dos plantas, donde su empleadora realizaba trabajos por cuenta de la contratista OBRES I SERVEIS FRAES, S.L., desarrollando su labor desde un andamio tubular, situado en la parte anterior de la vivienda, que contaba con al menos dos cuerpos de andamio, colocados uno encima del otro. Desarrollaba su trabajo encima de una plataforma formada por dos planchas metálicas enganchadas a los laterales del andamio. Para la colocación de las hileras de ladrillos inmediatamente superiores al nivel del forjado de la primera planta, el operario trabajaba desde una plataforma situada aproximadamente al mismo nivel del forjado. Una vez finalizadas estas primeras hileras, y situado sobre las planchas antes citadas, cogió una de ellas y la colocó aproximadamente medio metro más arriba. Accedió a esa plancha y desde ella, cogió la plancha que había quedado en el nivel inferior colocándola a la altura de la primera, sobre la que él se encontraba. Una vez se dispuso a caminar sobre la plataforma de trabajo que había formado aproximadamente a 3,30 mt. de altura, una de las planchas se vino abajo y el operario cayó al vacío, provocándose la rotura del hueso calcaneo del pie derecho".

(expediente administrativo, acta de infracción)

TERCERO

La empresa demandada JOSÉ Mª ROVIROSA SOLÉ, S.A., dedicada a la promoción inmobiliaria, encargó a la empresa actora OBRES I SERVEIS FRAES, S.L., la ejecución de 20 casas adosadas sitas en la parcela situada entre las calles Girones, Garrotxa y Noguera -Sector La Sinia- de Calafell. Esta última empresa a su vez subcontrató la realización de trabajos para la también actora NUEVAS CONSTRUCCIONES JUANES, S.L.

(docum. nº 1 a 4 de la demandada José Mª Rovirosa Solé, S.A.

CUARTO

Por resolución del INSS de 10-2-2005, se declara la responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, por el accidente de trabajo sufrido por D. Jesús Manuel el 24-7-2003, procediendo el incremento del 30% de las prestaciones de Seguridad Social, con cargo a la empresa NUEVAS CONSTRUCCIONES JUANES, S.L. y solidariamente OBRES i SERVEIS FRAES, S.L..

(expediente administrativo)

QUINTO

En fecha 17-12-2004 se dictó resolución por el INSS iniciándose expediente de falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

SÉXTO.- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, levantó acta de Infracción en materia de seguridad e higiene en el trabajo en fecha 31-3-2004, contra las empresas demandantes NUEVAS CONSTRUCCIONES JUANES, S.L. y solidariamente OBRES i SERVEIS FRAES, S.L.., proponiendo una sanción grave e imponiendo una multa de 1.503.-euros.

(expediente administrativo)

SÉPTIMO

Se inició por el Juzgado de Instrucción nº 3 del Vendrell diligencias previas nº 1502/2003, contra D. Carlos Francisco y Federico por un delito contra los derechos de los trabajadores, por el accidente sufrido por D. Jesús Manuel el 24-7-2003.

OCTAVO

El accidente de trabajo sufrido por el trabajador D. Jesús Manuel ha dado lugar a las siguientes prestación de Seguridad Social:

-Incapacidad Temporal, a razón de una base...

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