STSJ Galicia 3293/2012, 29 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Mayo 2012
Número de resolución3293/2012

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 36038 44 4 2010 0001892

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004772 /2011-SGP

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 602/2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 2 de PONTEVEDRA

Recurrente: Claudia

Abogado: MARIA RUTH VARELA GIL

Procurador: JACOBO TOVAR-ESPADA PEREZ

Recurrido: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL

ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ

PRESIDENTE

ILMA. SRA. Dª. MARÍA ANTONIA REY EIBE

ILMA. SRA. Dª. ISABEL OLMOS PARÉS

En A CORUÑA, a veintinueve de Mayo de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 4772/2011, formalizado por Dª Claudia, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de PONTEVEDRA en el procedimiento DEMANDA 602/2010, seguidos a instancia de Dª Claudia frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo MagistradoPonente la Ilma. Sra. Dª ISABEL OLMOS PARÉS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Claudia presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintiocho de Junio de dos mil once que desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- Claudia con D.N.I. núm.: NUM000 afiliada a la Seguridad Social con el nº NUM001, fue declarada en la situación de incapacidad laboral permanente en el año 2000 al presentar artrosis desde hace años con afectación fundamentalmente a nivel de columna cervical y lumbar con lumbociática. Asma alérgica de grado moderado por sensibilización a ácaros. Requiere de forma crónica tratamiento con corticoides y broncodilatadores inhalados persistiendo un patrón obstructivo moderado a pesar de ello. Tiene frecuentes reagudizaciones y hace ocho meses estuvo ingresada por una reagudización severa necesitando corticoides orales que sigue tomando en la actualidad./ SEGUNDO.- Solicitó la demandante ante el I.N.S.S. la revisión de su incapacidad de total en absoluta, siéndole denegada por resolución de 24-3-2010 por no haberse producido variación en el estado de sus lesiones que determine modificación del grado de invalidez que tiene reconocido. Ante la anterior resolución interpuso reclamación previa también desestimada en fecha 19-5-2010./ TERCERO.- Los padecimientos actuales de la demandante son: EPOC con hiperreactividad bronquial e infecciones respiratorias de repetición. Coxartrosis bilateral protetizada. Espondiloartrosis lumbar. Hipertensión arterial".

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Dª Claudia contra Instituto Nacional de la Seguridad Social debo absolver y absuelvo al expresado demandado de todas las pretensiones de la demanda".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó la demanda en la que se postulaba la revisión (por agravación) del grado de incapacidad permanente total que la actora tiene reconocido desde el año 2000. Frente a dicha resolución, interpone recurso la representación procesal de la demandante, interesando, en primer lugar, al amparo del art. 191 b) de la Ley de Procedimiento Laboral, la revisión del hecho probado tercero de modo que se añadan al mismo las siguientes dolencias: "Prótesis bilateral de caderas a raíz de patología degenerativa. Timpanoesclerosis OI. Hernia discal y espondilolistesis importante en L4L5. Cefalea tensional. Disnea de moderados esfuerzos (folios 14, 24 y 27 de los autos).

Tal revisión fáctica, la parte recurrente pretende apoyarla en...

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