STSJ Comunidad de Madrid 176/2012, 8 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha08 Marzo 2012
Número de resolución176/2012

Recurso nº 212/2011

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Octava

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2011/0169954

Procedimiento Ordinario 212/2011 - 03-P

SENTENCIA Nº 176

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

DÑA. INES HUERTA GARICANO

MAGISTRADOS:

D. MIGUEL ANGEL VEGAS VALIENTE

DÑA. CARMEN RODRIGUEZ RODRIGO

____________________________________________

En Madrid, a ocho de marzo de dos mil doce

VISTO por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso nº 212/2011, interpuesto por Don Hernan, en su propio nombre, contra la resolución del Subsecretario de Defensa de 24 de noviembre de 2010 que acordó declarar la insuficiencia de condiciones psicofísicas del recurrente, ajena a acto de servicio, como Subteniente del Cuerpo General del Ejército de Tierra. Siendo parte demandada la Administración del Estado, representada por el Abogado del Estado. Ha sido ponente el Magistrado de la Sección Don MIGUEL ANGEL VEGAS VALIENTE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y remitido el expediente administrativo, la parte actora formalizó el escrito de demanda en el que, tras las correspondientes alegaciones, solicitó se dictara sentencia declarando contraria a derecho la resolución recurrida, y también declarando la inutilidad permanente para el servicio del recurrente como consecuencia del servicio por pérdida de condiciones psicofísicas existiendo relación de causa efecto con el servicio, con los efectos económicos correspondientes incluidos los intereses legales.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó la demanda solicitando se dictara sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, no se admitieron los medios de prueba propuestos por la parte actora, señalándose para votación y fallo la audiencia del día 24 de enero de 2012, lo que tuvo lugar.

VISTOS los preceptos aplicables.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Según resulta del expediente administrativo el recurrente Don Hernan -Subteniente del CG. del ET. (ESB) con destino en la Dirección de Asistencia al Personal- en escrito presentado el día 16 de marzo de 2009 solicitó la baja temporal aportando el informe médico correspondiente fechado el día 13 anterior.

El General Director de Asistencia al Personal en resolución de 18 de marzo de 2009 acordó la baja temporal para el servicio, continuando en esta situación de forma prolongada hasta que, previo dictamen médico pericial emitido por el Servicio de Psiquiatría del Hospital Central de la Defensa el 23 de abril de 2010 -considerando que el proceso estudiado incluido en el Apartado 267, Letra A, Coeficiente 5, Área funcional P, de remota o incierta reversibilidad y estabilizado del Cuadro correspondiente- y solicitud del Coronel Jefe del PCMHEL del que se incoara el expediente extraordinario, de 24 de mayo de 2010, el Teniente General Jefe del MAPER ordenó su incoación el 30 de junio de 2010 a fin de que se determinara su Aptitud Psicofísica.

En Acta nº NUM000 de la Junta Médico-Pericial nº 11, de 28 de julio de 2010, se constató como diagnóstico médico pericial: una sintomatología clínica caracterizada por apatía, abulia, desinterés, ansiedad, alteración del sueño, manifestaciones neurovegetativas, alteración de la atención y concentración, inestabilidad emocional, e irritabilidad, constitutivo de un trastorno ansioso depresivo con tendencia a recidivar.

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