STSJ Asturias 1371/2012, 4 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1371/2012
Fecha04 Mayo 2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01371/2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2012 0100719

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000699 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 318/2011 JDO. DE LO SOCIAL nº2 de OVIEDO

Recurrente/s: Carmela

Abogado/a: MARIA JESUS LOPEZ FERNANDEZ

Recurrido/s: INSS INSS

Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL

Sentencia nº 1371/12

En OVIEDO, a cuatro de Mayo de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de ASTURIAS, formada por los Iltmos Sres. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, Presidente, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS, Dª. MARIA VIDAU ARGÜELLES y D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO, Magistrados, SALA SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 699/2012, formalizado por la Letrada Dª. MARIA JESUS LOPEZ FERNANDEZ, en nombre y representación de Dª. Carmela, contra la sentencia número 25/2012 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 318/2011, seguidos a instancia de Dª. Carmela frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, parte demandada representada por el Letrado de la SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Carmela presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 25/2012, de fecha diecisiete de Enero de dos mil doce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. La actora, nacida el NUM000 de 1958, solicitó en octubre de 2010, la pensión de orfandad por el fallecimiento de su padre con el que convivía, ocurrido el 25 de noviembre de 2004; se dictó resolución el 9 de diciembre en la que se le reconoció el derecho a una indemnización por importe de 12 mensualidades más dos pagas extra, por haber reconocido el equipo de valoración de incapacidades que estaba afectada por una incapacidad permanente absoluta a la fecha del fallecimiento; el importe reconocido fue de 2.511,60# calculados sobre una base reguladora mensual de 38,24#.

  2. En octubre de 2010 solicitó la pensión de orfandad por el fallecimiento de su madre, ocurrido el 28 de septiembre del mismo año, y le fue denegada tras no reconocerle el equipo de valoración de incapacidades grado alguno de incapacidad permanente.

  3. Presentó en tiempo y forma, reclamación previa contra la denegación de la pensión de orfandad por el fallecimiento de su madre, que fue desestimada por otra resolución de 18 de febrero de 2011. Interpuso la demanda solicitando el reconocimiento de la pensión de orfandad por el fallecimiento de su padre y su madre, el 7 de abril de 2011.

  4. Tiene reconocido un grado de minusvalía del 69% más 9 puntos por factores sociales, por un trastorno de la afectividad, alteraciones de la conducta, trastorno de la personalidad e infarto de miocardio, desde el año 2003.

  5. Sufrió un infarto agudo de miocardio en el año 2002 y continúa en tratamiento; en la última revisión cardiológica la exploración fue normal y ecocardiograma con ritmo sinusal, sin edemas. Padece trastorno de personalidad, grave y consumo perjudicial de alcohol que abandonó hace dos años; sigue tratamiento en el centro de salud mental desde el año 2003, con revisiones trimestrales, quien informa que presenta frecuentes cambios a nivel emocional, tanto espontáneos como por situaciones ambientales, carácter impulsivo y falta de constancia. Presenta un aspecto correcto, actitud adecuada y colaboradora. El tratamiento consiste en dosis de mantenimiento.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Que desestimo la demanda interpuesta por Dª Carmela contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y absuelvo al demandado de todos los pedimentos de la...

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