STSJ Galicia 1680/2012, 13 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1680/2012
Fecha13 Marzo 2012

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 36057 44 4 2011 0000395

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0005576 /2011-SGP

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 74/2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 5 de VIGO

Recurrente: CONSORCIO DE LA ZONA FRANCA DE VIGO

Abogado: ALBERTO FRESCO GONZALEZ

Procurador: CARMEN BELO GONZALEZ

Recurrente: Felicisima

Abogado: MATIAS MOVILLA GARCIA

Procurador: JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO

Recurridos: ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES SL, ADECCO TT,S.A.

Abogado: LUIS CARRERAS GARCIA, LUIS CARRERAS GARCIA,

-FAX 934591976

Recurrido: SEVERIANO GESTION, S.L.

Abogado: ABEL LOPEZ CARBALLEDA

Recurrido: VEXTER OUTSOURCING S.A.

Abogado: VICENTE FERNANDEZ VICTORIA- FAX 986 446 023

Recurrido: EULEN, S.A.

Abogado: CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ MARTINEZ, fax 986 430 657

Recurrido: SERESCO S.A., c/PEDRAYES, 23, 33005 OVIEDO

Recurrido: MANPOWER TEAM ETT SAU, c/ Marquesa nº 5, local 6 bajo, 36002 PONTEVEDRA

Recurrido: PROGEM ETT SL- DOG

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ

PRESIDENTE ILMA. SRA. Dª. MARÍA ANTONIA REY EIBE

ILMA. SRA. Dª. ISABEL OLMOS PARÉS

En A CORUÑA, a 13 de Marzo de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 5576/2011, formalizado por el CONSORCIO DE LA ZONA FRANCA DE VIGO y por Dª Felicisima, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de VIGO en el procedimiento DEMANDA 74/2011, seguidos a instancia de Dª Felicisima frente al FOGASA, ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES SL, EULEN,S.A., ADECCO TT,S.A., SEVERIANO GESTION,SL, el CONSORCIO DE LA ZONA FRANCA DE VIGO, VEXTER OUTSOURCING SA, MANPOWER TEAM ETT SAU, PROGEM ETT SL, SERESCO SA, y la participación del MINISTERIO FISCAL siendo MagistradoPonente el Iltmo. Sr. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Felicisima presentó demanda contra el FOGASA, ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES SL, EULEN,S.A., ADECCO TT,S.A., SEVERIANO GESTION,SL, el CONSORCIO DE LA ZONA FRANCA DE VIGO, VEXTER OUTSOURCING SA, MANPOWER TEAM ETT SAU, PROGEM ETT SL y SERESCO SA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia, de fecha quince de Julio de dos mil once .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"Primero.- La actora, doña Felicisima, con DNI NUM000, desde el año 1996 de forma casi ininterrumpida ha venido ejerciendo su actividad laboral en las dependencias del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, en que se asentaba su centro de trabajo, en virtud de los siguientes contratos y bajo las siguientes condiciones laborales:/ 1) Para Alta Gestión, S.A. E.T.: a) desde al 9 al 16 de abril del año 1996, en circunstancias que no consta, 2006; b) desde el 17 hasta el 30 de abril de 1996, en circunstancias que no constan; c) desde el 6 de septiembre hasta el 7 de octubre de 1996, en circunstancias que no constan; d) desde el 8 hasta el 31 de octubre de 1996, en circunstancias que no constan; e) desde el 13 de mayo hasta el 22 de junio de 1997, en circunstancias que no constan; f) del 11 al 12 de agosto de 1997, en circunstancias que no constan./ 2) Para Progreso de la Gestión Empresarial (Progem) ETT, S.L.: a) desde el 4 de diciembre de 1997 hasta el 6 de abril de 1998 en circunstancias que no constan; b) desde el 7 de abril hasta el 12 de junio de 1997, con categoría profesional de grabadora de datos, en virtud de contrato de duración determinada para su puesta a disposición en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo (CZFV), y cuyo objeto era la grabación de cuentas anuales del ejercicio 1996 de Madrid y de Valencia; d) desde el 3 de noviembre de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998, con categoría profesional de grabadora de datos, en virtud de contrato de duración determinada para su puesta a disposición en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo (CZFV), y cuyo objeto era la grabación de cuentas del Registro Mercantil correspondiente a las provincias de A Coruña y Ourense del año 1997drid y de Sevilla./ 3) Para Manpower Team ETT: a) desde el 1 de enero de 1999 hasta el 31 de mayo de 1999, en circunstancias que no constan; b) desde el 21 de junio de 1999 hasta el 25 de junio de 1999, en circunstancias que no constan; c) desde el 28 de junio de 1999 hasta el 6 de julio de 1999, con categoría profesional de grabadora de datos, en virtud de contrato de duración determinada para su puesta a disposición en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo (CZFV), y cuyo objeto era la grabación de cuentas anuales del ejercicio 1997 correspondientes a las provincias de Madrid y de Barcelona./ 4) Para Adecco Consultores en Recursos Humanos, S.A: a) desde el 1 de diciembre del año 1999 hasta el 28 de julio del año 2000 en virtud de contrato de trabajo de duración determinada para obra o servicio determinado, con categoría profesional de auxiliar administrativa, y cuyo objeto consistía la introducción de datos en el sistema y grabación de datos económicos según el contrato suscrito con el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, estando sometido el contrato al convenio colectivo de empresa; b) desde el 25 hasta el 29 de septiembre del año 2000 en virtud de contrato de trabajo de duración determinada para obra o servicio determinado, con categoría profesional de auxiliar administrativo, y cuyo objeto es la introducción de datos en el sistema y grabación de datos económicos según el contrato suscrito./ 5) Para Vexter, S.A: a) desde el 14 de noviembre del año 2000 hasta el 16 de marzo del 2001 en virtud de contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción, de acumulación de tareas en la grabación de sociedades gallegas para la publicación de Ardan Galicia 2000 del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, con categoría profesional de grabador de datos; b) desde el 2 de abril del 2001 hasta el 27 de abril de ese mismo año en virtud de contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción, de acumulación de tareas debido a la llegada masiva de información para computar procedente de los Registros Mercantiles de Murcia en la grabación de sociedades gallegas para la publicaci6n de Ardan Galicia 2000, para su puesta a disposición en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, y con categoría profesional de grabadora de datos; c) desde el 27 de diciembre de 2001 hasta el 19 de junio de 2002, en circunstancias que no constan;

  1. desde el 21 de junio hasta el 7 de agosto de 2002, en circunstancias que no constan; d) desde el 30 de diciembre de 2003 hasta el 9 de julio de 2004, en circunstancias que no constan./ 6) Para Seresco, S.A.: desde el 9 de diciembre del año 2002 hasta el 7 de agosto del año 2003, en circunstancias que no constan./

7) Para Atlas Servicios Empresariales, S.A.: a) desde el 1 de diciembre de 1999 hasta el 28 de julio del año 2000, en circunstancias que no constan; b) desde el 25 al 29 de septiembre del año 2000; c) desde el 7 de enero de 2005 hasta el 18 de agosto de ese mismo año, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, por obra o servicio determinado, con la categoría de administrativa, consistente en la Gestión del servicio de supervisión y codificación de datos del cliente Ardán, según contrato de arrendamiento entre Atlas Servicios Empresariales y CZFV y con centro de trabajo en el Consorcio de la Zona Franca, estando sometido al Convenio Colectivo de Acuerdo de Empresa; d) desde el 29 de agosto hasta el 27 de septiembre de 2005, en virtud de contrato de trabajo de interinidad, para sustituir a la trabajadora doña Josefa, con la categoría de teleoperadora, estando sometido al Convenio Colectivo de Acuerdo de Empresa Atlas; e) desde el 3 hasta el 26 de octubre de 2005, en virtud de contrato de trabajo de interinidad, para sustituir a la trabajadora doña Sara, con la categoría de teleoperadora, estando sometido al Convenio Colectivo de Acuerdo de Empresa Atlas; f) desde el 28 de noviembre hasta el 2 de diciembre de 2005, en virtud de contrato de trabajo de interinidad, para sustituir a la trabajadora doña Josefa, con la categoría de teleoperadora; g) desde el 12 de diciembre de 2005 hasta el 25 de junio de 2006, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, par obra o servicio determinado, con la categoría de administrativa, consistente en el servicio de grabación y supervisión de datos, según contrato de arrendamiento entre Atlas Servicios Empresariales y CZFV y con centro de trabajo en el Consorcio de la Zona Franca, estando sometido al Convenio Colectivo de Acuerdo de Empresa Atlas; h) desde el 25 de junio de 2006, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, par obra o servicio determinado, con la categoría de teleoperadora, consistente en el servicio de grabación y supervisión de datos del cliente Ardan, según contrato de arrendamiento entre Atlas Servicios Empresariales y CZFV y con centro de trabajo en el Consorcio de la Zona Franca, estando sometida al convenio colectivo de Telemarketing./ 8) Para Eulen, S.A desde el 12 de diciembre de 2006 hasta el 12 de diciembre de 2008, en idénticas condiciones y par subrogación de Eulen en el servicio prestado par Atlas Servicios Empresariales, S.A./ 9) Para Severiano Gestión, S.L. a partir del día 12 de diciembre de 2008 y par subrogación de esta Última empresa en el servicio prestado par Eulen, S.A., comunicándoselo par carta de 2 de diciembre de 2008, reconociéndole una antigüedad de 12 de diciembre de 2008, con contrato...

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