STSJ Andalucía 422/2011, 17 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución422/2011
Fecha17 Febrero 2011

Recurso nº 2444/10 C

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL SEVILLA

EXCMO.SR.D. ANTONIO REINOSO Y REINO, Presidente de la Sala.

ILTMO.SR.D. LUIS LOZANO MORENO.

ILTMA.SRA. Dª CARMEN PÉREZ SIBÓN.

En Sevilla, a diecisiete de febrero de dos mil once.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por el Excmo. e Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 422/11

En el recurso de suplicación interpuesto por la Sra. Letrada de la Administración de la Seguridad Social en representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número tres de los de Huelva; ha sido Ponente el Excmo. Sr. DON ANTONIO REINOSO Y REINO, Presidente de la Sala .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos número 821/09 se presentó demanda por Don Juan Miguel, sobre invalidez, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, se celebró el juicio y se dictó sentencia el 26/02/10, por el Juzgado de referencia, en que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1º) El actor Don Juan Miguel, con D.N.I. nº NUM000 y nacido el día 13 de junio de 1.959, se encuentra afiliado a la Seguridad Social, encuadrado en el Régimen General, siendo su profesión habitual la de encargado de mantenimiento.

  1. ) Con fecha 3 de enero de 2008 el demandante causó baja por incapacidad temporal, derivada de enfermedad común, con el diagnóstico de "IAM", habiendo sido dado de alta médica el 2 de enero de 2.009 por "Control I.N.S.S.-Duración 12 meses".

  2. ) Incoado a instancias de la Entidad Gestora expediente administrativo de invalidez permanente bajo el número NUM001, con fecha 5 de febrero de 2009 se emite Informe Médico de Síntesis (folios 55 a 65, que reproducimos); con fecha 11 de febrero de 2009 se emite por el E.V.I. (folio 72) dictamen propuesta de calificación del trabajador como incapacitado permanente, por padecer "infarto agudo de miocardio. Enfermedad monovaso revascularizada", entendiéndolo limitado para "actividades que impliquen esfuerzos moderado-importantes". Mediante resolución de 24 de febrero de 2009, la Dirección Provincial del I.N.D.D. en Huelva declaró al trabajador afecto de incapacidad permanente total para el ejercicio de su profesión habitual, derivada de enfermedad común, con derecho a percibir una prestación vitalicia mensual de 55%, sobre una base reguladora de 1.701,09 euros.

    El resultado de la exploración realizada por el médico evaluador fue el siguiente: "Estado general bueno, bien hidratado, murmullo vesicular conservado, tonos rítmicos a 68 rpm, tensión arterial 120/80, no edemas, pulsos periféricos presentes, abdomen normal, buena movilidad osteoarticular en general."

    El médico evaluador concluye su informe indicando: "Paciente que sufrió un infarto en enero de 2008, en el que se puso de manifiesto estenosis severa de coronaria derecha, persistiendo el dolor. Posteriormente, nuevo estudio meses después en el que se detectó lesiones severas en ese mismo vaso que precisaron dos nuevos stents. Limitado para actividades que impliquen esfuerzos moderados importantes".

  3. ) El actor padece cardiopatía isquémica crónica revascularizada, insuficiencia cardiáca y disfunción ventricular severa, con ausencia de aumento de la tensión arterial durante el esfuerzo, siendo su fracción de eyección del 35%.

    Dichas secuelas, de carácter crónico e irreversible, le impiden realizar...

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