STSJ Asturias 1280/2011, 6 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1280/2011
Fecha06 Mayo 2011

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01280/2011

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2011 0100736

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000705 /2011

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM: 618/2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 5 DE OVIEDO Recurrente/s: Ramón

Graduado Social: MARTINEZ FARIZA CONDE

Recurrido/s: INSS INSS, T.G.S.S

Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO SEGURIDAD SOCIAL

SENTENCIA Nº 1280/2011

En OVIEDO, a seis de Mayo de dos mil once.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de ASTURIAS, formada por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ y D. LUIS CAYETA NO FERNÁNDEZ ARDAVIN, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 705/2011, formalizado por el Graduado Social D. JOSE EMILIO MARTINEZ-FARIZA CONDE, en nombre y representación de D. Ramón, contra la sentencia número 57/2011 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 618/2010, seguidos a instancia de D. Ramón frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, partes demandadas representadas por el Letrado de la SEGURIDAD SOCIAL siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS CAYETANO FERNÁNDEZ ARDAVIN.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Ramón presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 57/2011, de fecha tres de Febrero de dos mil once .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. D. Ramón, con DNI NUM000, nacido el día 8 de noviembre de 1953 se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el número NUM001 en el Régimen General, siendo su profesión habitual el de Peón de aserradero. Por Resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 14 de noviembre de 2007 en virtud de Dictamen Propuesta de fecha 6 de noviembre de 2007 se declaró al actor en situación de Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual en la contingencia de enfermedad común con derecho a percibir una pensión vitalicia en la cuantía del 55% de una base reguladora de 918,31# mensuales, con el diagnóstico de: Coxartrosis derecha avanzada pendiente de implante de prótesis total.

  2. Iniciadas actuaciones administrativas en trámite de revisión por agravación recayó Resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 25 de marzo de 2010 en virtud de Dictamen Propuesta de fecha 18 de marzo de 2010 por la que se declara que el actor continua en situación de Incapacidad Permanente Total, contra la que se interpuso reclamación previa en vía administrativa que fue desestimada en fecha 27 de mayo de 2010. Se formula la presente demanda en fecha de 15 de julio de 2010.

  3. El actor presenta el siguiente cuadro clínico:

    -PTC derecha por coxartrosis en abril 2008.

    -Gonartrosis moderada con exploración normal.

  4. La base reguladora para las prestaciones que se reclaman asciende a la cantidad de 918,31# mensuales fijándose la fecha de efectos el día 26 de marzo de 2010, existiendo conformidad.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se...

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