STSJ Extremadura 552/2011, 21 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución552/2011
Fecha21 Junio 2011

de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00552/2011

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres.

Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 552

PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS

DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

DON JOSE MARIA SEGURA GRAU /

En Cáceres a veintiuno de junio de dos mil once.-Visto el recurso contencioso administrativo nº 1.194 de 2.009, promovido por el Procurador Sra. Collado Díaz, en nombre y representación de DON Desiderio, siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA representado por el Sr. Letrado de la Junta; recurso que versa sobre: silencio administrativo en recurso de alzada contra resolución de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de 31.03.09 dictada en Expediente 71/0510 y posteriormente resuelto en fecha 14.10.09.

C U A N T I A: 27.203,69 #.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO : Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO : Recibido el recurso a prueba se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO : En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales;

Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Doña ELENA MENDEZ CANSECO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala, la legalidad de la Resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria de la Junta de Extremadura, de fecha 14 de octubre de 2009, confirmatoria de la recurrida en alzada de fecha 31 de marzo de 2009, que declaró percibida indebidamente la cantidad de 27.203,69 euros correspondientes a la solicitud a la reserva nacional por la compra de 42 derechos de vaca nodriza por parte del hoy actor, D. Desiderio y la obligación de reintegrar a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura la cantidad percibida. Considera la actora, que tal Resolución no es ajustada a Derecho. La defensa de la demandada opone la desestimación.

SEGUNDO

De lo actuado en el expediente administrativo resulta que la hoy actora solicitó ayuda en régimen de pago único reserva nacional campaña 2006/2007 en lo que a este recurso se refiere por un total de 42 animales, vacas nodrizas. Durante el año 2006, en fecha que no consta se le adjudican determinados derechos y en razón a ello con fecha 5 de febrero de 2007 se hace propuesta de pago a favor del...

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