STSJ Asturias 1875/2011, 1 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1875/2011
Fecha01 Julio 2011

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01875/2011

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2011 0101308

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001271 /2011

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 285/2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 4 de GIJON

Recurrente/s: Alfonso

Abogado/a: NATALIA ROCES NOVAL

Recurrido/s: INSS INSS

Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL

Sentencia nº 1875/11

En OVIEDO, a uno de Julio de dos mil once.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo _Social del T.S.J. de ASTURIAS, formada por los Ilmos. Sres. D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, Presidente, Dª MARÍA VIDAU ARGÜELLES y D. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 1271/2011, formalizado por la Letrada Dª. NATALIA ROCES NOVAL, en nombre y representación de D. Alfonso, contra la sentencia número 569/2010 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de GIJON en el procedimiento DEMANDA 285/2010, seguido a instancia de D. Alfonso frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, parte demandada representada por el Letrado de la SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Alfonso presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 569/2010, de fecha dieciocho de Noviembre de dos mil diez .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. El demandante, D. Alfonso, mayor de edad, cuyas demás circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, se encuentra afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el número NUM000, siendo su profesión habitual maquinista.

  2. Por resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 20 de octubre de 2006, fue declarado en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de enfermedad común, con derecho a percibir una pensión en cuantía del 55% de su base reguladora de 1.976,38 euros, con efectos económicos al 19/10/06, siendo las dolencias que determinaron tal declaración:

    -Artropatía gotosa crónica (1981). Tofacea (rodilla derecha, codo) y bursitis codo derecho. Oligopoliarticular, con crisis agudas. RX: Remodelación artrósica incipientes en rodillas y codos. Artrosis 1º MFT bilateral, hallux y alguna erosión. Calcificación bolsa olecraniana.

  3. En expediente de revisión del grado de invalidez reconocido iniciado a su instancia, se dictó resolución por la Dirección Provincial del INSS el 25/01/10, previo dictamen propuesta del EVI de 27/11/09, por la que se declaraba que el trabajador continúa en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, que tiene reconocida.

  4. Formulada reclamación previa, fue desestimada por resolución que confirmaba el inicial pronunciamiento.

  5. El actor presenta:

    - Gota crónica poliarticular. Cuadro degenerativo poliarticular. Síndrome de apnea-hipoapnea del sueño moderado. Obesidad grado II.

    A la exploración, Marcha sin claudicación. MMSS: bursitis en codo derecho cicatrices en codo izquierdo movilidad y fuerza aceptable. MMII: Tofos en rodilla derecha, que presenta una movilidad de flexor 100º, extensión 0º. Rodilla izquierda con movilidad conservada. Hallux valgus bilateral. Engrosamiento del tendón de Aquiles derecho.

  6. La base reguladora de la prestación reclamada es de 1.976,38 euros mensuales y la fecha de efectos económicos se fija el 26 de enero de 2010, con la conformidad de las partes.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Que desestimando la demanda formulada por DON Alfonso contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL,...

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