STSJ Murcia 483/2011, 20 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución483/2011
Fecha20 Septiembre 2011

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00483/2011

UNIDAD PROCESAL AYUDA DIRECTA

PASEO GARAY, 7. PLANTA 2

Tfno: 968229215-18

Fax:968229213

NIG: 30030 44 4 2009 0006074

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000231 /2011

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000823 /2009 JDO. DE LO SOCIAL nº 007 de MURCIA

Recurrente/s: Paula

Abogado/a: MARIA DOLORES LOPEZ HERNANDEZ

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: INSS

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

En MURCIA, a veinte de Septiembre de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Paula, contra la sentencia número 0306/2010 del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 14 de Junio, dictada en proceso número 0823/2009, sobre INCAPACIDAD, y entablado por Paula frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: " PRIMERO.- La demandante Paula, nacida el 27/3/1950, con D.N.I. n° NUM000, figura afiliada a la Seguridad Social en razón de la prestación de sus servicios como empleada de hogar. SEGUNDO.- El 12/11/2008 la demandante solicitó la pensión de incapacidad permanente. Tramitado expediente de invalidez permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, aceptando el dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades emitido el 22/12/2008, resolvió el 12/1/2009 denegar a la demandante la prestación de invalidez por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente. TERCERO.- Contra la anterior resolución formuló la demandante reclamación previa en vía administrativa, que fue desestimada por resolución expresa de 11/3/2009. CUARTO.- Presenta la demandante el siguiente cuadro clínico: Hipertensión arterial. Hernia discal C5-C6, C6-C7 y espondiloartrosis (RMN cervical junio de 2006). Protrusión discal posterior L1-L2, L2-L3 hasta L5-S1 y espondiloartrosis (RMN lumbar junio de 2006). Rotura parcial del supraespinoso derecho y rotura completa crónica de la inserción del izquierdo (ECO hombros noviembre de 2007). Fractura astragalina en pie izquierdo en noviembre de 2008 pendiente de rehabilitación. Exploración.- Deambula con normalidad, con cierta lentitud. No puntas ni talones por la lesión del pie izquierdo. Balance articular lumbar completo. Lassègue negativo. En hombros dolor a partir de abducción a 90°, limitación bilateral de mano a glúteo y mano a cabeza. QUINTO.- La base reguladora asciende a 321'77 # al mes"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por Paula contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo al demandado de la pretensión deducida en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la Letrada doña María Dolores López Hernández, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- La sentencia de fecha 14 de junio del 2010, dictada por el Juzgado de lo Social nº 7 de Murcia en el proceso 823/09, desestimó la demanda deducida por Dña Paula, nacida el 23/3/1950, contra el INSS y la TGSS, en reclamación de prestaciones por incapacidad permanente absoluta o, subsidiariamente total para su profesión habitual de empleada de hogar, derivada de enfermedad común.

Disconforme con la sentencia, la actora interpone recurso d suplicación solicitando, de un lado la revisión de los hechos declarados probados y, de otro, la revocación de la sentencia, para que se dicte otra que la declare afecta de incapacidad permanente...

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