STSJ Comunidad Valenciana 42/2011, 11 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución42/2011
Fecha11 Enero 2011

2 Rec. C/ Sent. Núm. 1387/2010

Recurso contra Sentencia núm. 1387/2010

Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro

Presidente

Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz

Ilma. Sra. Dª Gema Palomar Chalver

En Valencia, a once de enero de dos mil once.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 0042/2011

En el Recurso de Suplicación núm. 1387/2010, interpuesto contra la sentencia de fecha 22-02-10, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 6 de Valencia, en los autos núm. 1128/08, seguidos sobre minusvalía, a instancia de Dª Marí Trini, asistida por el Letrado D. Joaquín Martínez Peiró, contra la CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL, y en los que es recurrente la parte demandada, habiendo actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 22-02-10, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimado la demanda interpuesta por Marí Trini frente a la CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA, deducida con revocación parcial de la resolución combatida, debo declarar y declaro que el grado de minusvalía de la actora es el del 92% condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "1) La demandante intereso en su día declaración de minusvalía en el grado citado superior al declarado por aquella competencia adva., en resolución recaída y combatida en vía previa adva. al ejercicio de las acciones correspondientes en esta sede, como grado de discapacidad global mas cuatro puntos por factores sociales complementarios reclamación adva. previa en su momento desestimada. 2) Que la demandante se encuentra afectada por las siguientes limitaciones funcionales: 1.- Cardiopatías: a) Insuficiencia válvula mitral severa, tratada quirúrgicamente con implante de prótesis St Jude-Mech de 27mm en fecha 12/3/08. b) Insuficiencia aórtica ligera. c) Hipertensión arterial leve. En tratamiento continuo con anticoagulación con Sintrom pautado, Trangorex para evitar arritmias, tipo fibrilación auricular. Según informe del Area de Atención Primaria de 21-1-2009 no ha experimentado mejoría clínica aceptable, por lo que no puede desarrollar trabajos sociolaborales ni familiares que impliquen el mínimo esfuerzo, necesitando ayuda para las tareas domésticas. Por lo que cabe incluirla en la clase 4 de los criterios para la asignación del porcentaje de discapacidad atribuible a deficiencias cardíacas. Clase 4: 50 a 70%. La paciente padece enfermedad valvular cardiaca detectada mediante la exploración física y pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 4 de la NYHA y requiere tratamiento continuado con restricción salina o medicación pese a lo cual se mantiene en insuficiencia cardiaca congestiva refractaria. 70% dada la gran limitación que objetiva el propio médico del área de salud. 2.-Fibromialgia: (Discapacidad del sistema neuromuscular por síndrome algico) la paciente esta diagnosticada de fibromialgia grave ya que precisa tratamiento con analgésicos tipo paracetamol, Lyrica8 medicamento indicado para ansiedad generalizada, dolores neuropáticos y epilepsia) y opiáceos en parches y por un médico especialista en anestesiología de la Conselleria de Sanitat, que afectan a todas las funciones de la vida diaria, excepto para algunas de auto-cuidado, como es lavado de manos, cara pero con necesidad para baño y ducha. 3.- Síndrome Ansioso depresivo: En tratamiento continuo con medicamentos y apoyo psiquiátrico, por lo que requiere la supervisión parcial por su hijo en ambientes controlados y total en ambientes externos al domicilio, por lo que corresponde incluirlo en una Clase IV: discapacidad grave (60-74%). a) Grave restricción de las actividades de la vida cotidiana. Precisa supervisión intermitente en ambientes protegidos y total fuera de ellos.. b) Grave disminución de su capacidad laboral, puesta de manifiesto por deficiencias importantes en la capacidad para mantener la concentración, continuidad y ritmo en la ejecución de las tareas y repetidos episodios de deterioro o descompensación asociados a las actividades laborales, como consecuencia del proceso en adaptarse a circunstancias estresantes. No puede mantener una actividad laboral normalizada. Puede acceder a centros y/o actividades ocupacionales, aunque incluso con supervisión el rendimiento suele ser pobre o irregular. Y c) Se constatan todos o casi todos los síntomas que acceden los criterios requeridos para el diagnóstico, o alguno de ellos son especialmente graves. 4.- Además de las patologías anteriores en el dictamen técnico de la Conselleria de Bienestar social se le reconocen las siguientes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR