STSJ Andalucía 58/2011, 12 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución58/2011
Fecha12 Enero 2011

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

R.A.

SENTENCIA NÚM. 58/11

ILTMO.SR.D. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ VIÑAS

PRESIDENTE

ILTMO.SR.D. DOMINGO BRAVO GUTIÉRREZ

ILTMO.SR.D. FERNANDO OLIET PALÁ

ILTMO.SR.D. FRANCISCO JOSÉ VILLAR DEL MORAL

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a doce de enero de dos mil once

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 2518/10, interpuesto por D. Baltasar contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 DE MOTRIL en fecha 2 DE JULIO DE 2010 y en autos nº 1186/09 ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. DOMINGO BRAVO GUTIÉRREZ

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Baltasar en reclamación sobre INVALIDEZ contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 2 DE JULIO DE 2010, por la que DESESTIMANDO la demanda interpuesta absolvió a la entidad gestora demandada de los pedimentos formulados contra ella en dicha demanda, confirmando la resolución administrativa impugnada.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- Don Baltasar, con DNI nº. NUM000, nacido el 12-03-1952, está afiliado a la Seguridad Social con el nº. NUM001 y su profesión habitual es la de solador-alicatador.

SEGUNDO

Solicitada ante el INSS prestación por incapacidad permanente, le fue denegada por dicha entidad gestora, en vistas del dictamen propuesta del EVI de fecha 17-1-2008. En ese momento el actor sufría artrosis de rodilla izquierda con edema en condilo femoral interno, lesión grado I del L C.I y menisco interno, derrame articular y plica sinovial, edema partes blandas prerrotulianas, marcha independiente y balance activo con flexo-extensión limitada en grados finales. Protusiones discales moderada L5-S1 y leve L4-L5, con signos de afectación cronificada radicular L5 derecha de intensidad leve. Diabetes mellitas en tratamiento con insulina. Dislipemia. Por sentencia de este Juzgado con nO 254/2008 se confirmó la resolución del INSS, sentencia que a su vez fue confirmada tras el correspondiente recurso de suplicación.

TERCERO

El actor instó el día 11 de junio de 2009 ante el INSS que fuese nuevamente valorada su capacidad laboral y se le declarase beneficiario de una prestación contributiva de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes. El día 6 de julio de 2009 dicha entidad gestora resolvió denegar la petición del demandante, por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, según lo dispuesto en los artículo 136 y 137 LGSS, y ello sobre la base del dictamen del EVI de 2 de julio de 2009, fundamentado a su vez en el informe médico de síntesis que obra en el expediente. No conforme con dicha resolución, el actor formula reclamación administrativa previa, la cual fue desestimada por resolución del INSS de fecha 14 de septiembre de 2009.

CUARTO

La base reguladora al objeto del cálculo de las prestaciones solicitadas en la demanda, esto es, la incapacidad permanente absoluta y la total, que no se ha controvertido, asciende a 970,27 euros mensuales.

El último contrato de trabajo del actor se extinguió el día 18 de mayo de 2007; en fecha 22-10-2007 inició un proceso de IT; mientras percibía una prestación contributiva por desempleo que agotó en fecha 27 de enero de 2008, siendo la base reguladora diaria de la misma 42,46 euros. A partir del día 28 del mes de febrero del año 2008 percibía el subsidio por desempleo.

QUINTO

El demandante sufre lumbalgia...

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