STSJ Andalucía , 31 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha31 Enero 2011

DON MANUEL MORENO ONORATO, Secretario de la Sección Segunda de la Sala de lo Contenciosoadministrativo en Sevilla

del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

CERTIFICO: Que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala la siguiente: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SEVILLA

SECCIÓN 2ª

R. C.A. nº 616 de 2009

SENTENCIA

Iltmos. Srs.

Don Antonio Moreno Andrade

Don Eduardo Herrero Casanova

Don Ángel Salas Gallego

En la Ciudad de Sevilla a 31 de enero de 2011.

La Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha visto el recurso arriba indicado, interpuesto por Don Torcuato, representado por el Procurador Sr. Martín Arlandis y defendido por Letrado, contra resolución del Ministerio de Defensa, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía ha sido fijada en indeterminada, siendo ponencia del Iltmo. Sr. Don Antonio Moreno Andrade, que expresa el parecer de la Sección.

ANTECEDENTES
PRIMERO

La parte demandante solicitó en su demanda la revocación del acuerdo impugnado.

SEGUNDO

La parte demandada interesó, por el contrario, la desestimación del recurso y la confirmación del acto recurrido.

TERCERO

Señalado día para votación y fallo, tuvo éste lugar con arreglo a lo que a continuación se expresa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre resolución de la Subsecretaría de Defensa, que declaró la insuficiencia del actor de condiciones psicofísicas ajena a acto de servicio. El actor se incorporó a las Fuerzas Armadas en 1 de septiembre de 2002, causando baja en 4 de marzo de 2008 por un trastorno depresivo. Pretende la anulación de la indicada resolución y la declaración de que la patología que sufre es consecuencia directa del servicio.

SEGUNDO

Básicamente, el argumento empleado por el recurrente para ensombrecer la decisión administrativa estriba en que, dado que pasó en su día las pruebas psico-físicas de acceso, el mal padecido debió tener su origen en el servicio. Para ello presenta un informe de un psicólogo que afirma la relación causal entre la patología y la "presión" sufrida por mandos y compañeros y que con anterioridad nunca precisó de asistencia psicológica o psiquiátrica. Este informe discrepa del emitido por la Junta de evaluación...

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