STSJ Cataluña 2881/2011, 21 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2881/2011
Fecha21 Abril 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2009 - 0023803

CR

ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA

ILMA. SRA. M. MAR GAN BUSTO

ILMO. SR. FRANCISCO ANDRÉS VALLE MUÑOZ

En Barcelona a 21 de abril de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 2881/2011

En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 12 Barcelona de fecha 12 de febrero de 2010 dictada en el procedimiento Demandas nº 922/2009 y siendo recurrido/a Valle . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de septiembre de 2009 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 12 de febrero de 2010 que contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando la demanda formulada por Dª Valle declaro que la misma sigue acreditando la situación de incapacidad permanente en grado de absoluta para todo tipo de trabajo, derivada de enfermedad común, que ya tenía reconocida, y condeno al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a estar y pasar por tal declaración y a pagarle la pensión correspondiente sobre la base reguladora de 614'50 €, con efectos desde el 1-6- 09, más las mejoras legales que procedan. "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1º) La demandante, nacida el 12-3-72, tenía reconocida la incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad común, por resolución del INSS de 15. La patología que dio lugar al reconocimiento de esta incapacidad fue la siguiente: hernia discal L5-S1 sin déficit neurológico; trastorno ansioso-depresivo y trastorno de la personalidad límite en tratamiento con sintomatología actual significativa; síndrome de fatiga crónica y fibromialgia sin disfunción articular.

  1. ) Posteriormente se inició de oficio por el INSS expediente de revisión por mejoría, en el que, tras ser reconocido por el ICAM, que emitió dictamen el 7-4-09, recayó resolución de 31-5-09 declarando que la demandante no se encontraba afecta ya de ningún grado de incapacidad permanente, debiendo dejar de percibir la pensión a partir del día siguiente.

  2. ) Contra la anterior resolución formuló reclamación previa, que fue desestimada por nueva resolución de 24-7-09.

  3. ) La base reguladora de la prestación que reclama es de 614'50 €.

  4. ) La demandante acredita en la actualidad la siguiente patología: hernia discal extruida L4-L5 y hernia discal L5-S1 sin déficit neurológico; trastorno ansioso- depresivo y trastorno de la personalidad límite en tratamiento, con sintomatología significativa; síndrome de fatiga crónica severa, clase funcional III, y fibromialgia sin disfunción articular. "

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria Valle , a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En un primer motivo, al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , solicita el Instituto Nacional de la Seguridad Social la revisión del hecho probado quinto para que se diga en su lugar que "la demandante presenta la siguiente patología: hernia discal extruida L5-S1, sin déficit neurológico. Trastorno ansioso depresivo y trastorno de personalidad límite sin limitación funcional....

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