STSJ Comunidad de Madrid 754/2007, 25 de Mayo de 2007

PonenteFRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS
ECLIES:TSJM:2007:8614
Número de Recurso303/2004
Número de Resolución754/2007
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 00754/2007

Recurso Núm. 303/04

Ponente: Sr. Francisco de la Peña Elías

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

SENTENCIA Núm. 754

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Jesús Cudero Blas

Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elías

______________________________________

En la Villa de Madrid, a veinticinco de mayo de dos mil siete.

VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 303/04 promovido por Dª Gema contra la Resolución de LA Directora de Recursos Humanos de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos de fecha 8 de marzo de 2004 por la cual se impuso a la recurrente la sanción de cinco días de suspensión de funciones como autor de una falta grave; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia por la que se anule el acto impugnado.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se confirmasen los actos recurridos en todos sus extremos.

TERCERO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, se fijó para ello la audiencia del día 24 de mayo de 2.007, teniendo así lugar.

Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco de la Peña Elías, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son antecedentes de interés en este proceso, a la vista de los datos que obran en autos y en el expediente a los mismos incorporado, los siguientes: 1) Mediante Resolución del Subdirector General de Gestión de Personal de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos de fecha 15 de julio de 2003 se acordó incoar expediente disciplinario a la ahora recurrente, funcionaria del Cuerpo Auxiliar Postal y de Telecomunicación, Escala de Clasificación y Reparto, adscrita a la Unidad de Distribución de la Oficina Técnica de Villacastín (Segovia), por presunto incumplimiento de órdenes relativas al cierre de la puertas de la Sucursal y conexión de la alarma al finalizar su jornada laboral. 2) Previos los trámites que refleja el expediente administrativo, con fecha 16 de septiembre de 2003 se formuló pliego de cargos en el que se le imputaban los siguientes: "Con fecha 19 de junio de 2003 recibió Vd. Orden por escrito de su Jefe Provincial donde s ele comunicaba que, a partir del 7 de julio de 2003, su nuevo horario de trabajo pasaba a ser de 8,30 a 15,30 horas, completando el sábado la jornada semanal hasta cumplir las 37,5 horas. Al no ser coincidente su horario con el del Director de la Oficina que es de 8 a 15 horas, se cursó orden a dicho Director para que procediera a entregarle Vd. la llave y la calve de la alarma, al objeto de poder armar la alrma y cerrar la Ofician al términos de su jornada laboral a las 15,30 horas, siendo a fecha de hoy reiteradamente incumplida dicha orden, no habiendo querido hacerse cargo de la llave ni de la clave de la alarma y no cumpliendo el horario que se le había asignado, haciendo Vd. un horario de 8 a 15 horas". 3) Presentadas las alegaciones de descargo y practicadas las pruebas interesadas, recayó propuesta de Resolución en la que se calificaban los hechos como falta grave prevista en el inciso a) del artículo 7.1 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, proponiendo la imposición de cinco días de suspensión de funciones; y finalmente, previas las alegaciones de la interesada, por Resolución de 8 de marzo de 2004, la Directora de Recursos Humanos de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos se acordó "Declarar a la funcionaria Dª Gema, adscrito a la Oficina Técnica de Villacastín (Segovia), autora de una falta disciplinaria de carácter grave, por la falta de obediencia debida a los superiores, anteriormente definida, a corregir con suspensión de funciones durante cinco días". Siendo dicha Resolución la que se impugna...

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