STSJ País Vasco , 5 de Octubre de 2010

PonenteMODESTO IRURETAGOYENA ITURRI
ECLIES:TSJPV:2010:2793
Número de Recurso1664/2010
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1.664/2.010

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 5 de octubre de 2.010.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as.D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, Presidente en funciones,

  1. EMILIO PALOMO BALDA y Dª. ELENA LUMBERAS LACARRA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del Jdo. de lo Social nº 4 (Bilbao) de fecha veintitrés de Abril de dos mil diez, dictada en proceso sobre IAC, y entablado por Moises frente a INSS y TGSS.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º.- El actor D. Moises, nacido el día 26 de Abril de

1.950, con N.I.E. nº: NUM000 y afiliado a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con el nº: NUM001, dedicándose a la actividad económica de albañilería.

  1. - El actor ha permanecido en situación de Incapacidad Temporal derivada de Enfermedad Común con el diagnóstico de artritis de rodilla derecha y ambos tobillos desde el día 1 de Junio de 2.008, ascendiendo la base reguladora a 53,38 Euros diarios.

  2. - El actor fue examinado por el E.V.I. el día 23 de Junio de 2.009, que emitió su informe de Evaluación de la Incapacidad Temporal y el día 25 de Junio de 2.009, su dictamen-propuesta.

  3. - Mediante Resolución de la Dirección Provincial de Vizcaya del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de fecha 25 de Junio de 2.009 se emitió el alta médica emitida con fecha de efectos 02/07/2.009 del proceso de incapacidad temporal que el demandante tenía reconocido, una vez agotada la duración máxima de doce meses de la incapacidad temporal. 5º.- Con fecha 3 de Julio de 2.009 el actor presentó un escrito manifestando su disconformidad con dicha alta médica y la Inspección Médica de Bilbao emitió Informe manifestando su discrepancia con el alta médica emitida por la Dirección Provincial de Vizcaya del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en base al Informe del Médico de Atención Primaria de fecha 2 de Julio de 2.009, que se da por reproducido, que certifica que el demandante padece una enfermedad gotosa de evolución tórpida con cuadros agudos de artritis gotosa, condrocalcinosis que afecta a varias articulaciones, espondiloartrosis severa y psoriasis cutánea, y además aqueja frecuentemente artralgias, artritis, dolores lumbares y ciatalgias.

  4. - Por Resolución de la Dirección Provincial de Vizcaya del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de fecha 7 de Julio de 2.009 se resolvió elevar a definitiva el alta médica emitida con fecha de efectos 07/07/2.009 del proceso de incapacidad temporal que el demandante tenía reconocido, una vez agotada la duración máxima de doce meses de la incapacidad temporal.

    Contra esta Resolución, el actor presentó Reclamación Previa el día 29 de Julio de 2.009, la cual fue desestimada mediante Resolución de la Dirección Provincial de Vizcaya del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de fecha 5 de Agosto de 2.009.

  5. - El actor presenta los siguientes padecimientos, conforme al informe médico de Evaluación de la Incapacidad Temporal emitido por el E.V.I. el día 23 de Junio de 2.009:

    "DIAGNÓSTICO PRINCIPAL: 719.4-Artralgia

    1. DIAGNÓSTICO

      Coxoartrosis. Gonartrosis. Hallux rígidus. Condrocalcinosis. Artropatía por ácido úrico.

    2. DATOS DEL RECONOCIMIENTO MÉDICO (Anamnesis, exploración, documentos aportados)

      Varón de 59 años de edad. Profesión: albañil. Fecha de IT: 01/05/2008. Causa de IT: Artritis de rodilla derecha y ambos tobillos.

      ANTECEDENTES PERSONALES,

      Psoriasis.

      Viene aquejando, desde 1985, diversos episodios de artritis en las rodillas y tobillos, siendo imputado al ácido úrico. En los últimos meses nota dolor de ritmo mecánico en ambas rodillas, mas acusado en la derecha

      El 27/08/08, es remitido al S. de Reumatología del H. de Galdakao, siendo diagnosticado de coxoartrosis, gonartrosis, condrocalcinosis, Hallux rígidus y artropatía por ácido úrico.

      ESTADO ACTUAL

      Refiere brotes de dolor e hinchazón de rodillas, más la derecha y de ambos tobillos, más el izquierdo. Tratamiento: Zyloric 100 1c /d, Glufan y Condrosulf a trimestres alternos. Termalgin si presenta dolor. No tiene prevista cita con Trauma ni Reumatología

      Exploración física (23/06/09):

      Lesiones psoriásicas con callosidades amarillentas cronificadas en palmas de las manos y plantas de los pies. Extremidades inferiores:

      -Caderas: restricción elástica de la rotación interna máxima.

      -Rodillas: balance articular conservado.; cepillo (+ bilateral); crujido fémoro-patelar (+ bilateral). No derrame articular.

      -TPA y SA: balance articular conservado . No artritis.

      -Marcha autónoma, no claudicante. Posible la marcha de puntas y talones. -ROT presentes y simétricos. No amiotrofias. Fuerza y sensibilidad conservados. Balance muscular 5/5.

      PRUEBAS COMPLEMENTARIAS

      RX de Caderas de 04/09/08 : esclerosis acetabular con osteofitos en polos inferiores de cabezas femorales. Conservación del espacio articular y morfología de cabezas femorales.

      INFORME DE INSPECCIÓN MEDICA DE SPS-OSAKIDETZA : No consta.

    3. TRATAMIENTO EFECTUADO, EVOLUCIÓN Y POSIBILIDADES TERAPEÚTICAS

      Zylorlc 100 1c /d, Glufan y Condrosulf a trimestres alternos. Termalgin si presenta dolor.

    4. CONCLUSIONES (Limitaciones orgánicas y/o funcionales y valoración laboral)

      Psoriasis con placas cutáneas palmo-plantares.

      Desde 1.985, diversos episodios de artritis en las rodillas y tobillos. No artritis en la actualidad. Ver datos de exploración.

    5. JUICIO CLÍNICO-LABORAL

      Valorar E.V.I."

  6. - Mediante Resolución de la Dirección Provincial de Vizcaya del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de fecha 11 de Noviembre de 2.009 se ha procedido a expedir una NUEVA BAJA MÉDICA DE FECHA 09/11/2.009 POR RECAÍDA DEL PROCESO ANTERIOR y, al mismo tiempo, reconocerle la prórroga por un plazo máximo de seis meses".

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

"Que estimando la demanda promovida por D. Moises contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y contra la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro indebida el alta médica con fecha de efectos de 7 de Julio de 2.009, condenando a las entidades codemandadas a estar y pasar por tal declaración; revocando las Resoluciones de la Dirección Provincial de Vizcaya del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de fechas 7 de Julio y 5 de Agosto de

2.009".

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fue impugnado por la parte contraria.

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