STSJ Galicia 1147/2010, 20 de Octubre de 2010

PonenteFRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
ECLIES:TSJGAL:2010:8921
Número de Recurso304/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1147/2010
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.1

A CORUÑA

SENTENCIA: 01147/2010

PONENTE: D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 304/2007

RECURRENTES: Beatriz, Fidela

ADMINISTRACION DEMANDADA: CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONS PUBLICAS E XUSTIZA

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos./as. Sres./as. D./Dª

FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.- Pte.

FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

MARIA DOLORES GALINDO GIL

A CORUÑA, veinte de Octubre de dos mil diez.

En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 304/2007, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Dª

Beatriz y Dª Fidela, en su propio nombre y derecho, contra DECRETO 62/2007, DE 12 DE ABRIL DE CONSELLERÍA PRESIDENCIA SOBRE OFERTA EMPLEO PÚBLICO PLAZAS PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO . Es parte la Administración demandada la CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONS PUBLICAS E XUSTIZA, representada por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

que admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a las partes recurrentes para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito, en el que en síntesis, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia por la que se anule y deje sin efecto la resolución que se recurre y, en consecuencia, se reconozca el derecho de las recurrentes, como funcionarias del Cuerpo de Gestión de la Xunta de Galicia (Grupo B), Escala Técnica de Inspección Turística, a concurrir, por el sistema de promoción interna a la convocatoria que se efectúe para ocupar cualquiera de las 28 plazas que, para el Cuerpo Superior de la Xunta de Galicia (Grupo A), constituyeron la Oferta Pública de Empleo del año 2007, y se condene a la Administración a que cumple y adopte las medidas precisas para la efectividad práctica del ejercicio del derecho reconocido.

SEGUNDO

que conferido traslado a la parte demandada, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en la contestación de la demanda.

TERCERO

que no habiéndose recibido el asunto a prueba y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa...

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