STSJ Asturias 2516/2010, 21 de Octubre de 2010
Ponente | MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2010:3829 |
Número de Recurso | 1770/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 2516/2010 |
Fecha de Resolución | 21 de Octubre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 02516/2010
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax:985 20 06 59
NIG: 33044 34 4 2010 0101805
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001770 /2010 JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM: 0000108/2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 001 MIERES Recurrente/s: INSS INSS INSS
Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL
Recurrido/s: Juan Miguel
Abogado/a: SUSANA MANGAS URIA
SENTENCIA Nº 2516/10
En OVIEDO, a veintiuno de Octubre de dos mil diez. Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Presidente, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS y D. JOSE MANUEL BUJAN ALVAREZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0001770/2010, formalizado por el LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en nombre y representación del INSS, contra la sentencia número 160/2010 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de MIERES en el procedimiento DEMANDA 0000108/2010, seguidos a instancia de Juan Miguel frente al INSS, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sra Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D. Juan Miguel presentó demanda contra el INSS, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 160/2010, de fecha treinta y uno de Marzo de dos mil diez.
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
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) El actor, Juan Miguel, nacido en el año 1964 ha venido prestando servicios por cuenta ajena con la categoría profesional de Carretillero ejecutando funciones de carga y descarga.
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) Iniciado proceso tendente a la declaración de Incapacidad Permanente, el Equipo de Valoración de Incapacidades en fecha 27 de noviembre de 2009 eleva propuesta a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de no calificación del trabajador como Incapacitado Permanente, la cual es acogida en resolución del siguiente día 13 de diciembre.
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) A los efectos pretendidos en la Litis, la base reguladora de prestaciones asciende a la cantidad mensual de 1296,07 #.
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) Presenta en la actualidad: artrodesis lumbar instrumentada L5-S1. Lumbalgia residual, cervicodorsalgia. IQ por varices en MII.
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) Agotada la preceptiva vía administrativa, presentó escrito de demanda en este Juzgado el día 11 de febrero de 2010.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que estimando la demanda deducida por Juan Miguel contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro al actor afecto de Incapacidad Permanente Total, derivada de enfermedad común, con derecho a percibir las correspondientes prestaciones, que se concretan en una pensión vitalicia equivalente al 55 por ciento de su base reguladora de 1296,07 #, con efectos económicos al 27 de noviembre de 2009, condenando al demandado a estar...
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