STSJ Castilla y León 1993/2010, 27 de Septiembre de 2010

PonenteFRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ
ECLIES:TSJCL:2010:5068
Número de Recurso65/2010
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución1993/2010
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 01993/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: 003

VALLADOLID

65588

C/ ANGUSTIAS S/N

Número de Identificación Único: 47186 33 3 2010 0101050

RECURSO DE APELACION 0000065 /2010

Sobre EXTRANJERIA

De D/ña. SUBDELEGACIÓN DE GOBIERNO EN LEÓN

Representante: ABOGADO DEL ESTADO

Contra Demetrio

Representante: ABOGADO D/D?a. JORGE ACERO ALVAREZCALLE RAMIRO II n? 0014 1-B LEÓN

Ilmos. Sres. Magistrados

Don AGUSTÍN PICÓN PALACIO

Doña MARÍA ANTONIA DE LALLANA DUPLÁ

Don FRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ

En Valladolid, a veintisiete de septiembre de dos mil diez. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados expresados al margen, ha pronunciado en grado de apelación la siguiente

SENTENCIA NÚM. 1993/10

En el recurso de apelación núm. 65/10 interpuesto contra la Sentencia de 9 de diciembre de 2009 dictada en el procedimiento abreviado 80/09 seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de León, en el que son partes: como apelante la Administración General del Estado (Subdelegación del Gobierno en León), representada y defendida por la Abogacía del Estado; y como apelada don Demetrio

, defendido por el Letrado Sr. Acero Álvarez, sobre autorización de residencia permanente..

Ha sido ponente el Magistrado don FRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento del que dimana esta apelación se dictó Sentencia de fecha 9 de diciembre de 2009 por la que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Demetrio contra la Resolución del Delegado del Gobierno en Castilla y León de 22 de diciembre de 2008, desestimatoria del recurso de alzada formulado frente a la Resolución de la Subdelegación del Gobierno en León de 2 de diciembre de 2008, sobre denegación de autorización de residencia permanente, se anularon ambas resoluciones, reconociendo al actor, como situación jurídica individualizada, el derecho a su concesión, sin hacer especial mención sobre las costas procesales causadas.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia la Abogacía del Estado interpuso recurso de apelación solicitando se dicte una sentencia que anula la recurrida.

TERCERO

Admitido el recurso por el Juzgado y conferido el oportuno traslado, don Demetrio se opuso al mismo solicitando su desestimación y la confirmación de la sentencia de instancia, con expresa imposición de las costas procesales a la parte apelante.

CUARTO

Transcurridos los plazos de los artículos 85.2º y de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se elevaron los autos y el expediente administrativo a la Sala.

QUINTO

Por Providencia de 21 de julio de 2010 se acordó la formación y registro del presente rollo de apelación, designándose ponente, y señalándose para votación y fallo el día 23 de septiembre de 2010.

SEXTO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites marcados por la Ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Sentencia apelada y alegaciones de las partes.

La sentencia objeto de apelación estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Demetrio contra la Resolución del Delegado del Gobierno en Castilla y León de 22 de diciembre de 2008, desestimatoria del recurso de alzada formulado frente a la Resolución de la Subdelegación del Gobierno en León de 2 de diciembre de 2008, sobre denegación de autorización de residencia permanente, anulando ambas resoluciones y reconociendo al actor, como situación jurídica individualizada, el derecho a su concesión, por entender, en esencia, que si en los supuestos de renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo inicial la existencia de antecedentes penales...

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